Norma Legal Oficial del día 19 de mayo del año 2008 (19/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, lunes 19 de MORDAZA de 2008

N° 1019-2005-CNM, y al acuerdo por mayoria adoptado por el Pleno en sesion de 3 de MORDAZA del ano en curso; SE RESUELVE: Primero: Renovar la confianza al doctor MORDAZA Milthon MORDAZA Lujan; y, en consecuencia, ratificarlo en el cargo de Fiscal Provincial en lo Penal del Distrito Judicial de Lima. Segundo: Notifiquese personalmente al magistrado ratificado, y remitase MORDAZA certificada a la senora Fiscal de la Nacion, de conformidad con el articulo trigesimo MORDAZA del Reglamento del MORDAZA de Evaluacion y Ratificacion de jueces del Poder Judicial y fiscales del Ministerio Publico, y remitase MORDAZA de la presente resolucion a la Oficina de Registro de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA BADARACCO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DEL SENOR CONSEJERO DOCTOR MORDAZA MORDAZA MORDAZA GARDELLA, EN EL MORDAZA INDIVIDUAL DE EVALUACION Y RATIFICACION DEL DOCTOR MORDAZA MILTHON MORDAZA MORDAZA, FISCAL PROVINCIAL EN LO PENAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE LIMA: Con vista del expediente respectivo y con lo que fluye de la entrevista publica llevada a cabo por el Consejo Nacional de la Magistratura, el 19 de marzo de 2008, detallo a continuacion algunos de los aspectos mas resaltantes que van a fundamentar mi MORDAZA en este proceso: · No registra antecedentes policiales, judiciales ni penales (fs. 459-473) y aunque ante la Fiscalia Suprema de Control Interno de la Fiscalia de la Nacion registra quejas y denuncias, ellas se encuentran archivadas, cabiendo agregarse que ante la Oficina Descentralizada de Control Interno de MORDAZA registra cuatro denuncias en tramite, las que no se toman en cuenta estando al MORDAZA de presuncion de licitud previsto en la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, sin perjuicio de lo cual registra tres (3) medidas disciplinarias: una de suspension por irregularidad en el ejercicio de sus funciones y dos amonestaciones, una por irregularidad y la otra por atraso en el Despacho. Registra veinticinco (25) dias de licencia por motivos de capacitacion, (fs. 348 y 355). Con ocasion del presente MORDAZA de evaluacion y ratificacion ha sido objeto de cinco (5) denuncias por participacion ciudadana, las mismas que fueron puestas en conocimiento del evaluado para que absuelva las imputaciones, habiendo expresado sus descargos, cabiendo agregar que tambien por participacion ciudadana obran en el expediente cuatro escritos que avalan la conducta funcional del magistrado, (fs. 574-856 y 859-883). · Resulta pertinente tomar en cuenta los resultados de dos (2) referendums sobre el desempeno de los magistrados, efectuados por el Colegio de Abogados de MORDAZA, siendo el caso que, en el referendum de 1999, el doctor MORDAZA MORDAZA obtuvo 88 votos que cuestionaban su conducta funcional mientras que el Magistrado mas cuestionado obtuvo 4,420 votos en contra, y en el referendum de 2002 obtuvo 271 votos en contra, vale decir que los resultados revelan una aprobacion mayoritaria por parte de los abogados de la MORDAZA en la que presta servicios. · De los documentos que obran en el expediente, como son sus declaraciones juradas, la informacion de la Superintendencia Nacional de Registros Publicos, como de lo vertido en la entrevista personal, se colige que el magistrado no tiene propiedades inmuebles o vehiculares mas si una cuenta de ahorros; no habiendose determinado un incremento desmesurado en su patrimonio, evidenciando una situacion compatible con sus ingresos.

