Norma Legal Oficial del día 19 de noviembre del año 2008 (19/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, miercoles 19 de noviembre de 2008

Que, mediante Informe Legal Nº 1381 y 1384-2008MDSJM-GAJ, el Gerente de Asesoria Juridica opina se AUTORICE la EXONERACION del MORDAZA de seleccion conforme al inciso c) del Art. 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo Nº 0832004-PCM; Que, estando ad portas de vencer el contrato de suministros de los insumos del Programa del Vaso de Leche, el cual se MORDAZA el 20 de noviembre de 2008, ya no seria posible celebrar un MORDAZA contrato para el suministro de los insumos del programa del vaso de leche mediante el MORDAZA de seleccion de la Licitacion Publica; Que, si bien, el Comite de Administracion del Programa del Vaso de Leche, cumplio con aprobar los insumos elegidos por los beneficiarios del Programa del Vaso de Leche mediante acta del 9 de octubre de 2008, sin embargo, los propios beneficiarios posteriormente realizaron observaciones a uno de los insumos elegidos: LECHE EVAPORADA MODIFICADA. Para levantar esta observacion, ha sido necesario la intervencion de los representantes de los Comites del Vaso de Leche de MORDAZA y Callao y del Centro Nacional de Alimentacion y Nutricion, quien, este ultimo organismo clarifico el tema mediante Informe Nº 4992008-DECYTA-CENAN/INS, y puesto en conocimiento de nuestra Municipalidad recien el 27 de octubre de 2007; Que, teniendo en cuenta que el contrato para el suministro de los insumos para el programa del vaso leche vence este 20 de noviembre; asi, como el retraso generado por los propios beneficiarios en cuanto a la LECHE EVAPORADA MODIFICADA, la cual recien fue clarificada el 27 de octubre de 2008: nuestra Municipalidad no podra seleccionar de acuerdo a la Ley de Contrataciones al MORDAZA proveedor para abastecer despues del 20 de noviembre de 2008; Que, en vista que la demora en la seleccion del proveedor mediante el MORDAZA de seleccion correspondiente no es atribuible a la Municipalidad, sino de los propios beneficiarios, sobre los cuales, no puede tener injerencia alguna en cuanto a la determinacion del insumo a elegir, tal cual lo establece la Ley Nº 27470 y su modificatoria; y teniendo en cuenta que la ausencia de los insumos comprometera en forma directa e inminente la continuidad del servicio del programa del vaso de leche que brinda nuestra institucion, por haberse generado la situacion de extraordinaria e imprevisible; Que, la Gerencia de Asesoria Juridica recomienda que esta exoneracion en virtud de la causal de desabastecimiento inminente, no constituye dispensa, exencion o liberacion de los funcionarios o servidores de la entidad cuya conducta ha originado se configure dicha causal, conforme a lo regulado en el articulo 21° del acotado cuerpo legal; Que el articulo 20º literal c) del instrumento legal arriba senalado establece que todas las exoneraciones se aprobaran por Acuerdo de Concejo Municipal. En virtud de ello dicho acuerdo de concejo y de conformidad a lo establecido en el parrafo MORDAZA del articulo 21º del Decreto Supremo No 084-2004-PCM, debera disponer se establezca la responsabilidad administrativa de los funcionarios o servidores de la entidad que han originado la causal de desabastecimiento inminente materia del presente Acuerdo; Que, estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en el articulo 10º inciso 1) de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, con la aprobacion MAYORITARIA de los Regidores del Concejo, y con la dispensa de lectura y aprobacion del acta; SE ACUERDA: Articulo 1º.- APROBAR la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion por desabastecimiento inminente para la adquisicion de los Insumos del Programa del Vaso de Leche por el periodo de 120 dias calendario, o hasta que quede consentida la Buena Pro de la Licitacion Publica Nº 005-2008-MDSJM-CE, por el importe de

S/. 1´315,544.50 (Un Millon Trescientos Quince Mil Quinientos Cuarenticuatro y 50/100 Nuevos Soles) del detalle siguiente:
Valor Valor Referencial Referencial por Unidad Total de medida S/. S/. 456,515 Lata 410 gr. 1.98 903,899.70 73,508 X Kilo 5.60 411,644.80 Unidad Medida



Descripcion

Cantidad

ITEM 1 Leche Evaporada Modificada ITEM 2 Hojuela de Cereales con soya precocidos enriquecidos con vitaminas y minerales

TOTAL S/.

1´315,544.50

Fuente de Financiamiento 1 Recursos Ordinarios Rubro 00 Recursos Ordinarios.

Articulo 2º.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Logistica y Servicios proceda a efectuar la adquisicion mencionada en el articulo anterior conforme a la normativa vigente. Articulo 3º.- DISPONER a la Gerencia de Secretaria General, remita MORDAZA del presente acuerdo a la Contraloria General de la Republica y al CONSUCODE, asi como MORDAZA de los informes sustentatorios, dentro del plazo de Ley. Articulo 4º.- ENCARGAR al Despacho de Alcaldia disponer se establezca la responsabilidad administrativa a los funcionarios o servidores de la entidad que han originado se configure la causal de Desabastecimiento Inminente materia del presente acuerdo. Articulo 5º.- DISPONER que la Gerencia de Secretaria General efectue la publicacion del presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano dentro del plazo de Ley. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 279371-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Disponen el embanderamiento general del distrito con motivo de la realizacion de la XVI Cumbre del Foro de Cooperacion Economica MORDAZA MORDAZA - APEC
DECRETO DE ALCALDIA Nº 016-2008-MDSM San MORDAZA, 14 de noviembre de 2008, EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley Nº 26780, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con lo establecido en el articulo II del Titulo Prelimimar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, del 20 al 23 de noviembre proximos, se llevaran a cabo en la MORDAZA de MORDAZA, las reuniones centrales de la XVI Cumbre del Foro de Cooperacion Economica MORDAZA MORDAZA ­ APEC, dentro del MORDAZA de una serie de actividades que se han venido desarrollando a lo largo del presente ano, teniendo como sede al Peru; Que, la XVI Cumbre del Foro de Cooperacion Economica MORDAZA MORDAZA ­ APEC, tiene como proposito lograr un MORDAZA compromiso para el desarrollo de la

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