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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MAYO DEL AÑO 2008 (31/05/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 53

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 31 de mayo de 2008 373231 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan al Banco de la Nación el traslado de agencias y de oficina especial ubicadas en los departamentos de Moquegua y Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 1502-2008 Lima, 21 de mayo de 2008 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por el Banco de la Nación para que esta Superintendencia autorice el traslado de una (1) Agencia, según se indica en la parte resolutiva; CONSIDERANDO:Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Bancaria “B” mediante el Informe Nº 069-2008-DEB “B”; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Circular Nº B-2147-2005; y, en uso de la facultad delegada mediante la Resolución SBS Nº 1096-2005 y la Resolución SBS Nº 1162-2007; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al Banco de la Nación el traslado de la agencia ubicada en la calle Moquegua Nº 305, distrito de Omate, provincia General Sánchez Cerro, departamento de Moquegua a la agencia ubicada en la esquina de las calles Grau y San Martín, Plaza de Armas distrito de Omate, provincia General Sánchez Cerro, departamento de Moquegua. Regístrese, comuníquese y publíquese.DIEGO CISNEROS SALAS Superintendente Adjunto de Banca y Microfi nanzas 206426-1 RESOLUCIÓN SBS Nº 1527-2008 Lima, 22 de mayo de 2008 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por el Banco de la Nación para que esta Superintendencia autorice el traslado de una (1) Agencia y una (1) Ofi cina Especial, según se indica en la parte resolutiva; CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Bancaria “B” mediante los Informes Nº 067- 2008-DEB “B” y Nº 068-2008-DEB “B”; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Circular Nº B-2147-2005; y, en uso de la facultad delegada mediante la Resolución SBS Nº 1096- 2005 y la Resolución SBS Nº 1162-2007; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al Banco de la Nación el traslado de la agencia ubicada en Av. Garcilazo de la Vega, cuadra 13, Tiendas 29, 30 y 31, distrito, provincia y departamento de Lima a la agencia ubicada en la Av. Uruguay Nº 172-198 y calle Jacinto López Nº 175-181, distrito, provincia y departamento de Lima; y el traslado de la oficina especial ubicada en la Av. Garcilazo de la Vega, cuadra 13, tiendas 48 y 49 a la Oficina Especial ubicada en el Jr. De la Unión Nº 1091-1095, distrito, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIEGO CISNEROS SALAS Superintendente Adjunto de Banca y Microfi nanzas 206423-1 Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Tacna S.A. (CMAC Tacna) la apertura de agencia ubicada en la provincia de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 1503-2008 Lima, 21 de mayo de 2008 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Tacna S.A. (CMAC Tacna), para que se le autorice la apertura de una agencia ubicada en el distrito de Mirafl ores, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO:Que, conforme lo establecido en el D.S. N° 157-90- EF y en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros -Ley N° 26702- (en adelante Ley General), la Caja Municipal de Ahorro y Crédito es una empresa de operaciones múltiples, cuya fi nalidad y especialidad consiste en captar depósitos del público y otorgar fi nanciamientos preferentemente a las pequeñas y micro empresas; Que, la CMAC Tacna ha cumplido con presentar la documentación exigida para la apertura de la ofi cina solicitada, en la cual se efectuará operaciones relacionadas con su fi nalidad y especialidad en operaciones de microfi nanzas; Que, la Federación Peruana de Cajas Municipales de Ahorro y Crédito (FEPCMAC) ha remitido mediante Carta N° 208-2007-FEPCMAC del 29.11.2007, el informe con opinión favorable sobre la apertura de esta agencia en la provincia de Lima, en cumplimiento de la función dispuesta en el literal f) del artículo 22° del D.S. N° 157-90-EF; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Microfi nanciera “B”, mediante Informe N° 167- 2008-DEM “B”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley General, el “Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de ofi cinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales” aprobado mediante Resolución SBS N° 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N° 1096-2005 del 25.07.2005; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Tacna S.A. (CMAC Tacna), la apertura de una Descargado desde www.elperuano.com.pe