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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2008 (19/11/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 59

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 19 de noviembre de 2008 383653 a asaltos, drogadicción y violaciones expuestos en los documentos invocados; Que, fi nalmente mediante Informe Nº 041- 2008-JPP-MDTAI, de fecha 10 del mes en curso, la servidora Adalí Castro Huarcaya, Jefe de Presupuesto y Planifi cación da cuenta al despacho de Alcaldía la disposición de mayores ingresos en la fuente de fi nanciamiento: 18 Recursos Determinados – Rentas de Aduanas por el monto de S/. 115,762.00 (CIENTO QUINCE MIL SETECIENTOS SESENTIDÓS Y 00/100 NUEVOS SOLES), y a la vez solicita la incorporación del mayor ingreso y gasto. En virtud de ello, el Concejo Municipal considera de prioridad atender la adquisición de materiales eléctricos y servicios de mano de obra para la ejecución del Proyecto “Del Subsistema de Distribución Primaria en 10 KV para la Electrifi cación del Asentamiento Humano Vista Alegre” y la culminación del Subsistema de Distribución Secundaria e Instalaciones de Alumbrado Público para el Asentamiento Humano Vista Alegre. Por tanto, para ese efecto de ese importe destina para ese fi n la cantidad de S/. 110,000.00 (CIENTO DIEZ MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), esto es, destina para la adquisición de materiales eléctricos la cantidad de S/. 54,484.89 (CINCUENTA Y CUATRO MIL CUATROSCIENTOS OCHENTICUATRO Y 89/100 NUEVOS SOLES) y la adquisición de servicios de mano de obra la cantidad de S/. 13,825.54 (TRECE MIL OCHOCIENTOS VEINTICINCO Y 54/100 NUEVOS SOLES) para la ejecución del Proyecto: “Del Subsistema de Distribución Primaria en 10 KV para la Electrifi cación del Asentamiento Humano “Vista Alegre”; y, destina para la adquisición de materiales eléctricos y la adquisición de servicios de mano de obra la suma de S/. 41,689.57 (CUARENTA MIL SEISCIENTOS OCHENTINUEVE Y 57/100 NUEVOS SOLES) para la culminación de la ejecución del Proyecto: “Del Subsistema de Distribución Secundaria e Instalaciones de Alumbrado Público para el Asentamiento Humano “Vista Alegre”; Estando a lo glosado precedentemente, lo que prescribe el artículo 22º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, artículo 142º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, y en uso de las atribuciones que el artículo 9º y 41º de la Ley Nº 27972 confi ere al Concejo Municipal, por unanimidad de votos de este órgano y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; ACORDÓ:Artículo 1º.- DECLARAR en emergencia el Asentamiento Humano “Vista Alegre”, jurisdicción del distrito de Túpac Amaru Inca. Artículo 2º.- AUTORIZAR a la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto para que con mayores ingresos de la Fuente de Financiamiento: 18 Recursos Determinados – Renta de Aduanas habilite una partida presupuestaria por el importe de S/. 110,000.00 (CIENTO DIEZ MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) para la culminación de la electrifi cación del Asentamiento Humano “Vista Alegre”. Artículo 3º.- DECLARAR la exoneración por situación de emergencia para la adquisición de materiales eléctricos por la cantidad de S/. 54,484.89 (CINCUENTA Y CUATRO MIL CUATROSCIENTOS OCHENTICUATRO Y 89/100 NUEVOS SOLES) y la adquisición de servicios de mano de obra por la cantidad de S/. 13,825.54 (TRECE MIL OCHOCIENTOS VEINTICINCO Y 54/100 NUEVOS SOLES) para la ejecución del Proyecto: “Del Subsistema de Distribución Primaria en 10 KV para la Electrifi cación del Asentamiento Humano “Vista Alegre”; y, asimismo, DECLARAR la situación de emergencia para la adquisición de materiales eléctricos por la cantidad de S/. 