Norma Legal Oficial del día 19 de mayo del año 2008 (19/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, lunes 19 de MORDAZA de 2008

tutela de la documentacion remitida y producida por el Consejo Regional; y es el responsable administrativo del funcionamiento de la Secretaria del Consejo Regional. 15.2. La Secretaria del Consejo Regional estara a cargo de abogado colegiado y habilitado, a propuesta por el Pleno del Consejo Regional. 15.3. Para el funcionamiento de la Secretaria del Consejo Regional, esta en forma permanente contara con los servicios de personal administrativo y auxiliar necesario, con una logistica oportuna y adecuada. Articulo 16.- Funciones de la Secretaria del Consejo Regional Las funciones de la Secretaria del Consejo Regional son las siguientes: 16.1. Ejecutar, organizar y coordinar las actividades de apoyo secretarial del Consejo Regional. 16.2. Organizar y coordinar las sesiones ordinarias, extraordinarias y descentralizadas del Consejo Regional, ordenando la documentacion necesaria de la respectiva agenda senalada por el Presidente del Consejo Regional. 16.3. Poner a disposicion de los miembros del Consejo Regional con dos (02) dias de anticipacion al dia de las sesiones, los Proyectos de Ordenanza y de Acuerdos Regionales que formaran parte de la orden del dia, junto con la documentacion sustentatoria de los mismos. 16.4. Dar fe de la realizacion de las sesiones. 16.5. Redactar el Acta de las sesiones, anotando en forma resumida los pronunciamientos y consideraciones principales expresadas por los asistentes, para lo cual, se podra emplear los medios electronicos mas adecuados. 16.6. Asignar la numeracion correlativa de las Ordenanzas y Acuerdos Regionales aprobados. 16.7. Llevar un registro actualizado de todas las Ordenanzas y Acuerdos Regionales aprobados, en el que se consigne la fecha de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y/o en el Diario Oficial Regional (segun corresponda), asi como el seguimiento de su cumplimiento por parte del Ejecutivo Regional. 16.8. Desempenar la funcion de fedatario del Consejo Regional. 16.9. Informar mensualmente al Gerente General Regional sobre la asistencia de los Consejeros a las Sesiones a fin de que se disponga el pago de sus dietas. 16.10. Atender y tramitar los requerimientos logisticos para el funcionamiento del Consejo Regional. 16.11. Coordinar con los Asesores del Consejo Regional los trabajos encargados para su MORDAZA por ante la Comision respectiva o Sesion de Consejo. 16.12. Remitir al Presidente del Gobierno Regional para el tramite correspondiente las Ordenanzas Regionales y Acuerdos Regionales aprobados, a traves del oficio de atencion pertinente; asimismo, remitirlas para su publicacion en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional. 16.13. Verificar la publicacion de las Ordenanzas, y tambien, de los Acuerdos Regionales cuando asi lo exija la Ley o lo disponga el mismo acto de gobierno. Sub Capitulo III Asesores y/o Consultores del Consejo Regional Articulo 17.- Apoyo Profesional Para el mejor desempeno de las funciones normativas y de fiscalizacion, el Consejo Regional contara con el apoyo profesional de un numero adecuado de asesores y/o consultores debidamente colegiados y habilitados por el colegio profesional respectivo. La eleccion y forma de contratacion de los asesores del Consejo Regional sera a propuesta del Consejo Regional en estricta coordinacion con la Presidencia del Gobierno Regional. Articulo 18.- Responsabilidades Los Asesores y/o Consultores del Consejo Regional son responsables de: 18.1. Presentar Informes en los casos, temas y/o materias que le MORDAZA encargadas. 18.2. Absolver verbalmente y por escrito las consultas que se les formulen. 18.3. Elaborar Proyectos de Dictamenes, de Ordenanzas y de Acuerdos Regionales que le MORDAZA solicitados.

18.4. Participar en las Sesiones del Consejo, en los trabajos de las Comisiones y en todas las reuniones en las que se les solicite asistir. 18.5. Deberan inhibirse de realizar dentro y fuera del Consejo Regional, actividades incompatibles con las acciones y/o actividades encomendadas. 18.6. Deberan guardar el MORDAZA de confidencialidad y prudencia. 18.7. Ningun Asesor esta autorizado a convocar reuniones a titulo personal, ni podra tener iniciativa respecto de ningun expediente sin el conocimiento y autorizacion previa del Consejero o Comision responsable. Articulo 19.- Sustitucion de Profesionales El Consejo Regional podra proponer por mayoria, la sustitucion, cambio por necesidades de servicio o por incumplimiento de sus obligaciones o responsabilidades; propuesta que sera comunicada al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para la decision final. Sub Capitulo IV Oficinas Provinciales del Consejo Regional

Articulo 20.- Oficinas Provinciales Las Oficinas Provinciales del Consejo Regional son organos de apoyo territorial constituidas en las ocho (08) provincias del departamento de MORDAZA, su acondicionamiento sera progresivo de acuerdo a la disponibilidad presupuestal y la necesidad verificada de su funcionamiento. La designacion y forma de contratacion del personal encargado de las Oficinas se realizara en estricta coordinacion con la Presidencia del Gobierno Regional. Articulo 21.- Funciones Las funciones de las Oficinas Provinciales del Consejo Regional son las siguientes: 21.1. Recibir 21.2. y registrar de forma descentralizada la documentacion que la ciudadania, sociedad civil organizada y/o autoridades locales decidan presentar en la respectiva provincia. 21.3. Ejecutar y vigilar la distribucion y envio de documentacion elaborada por el Consejo Regional, la Presidencia del Consejo, las Comisiones o los Consejeros. 21.4. Brindar apoyo a los Consejeros Regionales en sus actividades y/o acciones representativas, normativas y/o de fiscalizacion realizadas en los distritos y provincias. 21.5. Concertar y coordinar reuniones de trabajo en las provincias con instituciones del Gobierno Central, los Gobiernos Provinciales, Distritales, organizaciones de base y ciudadania en general. Capitulo III Funcionamiento del Consejo Regional Articulo 22.- Funcionamiento Las actividades y/o acciones normativas, de fiscalizacion, de gestion y representacion delegada del Consejo Regional se realizan dentro y fuera de la Sede del Consejo Regional. 22.1. En la Sede Central.- Los Consejeros Regionales deben asistir tanto a las sesiones del pleno como a las reuniones de trabajo convocadas por las comisiones ordinarias y/o especiales del Consejo. 22.2. Fuera de la Sede.- Los Consejeros Regionales realizaran las funciones propias de su cargo a traves de Comisiones de Servicio de acuerdo a la Directiva y Ordenanza Regional aprobada para el efecto. Articulo 23.- Clases de Comisiones Teniendo en cuenta la naturaleza de los casos, temas y/o materias, los Consejeros Regionales constituiran Comisiones Ordinarias y Comisiones Especiales para el analisis, la investigacion y dictamen del expediente respectivo. Articulo 24.- Comisiones Ordinarias 24.1. Cuadro de Comisiones.- En el Consejo Regional de MORDAZA funcionaran de manera permanente

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