Norma Legal Oficial del día 09 de mayo del año 2008 (09/05/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 89

El Peruano MORDAZA, viernes 9 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe
: : : US $ 572.48 US $ 30.25 US $ 728.85

372063

Dr. MORDAZA MORDAZA Leonarte MORDAZA Pasajes Aereos Tarifa CORPAC Viaticos (US $ 145.77 x 5 dias)

Articulo Tercero.- Las indicadas personas informaran al Concejo Municipal sobre las acciones realizadas que se deriven a favor de la Municipalidad Distrital de Lince y los resultados obtenidos del evento. Articulo Cuarto.- El presente Acuerdo no otorga derecho a exoneracion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LAINES MORDAZA 198292-1

Segundo.- Pongase la presente resolucion a conocimiento de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao para su inscripcion correspondiente a cargo de los interesados; a la Superintendencia de Bienes Nacionales y Ministerio de Educacion para su conocimiento y fines de Ley. Tercero.- Pongase la presente resolucion a conocimiento de la Gerencia de Rentas para que se incorpore la Habilitacion MORDAZA que se recepciona, dentro del radio MORDAZA de la jurisdiccion de Lurigancho y se adopte las directivas competentes. Cuarto.- La publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, estara a cargo de los interesados. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente Municipal 197286-1

MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA
Rectifican resolucion mediante la cual se declararon cumplidas las obras de habilitacion MORDAZA de terreno ubicado en el distrito de Lurigancho - Chosica
RESOLUCION DE GERENCIA MUNICIPAL Nº 123-08/MDLCH-GM Ref. Exp. Nº 5734-2006 ASOCIACION 30 AMIGOS Chosica, 8 de MORDAZA de 2008 VISTO: El Expediente Nº 5734-2006, seguido por ASOCIACION 30 AMIGOS, por el que solicitan la Recepcion de Obras de Habilitacion MORDAZA, para los Usos Residencial de densidad Media R4, sobre parte del terreno de su propiedad de 7,659.00 m2, ubicado en el Distrito de Lurigancho-Chosica, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que habiendose emitido la Resolucion de Gerencia Municipal Nº 1014-07 MDL con fecha 21 de diciembre de 2007 por la que se resuelve declarar cumplidas las obras de Habilitacion MORDAZA de ASOCIACION 30 AMIGOS , Que, revisada la precitada Resolucion se encontro un error subsanable en la redaccion de la referencia donde se senala que el expediente de referencia es el Nº 57342006 a nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Que fluye en el expediente el informe de Gerencia de Asesoria Juridica en el sentido que es su opinion que procede otorgar aprobacion a la Recepcion de Habilitacion Urbana. Que, teniendo en cuenta el informe Nº 27-07- HHNGOPRI-MDLCH, que concluye que es procedente la correccion del error encontrado, Estando en uso de las atribuciones delegadas mediante Resolucion de Alcaldia Nº 11-08/MDL, en virtud de lo expuesto por el articulo 39º) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; RESUELVE : Primero.- SUBSANAR el error que recae en la Resolucion de Gerencia Municipal Nº 1014-07 MDL con fecha 21 de diciembre de 2007, que indica que el expediente de referencia es el Nº 5734-2006 a nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA , siendo lo correcto ASOCIACION 30 AMIGOS ,

MUNICIPALIDAD DE PUNTA MORDAZA
Establecen cronograma para llevar a cabo la eleccion de representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local - CCL
DECRETO DE ALCALDIA N° 004-2008-MDPH-ALC Punta MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA: VISTO: El Informe Nº 045-JDPy DH-MDPH-2008 (29.04.08) por medio del cual solicita la modificacion del cronograma para el MORDAZA de eleccion de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local ­ CCL, pedido que guarda relacion con el D.S. Nº 0082008-PCM; CONSIDERANDO: Que, de conformidad al Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion, establece que las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia lo cual es ratificado por el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; Que, el Consejo de Coordinacion Local es un organo de coordinacion y concertacion de las Municipalidades Distritales, cuya organizacion y estructura esta regulada por el Articulo 102º de la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades, la misma que en su Articulo 104º determina que son entre otras funciones, las de coordinar y participar en la programacion del Presupuesto Participativo de los Gobiernos Locales, concordante con el Articulo 7º1 del mismo cuerpo legal; Que, este Consejo es un mecanismo de participacion de las organizaciones de la sociedad civil del distrito en el MORDAZA de planeacion local que tiene las caracteristicas de integral, permanente y participativo, conforme lo expresa el articulo IX del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades; Que, el mencionado Consejo estara constituido por el MORDAZA Distrital, los Regidores Distritales y por los representantes de las organizaciones de la Sociedad Civil que alcanzara al numero de dos (2). Estos ultimos seran elegidos democraticamente por un periodo de dos anos de entre los delegados legalmente acreditados de las organizaciones a

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.