93,570.77 (NOVENTITRÉS MIL QUINIENTOS SETENTA Y 77/100 NUEVOS SOLES) y la adquisición de servicios de mano de obra por la cantidad de S/. 15,439.18 (QUINCE MIL CUATROSCIENTOS TREINTINUEVE Y 18/100 NUEVOS SOLES) para la culminación de la ejecución del Proyecto: “Del Subsistema de Distribución Secundaria e Instalaciones de Alumbrado Público para el Asentamiento Humano “Vista Alegre”. Artículo 4º.- DISPONER la publicación del presente acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su emisión.Artículo 5º.- De conformidad con la Ley Nº 29076 AUTORIZAR al Titular del Pliego designar al Comité Especial u órgano de contrataciones y adquisiciones exoneradas por emergencia. Artículo 6º.- Encargar a Gerencia Municipal y al Jefe de la Ofi cina de Obras Públicas presentar los Informes Técnicos y Legal, según corresponda, materia del presente acuerdo, a Contraloría General de la República, al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE y la publicación en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado – SEACE. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.TOMAS V. ANDIA CRISOSTOMO Alcalde 279275-1 ACUERDO DE CONCEJO Nº 045-2008-MDTAI Túpac Amaru Inca, 11 de noviembre de 2008EL ALCALDE DISTRITAL DE TÚPAC AMARU INCAVISTO: En Sesión Extraordinaria del 10 de los corrientes los Informes: Nº 013-08-MDTAI-LÑO, de fecha 10-NOV-2008, presentado por el Asesor Legal Externo, por el que emite opinión legal sobre situación de emergencia y exoneración de proceso de selección por dicha causal; Informe Nº 119-2008/WATV/JOP/MDTAI, de fecha 30 de octubre de 2008, presentado por el Jefe de Obras Públicas; e, Informe Nº 285-A-2008-JSS-MDTAI, y solicitud de Declaratoria de Emergencia para construir el Cerco Perimétrico del Estadio Municipal Inkari que benefi ciará la población deportista del distrito de Túpac Amaru Inca; y, CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú en sus artículos 194º y 195º, modifi cados por Ley Nº 26780, establecen que las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, por Decreto Supremo Nº 068-2008-PCM, publicado en el Diario ofi cial El Peruano el 9 de octubre de 2008, se prorroga por el término de sesenta (60) días, a partir del 10 de octubre de 2008, el estado de emergencia en el departamento de Ica; las provincias de Castrovirreyna, Huaytará y el distrito de Acobambilla de la provincia de Huancavelica del departamento de Huancavelica; y las provincias de Cañete y Yauyos del departamento de Lima a efectos de que los Gobiernos Regionales y Locales continúen ejecutando las acciones necesarias para la atención de la emergencia y la rehabilitación de las zonas afectadas; Que, el inciso c) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que están exonerados de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que realicen en situación de emergencia declarados de conformidad con la norma invocada; Que, mediante Informes del visto, particularmente el de Asesoría Legal Externa, el Asesor Legal Externo de esta entidad, amparándose en los Informes Nº 102-2008-AA-SS/USCS/MDTAI, de fecha 7 de noviembre de 2008, presentado por la Asistenta Social; Informe Nº 266-2008- JSSC-MDTAI, de fecha 30 de octubre de 2008, presentado por el Jefe de Servicios Sociales y Comunales; Informe Nº 119-2008/WATV/JOP/MDTAI, de fecha 30 de octubre de 2008, presentado por el Jefe de Obras Públicas; e, Informe Nº 285-A-2008-JSS-MDTAI, de fecha 10 del mes en curso, presentado por el Jefe de Abastecimiento y Almacén, formula opinión legal sobre situación de emergencia y exoneración de proceso de selección por dicha causal. Asimismo, mediante Informes Técnicos del visto, las diferentes Ofi cinas que lo formulan, entre otros, Descargado desde www.elperuano.com.pe