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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MAYO DEL AÑO 2008 (08/05/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 28

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 8 de mayo de 2008 371966 expedidos por universidades del país; así como la Resolución Nº 1895-2006-ANR, que modifi ca dicho Reglamento; Que, mediante Resolución R. Nº 2291-2006- UNFV de fecha 11-05-2006, la Universidad Nacional Federico Villarreal, estableció la tasa que abonarán los interesados, por concepto de duplicado de diploma de Grado Académico, Título Profesional, así como de Segunda Especialidad, en S/. 2,000.00 (Dos Mil y 00/100 Nuevos Soles), y los incluyó en el nuevo “Registro de Tasas Académicas y Tarifas de Bienes y Servicios de esta Universidad, aprobado mediante Resolución R. Nº 4871- 2003-UNFV, de fecha 11-03-2003; Que, mediante Constancia de fecha 14.09.2007, el Comité de Defensa Civil de la Ciudad de Chincha, certifi ca la condición de afectado el domicilio de la recurrente, por el movimiento sísmico que aconteció el 15 de Agosto del 2007, sugiriendo se solicite la demolición de la referida vivienda; Que, mediante solicitud recepcionada con fecha 26.12.2007, la recurrente adjunta copia de diploma, que acredita que esta Casa Superior de Estudios, con fecha 24.08.2006, expidió el diploma de Grado Académico de Bachiller en Educación, de doña MARIA DEL ROSARIO MUCHAYPIÑA SALHUANA, el cual se encuentra asentado en el Libro Nº 101, Folio Nº 180 y Registro Nº 74787, que obra en la Ofi cina de Registro de Grados y Títulos de la Secretaría General; asimismo ha quedado acreditado con la declaración realizada con la denuncia policial de fecha 19.11.2007, que el referido diploma se extravió entre los escombros de su domicilio, en la jurisdicción de Chincha; Que los pobladores de las zonas afectadas por este lamentable suceso sísmico, quedaron en completo desamparo económico y social, debido a las pérdidas humanas y considerables daños materiales, lo que hace necesario otorgar un benefi cio extraordinario de parte esta Casa Superior de Estudios; En mérito a la opinión de la Ofi cina Central de Asesoría Jurídica, contenida en Ofi cio Nº 2274-2007-OCAJ-UNFV e Informe Legal Nº 877-2007-OCAJ-UNFV, ambos de fecha 16.11.2007; estando a lo dispuesto por el señor Rector según Proveído Nº 04438-2007-R-UNFV de fecha de recepción 20.11.2007; El Consejo Universitario en Sesión Ordinaria Nº 151, de fecha 28.02.2008, acordó Autorizar a la Ofi cina de Registro de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del Duplicado de Diploma de Diploma de Grado Académico de Bachiller en Educación, de doña MARIA DEL ROSARIO MUCHAYPIÑA SALHUANA, asimismo, exonerar del pago por el referido concepto; de conformidad con la Ley Nº 28626 y en concordancia con las Resoluciones Nos. 1525 y 1895-2006-ANR de la Asamblea Nacional de Rectores; y De conformidad con la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, Ley Nº 28626, el Estatuto y Reglamento General de la Universidad Nacional Federico Villarreal y Resolución R. Nº 2443-2006-UNFV del 30-05-2006; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar a la Ofi cina de Registro de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del Duplicado de Diploma de Grado Académico de Bachiller en Educación, de doña MARIA DEL ROSARIO MUCHAYPIÑA SALHUANA, el mismo que fuera asentado en el Libro Nº 101, Folio Nº 180 y Registro Nº 74787 y fecha de expedición 24.08.2006, que obra en la referida Ofi cina, asimismo exonerar del pago por el referido concepto, de conformidad con la Ley Nº 28626 y en concordancia con las Resoluciones Nos. 1525 y 1895-2006-ANR de la Asamblea Nacional de Rectores. Artículo Segundo.- La Ofi cina de Trámite Documentario de la Secretaría General, notifi cará bajo cargo al interesado, así como a la Asamblea Nacional de Rectores, la presente Resolución, para los fi nes pertinentes. Artículo Tercero.- Los Vice Rectores Académico y Administrativo, el Decano de la Facultad de Educación; así como la Ofi cina de Registro de Grados y Títulos de la Secretaría General, dictarán las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y archívese.JUAN NESTOR ESCUDERO ROMAN Rector 196997-1 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS AGENCIA PERUANA DE COOPERACION INTERNACIONAL Exoneran de proceso de selección la contratación del servicio de arrendamiento de inmueble ubicado en el distrito de Miraflores, provincia de Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA N° 045-2008/APCI-DE Mirafl ores, 30 de abril de 2008Vistos: El Memorándum Múltiple Nº 002-2008/APCI- DOC de fecha 18.03.2008 emitido por la Dirección de Operaciones y Capacitación; el Memorando Nº 001-2008-APCI/OGA/USI de fecha 24.03.2008 emitido por la Unidad de Sistemas e Informática; el Informe Nº 152-2008-APCI-OGA-UASG de fecha 04.04.2008 elaborado por la Unidad de Adquisiciones y Servicios Generales; el Memorándum Nº 106-2008/APCI-OPP de fecha 18.04.2008 emitido por la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Legal Nº 096-2008-APCI-OAJ de fecha 22.04.2008 emitido por la Ofi cina de Asesoría Jurídica de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI; y, CONSIDERANDO:Que, la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI y los propietarios del inmueble sito en Av. Jose Pardo Nº 231 - Ofi cina 302, Distrito de Mirafl ores, Provincia y Departamento de Lima, suscribieron el Contrato de Arrendamiento 002-2007-APCI/OGA-UASG de fecha 05.10.2007 modifi cado por Addenda Nº 001 de fecha 07.04.2008, con un plazo de vigencia del 08.10.2007 hasta el 07.04.2008; Que, con fecha 09.04.2008 ambas partes suscribieron un Contrato Complementario al Contrato de Arrendamiento Nº 002-2007-APCI/OGA-UASG, por única vez con el objeto de arrendar por un plazo de 30 días el inmueble antes señalado contado a partir del día siguiente de la suscripción del contrato, conforme a las especifi caciones técnicas detalladas en las Bases Administrativas del proceso de Menor Cuantía Nº 041-2007-APCI-CEPAMC y al Contrato principal; Que, el área usuaria mediante primer documento de Vistos manifi esta la necesidad de seguir contando con el alquiler del local antes indicado, toda vez que éste está próximo al local principal de la APCI, lo que permite que las Subdirecciones de Donaciones y Capacitación mantengan una coordinación permanente con esa Dirección, ya que en éstas se maneja documentación sujeta a plazos breves de atención; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establecen las normas que deberán observar las entidades del Sector Público Nacional en los procesos de Contrataciones y Adquisiciones de bienes, servicios y obras, así como los casos de exoneración a que se puede acoger la Entidad; Descargado desde www.elperuano.com.pe