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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 19 de mayo de 2008 372473 DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Supletoriedad Los asuntos no previstos en el presente Reglamento Interno serán debatidos y acordados por el Consejo Regional, sin perjuicio de la aplicación supletoria de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y/o las disposiciones sustantivas o procesales de las Leyes que resulten aplicables. Segunda.- Requisitos para la modifi cación de la presente Ordenanza Las disposiciones de la presente Ordenanza sólo podrán ser modifi cadas por otra Ordenanza Regional, para lo cual deberán cumplirse inexorablemente los siguientes requisitos: a)La propuesta de modifi cación deberá ser debidamente fundamentada y solicitada por 1/3 del número legal de Consejeros Regionales. b)La propuesta de modifi cación deberá ser aprobada en Sesión Extraordinaria del Consejo Regional con el voto califi cado de la mitad más uno del número legal de sus miembros. Tercera.- Vigencia de la Norma De conformidad con lo regulado en el artículo 42 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, la presente Ordenanza será obligatoria desde el día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano sin perjuicio de su publicación en el Diario Regional de Avisos Judiciales. 200514-2 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA Inician proceso administrativo disciplinario a ex funcionarios de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 135-2008/MDI Independencia, 14 de mayo de 2008VISTO: El Informe Nº 014-2006-2-2181 “Informe Largo de Auditoría a los Estados Financieros al 31DIC2005”, emitido por el Órgano de Control Institucional, Memorando Nº 1840-2007-GSG/MDI, de fecha 03OCT2007 emitido por la Gerencia de Secretaría General, Informe Nº 011-2007-CEPAD/MDI, de fecha 17OCT2007, emitido por la Comisión Especial de Procesos Administrativos de la Municipalidad de Independencia, Memorando Nº 1449-2007-GM/MDI, de fecha 22OCT2007, emitido por la Gerencia Municipal, Informe Nº 117-2008/GSG/MDI de fecha 21FEB2008 emitido por la Gerencia de Secretaria General, Memorando Nº 637-2008-GM/MDI de fecha 18ABR2008, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 014-2006-2-2181, “Informe Largo de Auditoría a los Estados Financieros al 31 de diciembre del 2005”, el Órgano de Control Institucional de la Municipalidad de Independencia, emite su opinión sobre la razonabilidad de los estados fi nancieros e información complementaria preparada por la administración municipal al 31DIC2005, de conformidad con principios contables generalmente aceptados y dispositivos legales vigentes; Que, en dicho informe el Órgano de Control Institucional señala que en cuanto a Infraestructura Pública por S/. 16’382,243.00 al 31DIC2005 no esta registrada en un Margesí de bienes Inmuebles tal como lo señala la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, debido a la falta de acciones de los funcionarios encargados para establecer, mantener y actualizar un registro de Margesí de bienes de Infraestructura Pública, donde conste en forma clara y precisa el nombre del inmueble, fecha de adquisición, el monto de la inversión, fi cha de inscripción en los Registros Públicos, código patrimonial, entre otros, poniendo a los bienes de la Municipalidad en alto riesgo legal, de seguridad física, mantenimiento y conservación; Que, el inmueble de la sede institucional de la Municipalidad Distrital de Independencia, valorizado en S/.1’053,356.00 según los Estados fi nancieros al 31 de diciembre del año 2005, no se encuentra inscrito en los Registros Públicos correspondientes, poniendo en riesgo su plena seguridad jurídica, hecho por el cual se ha identifi cado responsabilidad administrativa funcional a los Funcionarios, Ex Funcionarios y Servidores de la Municipalidad; Que, en cuanto a los Tributos y Obligaciones Sociales retenidos, declarados y registrados al 31 de diciembre del año 2005, no se ha pagado oportunamente y que según registros acumulados al 31 de diciembre del 2005 suman el importe de S/. 12’364,368.00, debido a que los Funcionarios y Servidores Municipales encargados de autorizar, supervisar y efectuar los pagos no han dado prioridad oportuna a dichos pagos de acuerdo al cronograma establecido por SUNAT generando contingencia económica negativa a la Municipalidad hasta por el 50% del tributo retenido y no pagado; Que, durante el año 2005, no se han realizado acciones para recuperar anticipos concedidos y pendientes de rendición por el importe de S/. 1’456,469.00 los cuales comprenden saldos de ejercicios anteriores; registrados en el rubro de Gastos Pagados por Anticipo del Balance General al 31 de diciembre del ejercicio auditado; la omisión de acciones por parte de los Funcionarios Municipales ha ocasionado que al 31 de diciembre del 2005 no se refl eje la situación real de la Municipalidad, restándose liquidez para el cumplimiento oportuno de sus obligaciones laborales, tributarias y contractuales por el monto antes señalado; Que, mediante Informe Nº 011-2007-CEPAD/ MDI, emitido por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios se determina haber mérito para la Apertura de Proceso Administrativo a los funcionarios involucrados, por haber infringido lo dispuesto en el Artículo 21º Inciso a), Artículo 28º, Incisos d) y e),de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276 y el Artículo 150º del Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, por las consideraciones expuestas y estando el Informe Nº 014-2006-2-2181, emitido por el Órgano de Control Institucional, que constituye PRUEBA PRECONSTITUÍDA para el inicio de las acciones administrativas y/o legales recomendadas, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 15° literal f) de la Ley Nº 27785 - Ley del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y de conformidad con lo dispuesto por los numerales 6° y 22° del Artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, Decreto Legislativo Nº 276 – Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444; RESUELVE:Artículo Primero.- APERTURAR Proceso Administrativo Disciplinario a los ex Funcionarios de la Municipalidad Distrital de Independencia, señores Víctor Yuri Vilela Seminario-Ex Alcalde, Francisco Manuel Narrea San Miguel-Ex Gerente Municipal, Oscar Walter Quincho Bañón –Ex Gerente Municipal, Nora Carolina Floriano La Serna, Ex Gerente de Administración de Recursos, Edwin Abelino Arce Tena –Ex Jefe de la Unidad de Logística, María Jesús Taico Berenguel –Ex Jefe de la Unidad de Contabilidad, Rosa Margarita Bustamante Díaz –Ex Jefe de la Unidad de Contabilidad, Luís Enrique Mondragón Tecco –Ex Jefe de la Unidad de Tesorería por las consideraciones expuestas en la presente Resolución. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de esta Corporación Edil, llevar a cabo el proceso administrativo disciplinario pertinente y luego de su conclusión, proceda a elevar el Informe respectivo al Descargado desde www.elperuano.com.pe