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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2008 (08/11/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 55

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 8 de noviembre de 2008 383085 3.4 Valor del predio a expropiar: QUINIENTOS VEINTISIETE MIL NOVECIENTOS DIECINUEVE CON 12/100 ($ 527,919.12) Dólares Americanos, según tasación comercial efectuado por la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento de fecha 3 de junio del 2008 275789-18 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 141-2008-MTC Lima, 7 de noviembre de 2008VISTOS:El Informe Técnico N° 027-2008-MTC/CANETAAIJCH, de fecha 6 de octubre de 2008, remitido por la Comisión de Alto Nivel encargada de la Expropiación de los Terrenos Adyacentes al Aeropuerto Internacional Jorge Chávez (en adelante CANETA); y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 6° de la Ley N° 27117, Ley General de Expropiaciones, publicada el 20 de mayo de 1999, establece que la ejecución de la expropiación para el caso del Poder Ejecutivo se efectúa mediante Resolución Suprema con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; Que, el artículo 8° de la Ley citada en el considerando anterior, establece que la Resolución Suprema mediante la cual se ejecute la expropiación, deberá precisar: a) El sujeto activo de la expropiación; b) El sujeto pasivo, de acuerdo al informe expedido por el Registro que corresponda, conteniendo el nombre del propietario de los bienes a expropiar y las posibles duplicidades de inscripción que puedan existir, así como las cargas, gravámenes y demás anotaciones existentes; c) La identifi cación precisa del bien a expropiar, de acuerdo a coordenadas UTM de validez universal y al informe expedido por la Ofi cina de Catastro del Registro respectivo; y, d) El valor de tasación comercial actualizado, de acuerdo a lo establecido en el artículo 16° de la referida Ley; Que, mediante la Ley N° 27329, publicada el 25 de julio de 2000, se declaró de necesidad pública la expropiación de los bienes inmuebles de dominio privado adyacentes al Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, de acuerdo al procedimiento de expropiación para la realización de obras de gran envergadura dispuesto en el artículo 7º de la Ley N° 27117, y señala, en las Memorias Descriptivas anexas, la ubicación, linderos y medidas perimétricas del área objeto de la expropiación; Que, mediante Resolución Suprema Nº 137-2000-MTC, publicada el 12 de octubre de 2000, se creó la Comisión de Alto Nivel encargada de llevar a cabo el proceso de expropiación a que se refi ere la Ley N° 27329; Que, mediante Resolución Ministerial N° 425-2000- MTC-15.01, publicada el 24 de octubre de 2000, se delegó a la Comisión referida en el considerando anterior: a) Iniciar los trámites del proceso de expropiación de acuerdo a lo señalado en la Ley General de Expropiaciones; b) Iniciar el proceso de trato directo con los sujetos pasivos de la expropiación; c) Efectuar las gestiones tendentes a la reubicación de los asentamientos humanos señalados en la Ley Nº 27329 en terrenos proporcionados por la Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial S.A. - CORPAC S.A.; y, d) Coordinar con el Ministerio de Economía y Finanzas a fi n que se efectúen las transferencias presupuestales necesarias; Que, mediante la Ley N° 29171, publicada el 23 de diciembre de 2007, se establecieron medidas para agilizar el procedimiento de expropiación de los inmuebles afectados por la ejecución de obras públicas de infraestructura de gran envergadura; Que, mediante Resolución Suprema N° 316-2002- PCM, publicada el 24 de julio de 2002, se autorizó al Ministerio de Transportes y Comunicaciones la ejecución de la expropiación de nueve (9) predios adyacentes al Aeropuerto Internacional Jorge Chávez; Que, mediante Resolución Suprema N° 053-2008- MTC, publicada el 4 de mayo de 2008, se autorizó al Ministerio de Transportes y Comunicaciones la ejecución de la expropiación de veinte (20) predios adicionales, adyacentes al Aeropuerto Internacional Jorge Chávez; Que, mediante Resolución Suprema N° 093-2008- MTC, publicada el 24 de julio de 2008, se autorizó al Ministerio de Transportes y Comunicaciones la ejecución de la expropiación de dieciséis (16) predios adicionales, adyacentes al Aeropuerto Internacional Jorge Chávez; Que, mediante el Informe Técnico N° 027-2008-MTC/ CANETAAIJCH, de fecha 6 de octubre de 2008, la CANETA ha señalado la identifi cación precisa de los bienes objeto de expropiación; el sujeto activo y los sujetos pasivos de la expropiación; las cargas y gravámenes de los inmuebles; el valor de tasación de los inmuebles; y, la existencia de disponibilidad presupuestal; De conformidad con el artículo 70º de la Constitución Política del Perú y las Leyes N° 27117, 27329 y 29171; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la ejecución de la expropiación Autorizar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la ejecución de la expropiación de un (1) inmueble adicional, adyacente al Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, a que se refi ere el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución, de conformidad con lo señalado en el artículo 8° de la Ley N° 27117, Ley General de Expropiaciones. Artículo 2º.- Sujeto activo y pasivo de la expropiación El sujeto activo de la expropiación a que se refi ere la presente resolución, es el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de conformidad con lo señalado en el artículo 4° de la Ley N° 27329, Ley que declara de necesidad pública la expropiación de inmuebles adyacentes al Aeropuerto Internacional Jorge Chávez. Asimismo, el sujeto pasivo de la expropiación se encuentra señalado en el Anexo referido en el artículo precedente, de acuerdo a lo indicado en el numeral 4.2 del artículo 4° de la Ley N° 29171. Artículo 3°.- Pago de la indemnización justipreciada El cálculo de la indemnización justipreciada y el pago correspondiente, serán efectuados por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con cargo a los recursos del fi deicomiso constituido para tal fi n, mediante el Decreto Supremo Nº 137-2006-EF. Artículo 4°.- Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones ANEXO A LA R.S. N° 141-2008-MTC 1.0 Predio: BANCO CONTINENTAL SUJETO PASIVO: Datos del Predio:1.1 PropietarioBANCO CONTINENTAL 1.2 Tomo-Foja-Asiento/Ficha /Partida Electrónica Dominio: Consta registrado en el Asiento C 00006 de la Partida Electrónica Nº 70096727. Las inscripciones corren en: Tomo 180; Fojas 43-48, 109-110, 149-150, 151, 239-240, 247-248, Asientos 1-24; Tomo 241, Foja 208-210, Asientos 25-28 /Ficha 57596/ Partida Electrónica Nº 70096727 del Registro de Predios de la Ofi cina Registral del Callao.Descargado desde www.elperuano.com.pe