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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MAYO DEL AÑO 2008 (31/05/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 46

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 31 de mayo de 2008 373224 Con los visados de la Primera Adjuntía y de las ofi cinas de Gestión de Recursos Humanos, de Administración y Finanzas y de Asesoría Jurídica; En uso de las facultades conferidas por el artículo 5º y el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo y, en concordancia con los literales d) y o) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, aprobado por la Resolución Defensorial Nº 0039-2006/ DP, con el literal a) de la Tercera Disposición Transitoria de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, con el numeral 2) del artículo 4º de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, con el literal b) del artículo 7º de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, y con el segundo párrafo del artículo 43º del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-97-TR; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DESIGNAR al abogado Felipe Andrés PAREDES SAN ROMÁN, en el cargo de confi anza de Jefe de Gabinete, con Categoría y Nivel D7, Plaza 007, a partir del 1º de junio de 2008. Artículo Segundo.- La remuneración a percibir por el empleado de confi anza, de categoría, nivel y plaza referido en el artículo primero de la presente resolución, será la que corresponda de acuerdo a la Escala de Remuneraciones que resulten ser aplicables. Artículo Tercero.- El egreso que origine el cumplimiento de la presente resolución se afectará a las asignaciones específi cas correspondientes del Presupuesto Institucional. Regístrese, comuníquese y publíquese.BEATRIZ MERINO LUCERO Defensora del Pueblo 206582-2 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Autorizan viaje de representantes del JNE a Colombia para integrar delegación que participará en el período de sesiones de la Asamblea de la OEA RESOLUCION N° 095-2008-P/JNE Lima, 30 de mayo de 2008 VISTOS: El Memorando N° 0228-2008-SG-ADM/JNE del Secretario General (e) del Jurado Nacional de Elecciones, así como la Certifi cación N° 0557-2008-GPDE/JNE expedida por la Gerente de Planeamiento y Desarrollo Electoral del Jurado Nacional de Elecciones, ambos de fecha 29 de mayo de 2008, y; CONSIDERANDO:Que, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, mediante Acuerdo de fecha 28 de mayo de 2008, ha aprobado el viaje a la República de Colombia, del 31 de mayo al 4 de junio de 2008, de los señores doctor Enrique Javier Mendoza Ramírez y doctor Juan Teodoro Falconí Gálvez, Presidente y Secretario General (e) del Jurado Nacional de Elecciones, a fi n de que participen como representantes de la institución en la delegación peruana al XXXVIII período de sesiones de la Asamblea General de la OEA, a llevarse a cabo en la ciudad de Medellín, Colombia; asimismo, encarga a la Gerencia de Administración y Finanzas otorgar los pasajes aéreos, hospedaje, impuestos de aeropuertos, así como los viáticos de ley al señor Presidente y Secretario General antes mencionados;Que, la participación de los representantes del Jurado Nacional de Elecciones en el evento referido en el considerando anterior, resulta de interés institucional específico y converge con los esfuerzos que viene realizando nuestra Entidad para el mejoramiento de las funciones encomendadas por la Constitución Política del Perú y la Ley N° 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, pues el tema principal que se abordará en el período de sesiones del presente año es el de Juventud y Valores Democráticos, asimismo, se tratarán otros temas vinculados a la promoción y fortalecimiento de la democracia en el continente, aspectos íntimamente vinculados a la misión constitucional y las funciones de nuestra Entidad; además, esta participación significará una importante contribución a las labores de la delegación peruana en dicha Asamblea General; Que, la Gerencia de Administración y Finanzas ha elaborado propuestas de asignación de viáticos y otros gastos, correspondientes a los funcionarios comisionados, las que obran en el expediente; asimismo, con la Certificación N° 0557-2008-GPDE/JNE, de fecha 29 de mayo de 2008, la Gerencia de Planeamiento y Desarrollo Electoral del Jurado Nacional de Elecciones informa la existencia de crédito presupuestario, para la comisión de servicios de los funcionarios antes mencionados, en el presupuesto del pliego 031 Jurado Nacional de Elecciones, aprobado para el Ejercicio Fiscal 2008, debiendo ser priorizado en el calendario de compromisos del mes de mayo, hasta por el importe total de S/. 7,892.00; En uso de las facultades conferidas a la Presidencia del Jurado Nacional de Elecciones, mediante el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución N° 134-2005/JNE, y de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27619 y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, así como la Ley N° 29142; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar, conforme al Acuerdo de fecha 28 de mayo de 2008 del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, el viaje de los señores doctores Enrique Javier Mendoza Ramírez y Juan Teodoro Falconí Gálvez, Presidente y Secretario General (e) del Jurado Nacional de Elecciones, respectivamente, a la República de Colombia, del 31 de mayo al 4 de junio de 2008, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Jurado Nacional de Elecciones, con recursos ordinarios, de acuerdo al siguiente detalle: Doctor Enrique Javier Mendoza Ramírez: Pasajes aéreos, ida y vuelta: S/. 1,450.24 Viáticos: S/. 2,295.00 Tarifa Uni fi cada de Uso de Aeropuerto (TUUA): S/. 200.76 TOTAL S/. 3,946.00 Doctor Juan Teodoro Falconí Gálvez: Pasajes aéreos, ida y vuelta: S/. 1,450.24 Viáticos: S/. 2,295.00 Tarifa Uni fi cada de Uso de Aeropuerto (TUUA): S/. 200.76 TOTAL S/. 3,946.00 Artículo Tercero: Dentro de los quince (15) días calendarios siguientes de efectuado el viaje, los referidos funcionarios deberán presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y la rendición de cuentas por los viáticos recibidos. Artículo Cuarto: La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Presidente 207145-1Descargado desde www.elperuano.com.pe