Norma Legal Oficial del día 19 de noviembre del año 2008 (19/11/2008)


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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, miercoles 19 de noviembre de 2008

el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, aprobada mediante la Resolucion Nº 118-2001-CONSUCODE/ PRE y en uso de las facultades conferidas mediante el numeral 4 del articulo 5º de la Ley Nº 28532 y la designacion efectuada por la Resolucion Suprema Nº 075-2006-EF, modificada por la Resolucion Suprema Nº 041-2007-EF; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Oficina de Normalizacion Previsional para el Ejercicio Presupuestal del Ano 2008, la inclusion del MORDAZA de seleccion para la contratacion del Servicio de pago fisico de pensiones en la modalidad de pago directo en colegios ­ Grupo 2. Articulo Segundo.- Aprobar el Expediente de Contratacion del Servicio de pago fisico de pensiones en la modalidad de pago directo en colegios ­ Grupo 2. Articulo Tercero.- Autorizar la exoneracion del MORDAZA de Concurso Publico, al haberse configurado la causal a que se refiere el inciso c) del articulo 19° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, para la contratacion del Servicio de pago fisico de pensiones en la modalidad de pago directo en colegios ­ Grupo 2, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Cuarto.- Autorizar la ejecucion del MORDAZA de Exoneracion Nº 0003-2008-ONP en procura de la contratacion del Servicio de pago fisico de pensiones en la modalidad de pago directo en colegios ­ Grupo 2. Articulo Quinto.- Autorizar a la Oficina de Administracion a contratar el Servicio de pago fisico de pensiones en la modalidad de pago directo en colegios ­ Grupo 2, por el plazo MORDAZA de seis (6) meses y por un valor referencial MORDAZA de S/. 906,123.84 (Novecientos Seis Mil Ciento Veintitres con 84/100 Nuevos Soles). El egreso que irrogue la contratacion objeto de la presente exoneracion se afectara a la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios y en el componente Servicio de Pago de Obligaciones Previsionales. Articulo Sexto.- Disponer que el Organo de Control Institucional de la Oficina de Normalizacion Previsional inicie las acciones que correspondan, de acuerdo al articulo 47° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, a fin de determinar si fuere el caso, las responsabilidades de los funcionarios o servidores de la entidad cuya conducta hubiese originado la presencia o configuracion de la referida causal de situacion de desabastecimiento inminente conforme lo dispone el MORDAZA parrafo del articulo 21° de la acotada norma. Dicho Organo de Control debera emitir un informe recomendando a esta Jefatura, las medidas a adoptarse. Articulo Setimo.- Disponer que la Oficina de Administracion remita MORDAZA de la presente Resolucion y de los informes que sustentan la presente exoneracion, a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion, conforme a lo dispuesto por el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Octavo.- La presente Resolucion Jefatural debera ser publicada en el Diario Oficial "El Peruano" dentro de los diez (10) dias habiles de su emision y publicarse adicionalmente en el SEACE. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe 279898-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA

Aprueban modificacion del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 052-2008-CR-GRH MORDAZA, 24 de octubre del 2008 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA POR TANTO: Visto, en Sesion Extraordinaria de Consejo Regional, de fecha once de setiembre del dos mil ocho, el Dictamen Nº 014-2008-CPPPATAL/CR-GRH, presentado por la Comision Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales, relacionado a la modificacion del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional Huanuco; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico con autonomia politica, economica y administrativa, que tienen por mision organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para contribuir con el desarrollo integral y sostenible de la region, conforme lo expresan los articulos 2º, 4º y 5º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, ademas sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificacion administrativa; Que, el articulo 38º de la Ley Nº 27867 - Organica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales, MORDAZA asuntos de caracter general, la Organizacion y Administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el articulo 15° inciso e) de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que es atribucion del Consejo Regional aprobar su Reglamento Interno; el cual MORDAZA la competencia del MORDAZA organismo del Gobierno Regional, el ambito de las atribuciones de sus miembros, la formalidad a la que deben cenirse las Sesiones de Consejo, y el funcionamiento de las Comisiones del Consejo Regional; esto en concordancia con lo establecido en la Ley Organica de Gobiernos Regionales; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 001-2003CRH, de fecha 15 de enero del 2003, el Consejo Regional de MORDAZA, aprobo su reglamento interno de acuerdo a lo normado en la Ley Organica de Gobiernos Regionales, siendo actualmente necesaria su modificacion, a razon de que luego de la promulgacion de la citada Ley Organica, el Congreso de la Republica emitio una serie de Leyes que modificaron esta, tales como, la Ley Nº 27902, la cual tiene como fin regular la participacion de los Alcaldes Provinciales y la Sociedad Civil en los Gobiernos Regionales y fortalecer el MORDAZA de Descentralizacion y Regionalizacion, la Ley Nº 28961 que modifica el articulo 31° de la Ley Organica de Gobiernos Regionales sobre causales de Vacancia y Suspension del Presidente, Vicepresidente y Consejeros Regionales, la Ley Nº 28968, que modifica el numeral l) del articulo 21° y la Undecima Disposicion Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Organica de Gobiernos Regionales que facilita al Consejo Regional a elegir un Consejero Delegado entre otras disposiciones; y finalmente, la Ley Nº 29053 que modifica la estructura basica de los Gobiernos Regionales; Que, en Sesion Ordinaria de Consejo Regional de fecha 09 de noviembre del 2007, el Pleno del Consejo

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