Norma Legal Oficial del día 19 de mayo del año 2008 (19/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, lunes 19 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

Primera.- Supletoriedad Los asuntos no previstos en el presente Reglamento Interno seran debatidos y acordados por el Consejo Regional, sin perjuicio de la aplicacion supletoria de la Ley Organica de Gobiernos Regionales y/o las disposiciones sustantivas o procesales de las Leyes que resulten aplicables.

Segunda.- Requisitos para la modificacion de la presente Ordenanza Las disposiciones de la presente Ordenanza solo podran ser modificadas por otra Ordenanza Regional, para lo cual deberan cumplirse inexorablemente los siguientes requisitos: a) La propuesta de modificacion debera ser debidamente fundamentada y solicitada por 1/3 del numero legal de Consejeros Regionales. b) La propuesta de modificacion debera ser aprobada en Sesion Extraordinaria del Consejo Regional con el MORDAZA calificado de la mitad mas uno del numero legal de sus miembros.

Tercera.- Vigencia de la MORDAZA De conformidad con lo regulado en el articulo 42 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, la presente Ordenanza sera obligatoria desde el dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano sin perjuicio de su publicacion en el Diario Regional de Avisos Judiciales. 200514-2

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Inician MORDAZA administrativo disciplinario a ex funcionarios de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 135-2008/MDI Independencia, 14 de MORDAZA de 2008 VISTO: El Informe Nº 014-2006-2-2181 "Informe Largo de Auditoria a los Estados Financieros al 31DIC2005", emitido por el Organo de Control Institucional, Memorando Nº 1840-2007-GSG/MDI, de fecha 03OCT2007 emitido por la Gerencia de Secretaria General, Informe Nº 011-2007CEPAD/MDI, de fecha 17OCT2007, emitido por la Comision Especial de Procesos Administrativos de la Municipalidad de Independencia, Memorando Nº 1449-2007-GM/MDI, de fecha 22OCT2007, emitido por la Gerencia Municipal, Informe Nº 117-2008/GSG/MDI de fecha 21FEB2008 emitido por la Gerencia de Secretaria General, Memorando Nº 6372008-GM/MDI de fecha 18ABR2008, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 014-2006-2-2181, "Informe Largo de Auditoria a los Estados Financieros al 31 de diciembre del 2005", el Organo de Control Institucional de la Municipalidad de Independencia, emite su opinion sobre la razonabilidad de los estados financieros e informacion complementaria preparada por la administracion municipal al 31DIC2005, de conformidad con principios contables generalmente aceptados y dispositivos legales vigentes; Que, en dicho informe el Organo de Control Institucional senala que en cuanto a Infraestructura Publica por S/. 16'382,243.00 al 31DIC2005 no esta registrada en un Margesi de bienes Inmuebles tal como lo senala la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, debido a la falta de acciones de los funcionarios encargados para

establecer, mantener y actualizar un registro de Margesi de bienes de Infraestructura Publica, donde conste en forma MORDAZA y precisa el nombre del inmueble, fecha de adquisicion, el monto de la inversion, ficha de inscripcion en los Registros Publicos, codigo patrimonial, entre otros, poniendo a los bienes de la Municipalidad en alto riesgo legal, de seguridad fisica, mantenimiento y conservacion; Que, el inmueble de la sede institucional de la Municipalidad Distrital de Independencia, valorizado en S/.1'053,356.00 segun los Estados financieros al 31 de diciembre del ano 2005, no se encuentra inscrito en los Registros Publicos correspondientes, poniendo en riesgo su plena seguridad juridica, hecho por el cual se ha identificado responsabilidad administrativa funcional a los Funcionarios, Ex Funcionarios y Servidores de la Municipalidad; Que, en cuanto a los Tributos y Obligaciones Sociales retenidos, declarados y registrados al 31 de diciembre del ano 2005, no se ha pagado oportunamente y que segun registros acumulados al 31 de diciembre del 2005 suman el importe de S/. 12'364,368.00, debido a que los Funcionarios y Servidores Municipales encargados de autorizar, supervisar y efectuar los pagos no han dado prioridad oportuna a dichos pagos de acuerdo al cronograma establecido por SUNAT generando contingencia economica negativa a la Municipalidad hasta por el 50% del tributo retenido y no pagado; Que, durante el ano 2005, no se han realizado acciones para recuperar anticipos concedidos y pendientes de rendicion por el importe de S/. 1'456,469.00 los cuales comprenden saldos de ejercicios anteriores; registrados en el rubro de Gastos Pagados por Anticipo del Balance General al 31 de diciembre del ejercicio auditado; la omision de acciones por parte de los Funcionarios Municipales ha ocasionado que al 31 de diciembre del 2005 no se refleje la situacion real de la Municipalidad, restandose liquidez para el cumplimiento oportuno de sus obligaciones laborales, tributarias y contractuales por el monto MORDAZA senalado; Que, mediante Informe Nº 011-2007-CEPAD/ MDI, emitido por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios se determina haber merito para la Apertura de MORDAZA Administrativo a los funcionarios involucrados, por haber infringido lo dispuesto en el Articulo 21º Inciso a), Articulo 28º, Incisos d) y e),de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276 y el Articulo 150º del Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, por las consideraciones expuestas y estando el Informe Nº 014-2006-2-2181, emitido por el Organo de Control Institucional, que constituye PRUEBA PRECONSTITUIDA para el inicio de las acciones administrativas y/o legales recomendadas, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 15° literal f) de la Ley Nº 27785 - Ley del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica y de conformidad con lo dispuesto por los numerales 6° y 22° del Articulo 20° de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, Decreto Legislativo Nº 276 ­ Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 00590-PCM, Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444; RESUELVE: Articulo Primero.APERTURAR MORDAZA Administrativo Disciplinario a los ex Funcionarios de la Municipalidad Distrital de Independencia, senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA Seminario-Ex MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA San Miguel-Ex Gerente Municipal, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Banon ­Ex Gerente Municipal, MORDAZA MORDAZA MORDAZA La MORDAZA, Ex Gerente de Administracion de Recursos, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ­Ex Jefe de la Unidad de Logistica, MORDAZA MORDAZA Taico Berenguel ­Ex Jefe de la Unidad de Contabilidad, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ­Ex Jefe de la Unidad de Contabilidad, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Tecco ­Ex Jefe de la Unidad de Tesoreria por las consideraciones expuestas en la presente Resolucion. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de esta Corporacion MORDAZA, llevar a cabo el MORDAZA administrativo disciplinario pertinente y luego de su conclusion, proceda a elevar el Informe respectivo al

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