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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 8 de mayo de 2008 371967 Que, el literal e) del artículo 19º del D.S. Nº 083-2004- PCM, establece que están exoneradas del proceso de selección, entre otras, las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor único; Asimismo, el artículo 144º del D.S. Nº 084-2004-PCM, establece que en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el área usuaria y siempre que exista un solo proveedor en el mercado nacional, la Entidad podrá contratar directamente; Que, al respecto la Unidad de Sistemas e Informática a través del segundo documentos de Vistos, refi ere que en local arrendado se ha instalado un cableado estructurado de datos y de voz, así como un enlace inalámbrico con la sede principal, lo cual permite contar con todos los servicios informáticos, como si se trataran de ofi cinas dispuestas en la sede principal; Que, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto mediante Memorándum Nº 106-2008/APCI-OPP de fecha 18.04.2008, manifi esta que no existe previsión presupuestal por ningún monto para el caso hipotético de que se tuviese que dejar el local de la Av. Pardo Nº 231, Mirafl ores e implementar infraestructura informática en cualquier otro local a alquilar; Que, asimismo respecto a la solicitud de disponibilidad presupuestal para la continuidad del servicio de arrendamiento de local para el funcionamiento de las Subdirecciones de Donaciones y de Capacitación, la referida ofi cina ha otorgado certifi cación de crédito presupuestario de S/. 22,536.00 para el período de mayo a diciembre del presente año, con respecto del período de enero – abril 2009 será considerada una previsión por la suma S/. 16,902.00 en el presupuesto del año fi scal 2009; Que, el precitado inmueble por sus características propias es el único que se adecua a los requerimientos de la APCI, posibilitando la continuidad de sus actividades; Que, según el tercer documento de Vistos, la Unidad de Adquisiciones y Servicios Generales en su informe técnico manifi esta que es procedente exonerar del proceso de selección el arrendamiento del inmueble, en el que vienen funcionando las Subdirecciones de Donaciones y Capacitación; Que, la Oficina de Asesoría Jurídica concluye que se ha acreditado que se cumplen con los supuestos legales establecidos en las normas de contrataciones y adquisiciones del Estado a efectos de exonerar el proceso de selección para el arrendamiento del inmueble antes señalado, recomendando que se siga el procedimiento establecido en el artículo 148º del Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 20º del D.S. Nº 083-2004-PCM, la exoneración debe ser aprobada por resolución del Titular de la Entidad; Con los visados de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, la Ofi cina General de Administración y la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI y sus normas modifi catorias, Ley Nº 28386 y Ley Nº 28925 y el Reglamento de Organización y Funciones de la APCI aprobado mediante Decreto Supremo Nº 028-2007-RE y de conformidad con lo señalado en el TUO de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- EXONERAR la contratación del servicio de arrendamiento del inmueble ubicado en la Av. Jose Pardo Nº 321 - Ofi cina 302, Distrito de Mirafl ores, Provincia y Departamento de Lima del proceso de selección de Adjudicación Directa Selectiva correspondiente. Artículo Segundo.- FACULTAR a la Ofi cina General de Administración de la APCI a invitar al proveedor cuya propuesta cumple con las características y condiciones establecidas en las bases correspondientes. Artículo Tercero.- REMITIR copia de la presente Resolución Directoral Ejecutiva y de los respectivos informes técnicos y el informe legal a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro del plazo de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. AGUSTIN HAYA DE LA TORRE Director Ejecutivo 196590-1 INSTITUTO GEOLOGICO MINERO METALURGICO Modifican Res. Nº 037-2008- INGEMMET/PCD incorporando a responsable de certificar copias de expedientes RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 051-2008-INGEMMET/PCD Lima, 21 de abril de 2008CONSIDERANDO:Que, en el artículo segundo de la Resolución de Presidencia No. 037-2008-INGEMMET/PCD de fecha 17 de marzo del 2008, se designaron a los Responsables de certifi car las copias de los actuados en los expedientes de los procedimientos a cargo de la institución; Que, el Instituto Geológico Minero y Metalúrgico – INGEMMET, a la fecha viene funcionando en dos sedes ubicadas en la avenida Las Artes Nº 220 y en la avenida Canadá Nº 1470, del distrito de San Borja; Que, es Política del INGEMMET brindar un servicio de calidad garantizando simplicidad y celeridad en los procedimientos y servicios que se brindan al público, por lo que resulta necesario incrementar el número de responsables encargados de la certifi cación de copias de los expedientes, para facilitar la atención en ambas sedes institucionales; Estando a la propuesta efectuada por la Secretaría General y de conformidad con las atribuciones previstas en el Decreto Supremo No. 035-2007-EM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico Minero y Metalúrgico - INGEMMET; Con el visto bueno de la Secretaría General y la Ofi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Modifíquese el artículo segundo de la Resolución de Presidencia Nº 037- 2008-INGEMMET/PCD de fecha 17 de marzo del 2008, incluyéndose a la señora Norma Olga Paucar Carrillo como responsable de certifi car las copias de los actuados en los expedientes que requieran los usuarios y las distintas Instituciones a INGEMMET, quedando subsistente en lo demás que contiene la citada Resolución. Artículo Segundo.-Remítase una copia de la presente Resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores, para el Registro de Firmas correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAIME CHÁVEZ RIVA GÁLVEZ Presidente del Consejo DirectivoINGEMMET 196650-1Descargado desde www.elperuano.com.pe