· En lo referente al aspecto de produccion del evaluado, se observa en la informacion recibida de la Oficina de Planificacion, Racionalizacion y Estadistica del Ministerio Publico y la que obra en los archivos de este Consejo que al ano 2001, al ano 2002 y al ano 2007 el numero de expedientillos de denuncias con tramitacion a cargo de su despacho, pendientes de concluir, fue de 3, 4 y 7 respectivamente; en diciembre de 2007 recibio la visita ordinaria realizada por el Jefe de la Oficina Desconcentrada de Control Interno de MORDAZA quien en su informe indico que existian 472 denuncias en tramite de 952 ingresadas, vale decir que un buen numero de las ingresadas ya habian sido resueltas, concluyendo el Fiscal Visitador que se trataba de una Fiscalia de reciente creacion, felicitandolo por el cumplimiento de las disposiciones, el horario, la permanencia en el Despacho y la participacion en las diligencias; situacion que revela su esmero por mantener su despacho ordenado y el fiel cumplimiento de las normas. · De los dieciocho (18) dictamenes presentados, diecisiete (17) han sido calificados como buenos y uno como deficiente, aspecto este ultimo con el que el evaluado manifesto su disconformidad, quedando en apreciacion de los senores Consejeros, por lo que en la entrevista personal fue preguntado respecto a dicho dictamen indicando el evaluado las explicaciones que a su parecer eran pertinentes; · Durante el periodo de evaluacion el doctor MORDAZA MORDAZA ha sido ponente en un (1) certamen sobre la problematica e implicancias legales de la actividad medica, asistente a 2 cursos de la Academia de la Magistratura: "Curso Especial del Programa de Capacitacion Academica" obteniendo la nota de 15,36 y "Temas de Derecho Penal Especial" obteniendo la nota de 18, asistente a cuatro (4) diplomados: "Derecho Constitucional, Derechos Humanos y Procesal Constitucional", "Funcion Jurisdiccional", "Ciencias Penales con mencion en Politica Criminal" y "Nuevo Enjuiciamiento Criminal en el Peru a partir de la Reforma procesal del 2004", asistente a cincuenta y dos (52) conferencias en un lapso de 7 anos. El magistrado es estudiante de la Maestria con mencion en Derecho Penal en la Universidad Particular "Inca Garcilaso de la Vega"; MORDAZA ha ejercido la docencia universitaria, todo lo cual revela preocupacion por mantenerse actualizado; Bajo tales consideraciones y analizando razonablemente los aspectos en mencion, MI MORDAZA ES POR QUE SE RENUEVE LA CONFIANZA CON RECOMENDACION DE QUE CUIDE DE NO INCURRIR EN INCONDUCTAS QUE PUEDAN DAR LUGAR A MEDIDAS DISCIPLINARIAS, Y, EN CONSECUENCIA, SE RATIFIQUE AL DOCTOR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, FISCAL PROVINCIAL EN LO PENAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE LIMA. MORDAZA MORDAZA MORDAZA GARDELLA LOS FUNDAMENTOS DEL MORDAZA DEL CONSEJERO MORDAZA VEGAS GALLO SON LOS SIGUIENTES: PRIMERO: Que, el MORDAZA de evaluacion y ratificacion determina si un magistrado debe continuar o no en el cargo a traves de un MORDAZA distinto al disciplinario, esto es, evaluando si se justifica o no su permanencia bajo los parametros de continuar observando debida conducta e idoneidad, acorde a lo establecido en el articulo 146° inciso 3 de la Constitucion Politica del Peru, el cual dispone que el Estado garantiza a los magistrados su permanencia en el servicio mientras observen conducta e idoneidad propias de su funcion; SEGUNDO: Que, en cuanto a la conducta observada por el magistrado MORDAZA Milthon MORDAZA MORDAZA, registra tres (3) medidas disciplinarias, una (1) suspension por irregularidad y dos (2) amonestaciones de las cuales una (1) por irregularidad y otra (1) por atraso en el Despacho; es necesario precisar que la suspension y una amonestacion ya han sido rehabilitadas mediante Resolucion Nº 059-2008-MP-F.SUPR.C.I, que fluye a fojas 177 de autos, pero que sin embargo, se advierte que la mayor sancion, es decir la suspension fue por retardo en la administracion de justicia, que se observo por una visita de Control Interno del Ministerio Publico, tal como lo admite el evaluado en su entrevista personal al ser preguntado al respecto por uno de los senores Consejeros; hechos que se corroboran con algunas denuncias de participacion ciudadana referidos tambien a retardo en la administracion de justicia. Estas situaciones, definitivamente evidencian

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