Norma Legal Oficial del día 08 de noviembre del año 2008 (08/11/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, sabado 8 de noviembre de 2008

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe
TITULO IX DEL RESULTADO FINAL

383069

que sera informado por el MORDAZA MORDAZA de iniciar el mismo. Articulo 21º.- Obligaciones en el examen escrito El examen escrito se sujetara de manera obligatoria a las siguientes normas:

a) Puntualidad, el examen se llevara a cabo en la fecha y hora senalada en la publicacion correspondiente con los postulantes que se encuentren en el lugar y hora senalado, bajo responsabilidad del jurado. b) El postulante se identificara obligatoriamente con su Documento Nacional de Identidad. c) Durante el desarrollo del examen ningun postulante podra abandonar el ambiente donde se lleva a cabo, bajo apercibimiento de ser descalificado.

Concluido el examen escrito, el MORDAZA procesara las tarjetas de respuesta en el sistema informatico a fin de obtener los resultados inmediatamente, sentandose el resultado en el acta respectiva. Asimismo, debera hacer de publico conocimiento la relacion de postulantes aprobados, para el examen oral de acuerdo al cronograma establecido y publicado. Los postulantes deberan permanecer en el lugar donde se realizo el examen escrito, hasta que el MORDAZA haga publico el resultado, mediante la publicacion en un lugar visible de la relacion de los postulantes aptos para el examen oral, dejando MORDAZA de esta publicacion al final del acta a que se refiere el parrafo anterior. CAPITULO IV DEL EXAMEN ORAL Articulo 22º.- Del desarrollo del examen El examen oral se efectuara en acto publico. El postulante desarrollara el tema academico que le sea designado por sorteo entre las disciplinas juridicas senaladas en el articulo 19º del presente Reglamento. Para efectos del sorteo se asignara a las preguntas del Balotario una numeracion correlativa. Adicionalmente, el examen oral comprendera preguntas sobre su trayectoria personal, cultura general y principios eticos. Articulo 23º.- De la calificacion del examen oral La calificacion del examen oral se efectuara de la siguiente manera: a) La nota que corresponde a la evaluacion academica hasta por un MORDAZA de quince (15) puntos. b) La nota relacionada a preguntas sobre aspectos de trayectoria personal, cultura general y principios eticos, hasta por un MORDAZA de cinco (5) puntos. Al terminar el examen oral de cada postulante, cada miembro del MORDAZA consignara las notas correspondientes a los literales a) y b) del presente articulo, asi como la sumatoria de MORDAZA calificaciones, las que seran introducidas en un sobre cerrado con el nombre del postulante, el mismo que se entregara en custodia del secretario. Al concluir el examen oral de todos los postulantes, el MORDAZA dispondra que el secretario MORDAZA los sobres cerrados, procediendo el Pleno a colocar las notas de cada postulante, en orden secuencial de mayor a menor a fin de comprobar si entre la nota extrema mayor y la que le sigue y/o entre la nota extrema menor y la que antecede existe una diferencia de cuatro o mas puntos. Acto seguido, de comprobarse dicha diferencia, se procede a anular las notas extremas alta o baja, segun corresponda, y la nota final del examen oral se obtiene con el promedio de las restantes. Los postulantes que no obtengan nota aprobatoria seran descalificados y los postulantes que obtengan nota aprobatoria deberan permanecer en el lugar donde se ha llevado a cabo el examen oral a efectos del resultado final.

Articulo 24º.- Del resultado final En la misma fecha y en forma inmediata a la calificacion del examen oral a que se refiere el articulo anterior, el MORDAZA establecera el promedio final de cada postulante aprobado en las tres etapas del concurso, aplicando los pesos previstos en el articulo 16º del presente Reglamento. En el caso de postulantes notarios en ejercicio que no tengan sanciones en los ultimos cinco (5) anos y tengan una antiguedad no menor de tres (3) anos, se aplicara la bonificacion a que se refiere el articulo 7º de la Ley, conforme al Anexo II del presente Reglamento. Concluida la calificacion final, el MORDAZA elaborara el Acta de Proclamacion, en la que se consignaran las notas obtenidas por los postulantes en cada una de las etapas del concurso, la aplicacion del peso diferenciado y el promedio final en orden de merito. Dicha relacion constara en acta y sera firmada por el Presidente del MORDAZA y los miembros asistentes, publicandose una MORDAZA en lugar visible del local donde se realizo el examen oral, en el mismo dia en que se establecio el resultado final. El postulante que alcance el mayor puntaje aprobatorio elegira la plaza de su preferencia asi como, sucesivamente, los postulantes que por orden de merito hubieran obtenido las mejores calificaciones aprobatorias hasta cubrir todas las plazas vacantes convocadas. En caso de uno o mas postulantes aprobados con derecho de escoger plaza declinen expresamente, lo sustituira en dicha facultad el siguiente postulante en el orden de meritos. En caso que dos o mas postulantes alcanzaren igual puntaje, tendra preferencia quien MORDAZA obtenido mayor nota en la calificacion del examen escrito. De subsistir el empate se optara por el postulante que MORDAZA obtenido mayor nota en la calificacion del curriculum vitae. Asimismo, de continuar el empate se optara por el postulante que MORDAZA obtenido la mayor nota en el examen oral. Si pese a lo anterior persiste el empate, se procedera al sorteo. Los postulantes aprobados deberan permanecer en el lugar donde se MORDAZA realizado el examen oral de conformidad con el ultimo parrafo del articulo 23º, hasta la difusion del orden de meritos, eleccion a que se refiere el parrafo anterior y suscripcion del documento que refleje la eleccion efectuada, caso contrario sera descalificado. El colegio de notarios publicara el resultado del concurso, por unica vez en el diario oficial El Peruano y el diario de mayor circulacion de la sede del concurso. Dicha publicacion consignara exclusivamente los nombres de los postulantes que hayan ocupado vacante conforme a las plazas convocadas. Articulo 25º.- Del otorgamiento del titulo El MORDAZA de concurso publico de meritos, concluye con la proclamacion de ganadores y/o la declaracion de plazas desiertas por parte del MORDAZA, en caso de no existir postulantes aprobados en las respectivas plazas. El secretario del MORDAZA comunicara al Consejo del Notariado, en el plazo MORDAZA de dieciocho (18) dias calendario contados a partir de la publicacion a que se refiere el articulo precedente, el resultado del concurso para la expedicion simultanea de las resoluciones ministeriales a todos los postulantes ganadores. Para este efecto, remitira copias certificadas del acta de instalacion, acta de calificacion del curriculum vitae, del examen escrito, del examen oral, del acta de proclamacion, las publicaciones efectuadas durante el desarrollo del referido concurso y la relacion de postulantes ganadores con indicacion de la plaza que ocupa indicando su localizacion distrital y provincia. El titulo de notario sera suscrito por el Ministro de Justicia y por el Presidente del Consejo del Notariado. Articulo 26º.- De la renuncia a la plaza En caso que el concursante ganador formule renuncia a la plaza obtenida dentro de los quince (15) dias calendario

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.