Norma Legal Oficial del día 09 de mayo del año 2008 (09/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 91

El Peruano MORDAZA, viernes 9 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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372065

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO:

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la elaboracion de estudio definitivo del proyecto Ampliacion Electrificacion Rural Distrito MORDAZA - San MORDAZA MORDAZA
ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL Nº 071-2008-MDCH-A MORDAZA, 7 de MORDAZA del 2008 EL CONCEJO DISTRITAL DE MORDAZA VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 07 de MORDAZA del 2008 los Informes Nros. 039-2008-MDCH/ LUBC/G, de la Gerencia Municipal y N° 006 -2008-MDCH/ OAL, de Asesoria Legal, sobre solicitud de declaracion en situacion de desabastecimiento inminente el Servicio de elaboracion del ESTUDIO DEFINITIVO DEL PROYECTO AMPLIACION ELECTRIFICACION RURAL DISTRITO MORDAZA ­ SAN MORDAZA ­ MORDAZA y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del Articulo 19° del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 26850Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, se encuentran exonerados de los Procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa las Adquisiciones que se realicen en Situacion de Desabastecimiento Inminente producidas conforme a la normatividad vigente en materia de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el Articulo 21° del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 26850-Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, establece que se considera situacion de desabastecimiento inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situacion faculta a la entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, de conformidad con el articulo 146° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 0842004-PCM, establece que "La Resolucion o Acuerdo que Apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion, requiere obligatoriamente de uno o mas informes previos, que contengan la justificacion tecnica y legal de la Procedencia y necesidad de la exoneracion"; Que, mediante Informe N° 039-2008-MDCH/LUBC/G, de la Gerencia de Municipal ha puesto en conocimiento que nuestra entidad ha presentado a la oficina de proyectos de inversion publica del SNIP uno denominado AMPLIACION ELECTRIFICACION RURAL DISTRITO MORDAZA - SAN MORDAZA ­ MORDAZA, el mismo que ha sido considerado en la relacion de proyectos priorizados y autorizados por la declaratoria de emergencia del Decreto de Urgencia N° 015-2007. Considerando que es necesario la elaboracion de un estudio definitivo del proyecto AMPLIACION ELECTRIFICACION RURAL DISTRITO MORDAZA ­ SAN MORDAZA - MORDAZA, atendiendo que este debera de ser presentado por nuestra entidad con la finalidad de que seamos comprendidos dentro de las entidades favorecidas con el mencionado Decreto de Urgencia para el correspondiente financiamiento del proyecto de electrificacion rural y ademas el llevar a cabo un MORDAZA de seleccion implicaria la dilacion del tiempo y estandose proximo al cierre de MORDAZA de expedientes, se hace necesario declarar en Desabastecimiento inminente el servicio de elaboracion de un estudio definitivo del proyecto ampliacion electrificacion rural distrito MORDAZA,

El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesion de fecha 28 MORDAZA de 2008; aprobo la siguiente Ordenanza Municipal: CONSIDERANDO:

Que, la Constitucion Politica del Peru en el articulo 194º establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica economica y administrativa en los asuntos de su competencia y el articulo 195º inciso 4, senala que los gobiernos locales son competentes para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales conforme a ley; Que, Ley Organica de Municipalidades N° 27972, en el Articulo 9º, inciso 9, le concede atribuciones al Concejo Municipal para crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley y en el articulo 40º establece que mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por la Ley; Que, en la sesion de la fecha, el Concejo Provincial del Callao emitio el Acuerdo de Concejo N° 000099, en virtud del cual se aprueba, con las modificaciones y aportes surgidos en el curso del debate, el Dictamen N° 018-2008MPC/SR-CAM, de la Comision de Administracion, en consecuencia se aprueba aprobar la condonacion de la deuda generada por la falta de pago por concepto de tasa de internamiento del vehiculo MORDAZA TOYOTA, color guinda, de Placa de Rodaje N° DG ­ 9532, correspondiente a dieciocho dias a razon de S/. 16.00 nuevos soles por dia, que hacen un total de S/. 288.00 nuevos soles, depositado en SILASA MORDAZA ASOCIADOS, ubicado en la Av. Manco Capac N° 739 ­ Callao, de propiedad de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ingresado mediante Boleta de Internamiento N° 00478 del 30 de MORDAZA de 2001, por su demostrada precariedad y por tratarse de un caso social, en base a los informes considerados en el mismo entre los cuales se precisan el Informe N° 029-2008-MPC-GGTU-GTT, emitido por la Gerencia de Transporte, dependiente de la Gerencia General de Transporte MORDAZA y el Informe N° 01672008-MPC-GGAJC-SGCA, emitido por la Sub Gerencia de Conciliacion y Apoyo a la Gerencia, dependiente de la Gerencia General de Asesoria Juridica y Conciliacion; Estando a lo expuesto y de acuerdo con las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, el Concejo Provincial Municipal del Callao, ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE EXONERA EL PAGO POR CONCEPTO DE TASA DE INTERNAMIENTO DEL VEHICULO MORDAZA TOYOTA, COLOR GUINDA, DE PLACA DE RODAJE N° DG ­ 9532, DE PROPIEDAD DE DON MORDAZA MORDAZA MORDAZA Articulo 1. Apruebase exoneracion del pago por concepto de tasa de internamiento del vehiculo MORDAZA TOYOTA, color guinda, de Placa de Rodaje N° DG ­ 9532, correspondiente a dieciocho dias a razon de S/. 16.00 nuevos soles por dia, que hacen un total de S/. 288.00 nuevos soles, depositado en SILASA MORDAZA ASOCIADOS, ubicado en la Av. Manco Capac N° 739 Callao, de propiedad de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ingresado mediante Boleta de Internamiento N° 00478 del 30 de MORDAZA de 2001, por su demostrada precariedad economica. Articulo 2. Encargase a la Gerencia General de Transporte MORDAZA el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Callao 197590-1

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