Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2008 (25/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 25 de noviembre de 2008

PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 29281
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica Ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

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PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS

Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el regimen especial de contratacion administrativa de servicios
DECRETO SUPREMO Nº 075-2008-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1057 se regula el regimen especial de contratacion administrativa de servicios el cual tiene por objeto garantizar los principios de merito y capacidad, igualdad de oportunidades y profesionalismo de la administracion publica; Que, el MORDAZA de contratacion administrativa de servicios no autonomos requiere de una reglamentacion que desarrolle claramente el procedimiento a ser utilizado por todas las entidades publicas, asi como la transparencia de ese procedimiento que debe ser sencillo, MORDAZA y flexible, sin descuidar las exigencias minimas que deben cumplir quienes son contratados bajo la modalidad de contrato administrativo de servicios; De conformidad con lo dispuesto por el inciso 8 del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo y el Decreto Legislativo Nº 1057; DECRETA: Articulo 1º. Aprobacion del reglamento Apruebese el reglamento del Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el regimen especial de contratacion administrativa de servicios, el cual consta de dieciseis articulos, cuatro disposiciones complementarias transitorias, siete disposiciones complementarias finales y una disposicion complementaria derogatoria. Articulo 2º. Refrendo El presente decreto supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de noviembre del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros REGLAMENTO DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 1057, QUE REGULA EL REGIMEN ESPECIAL DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

LEY QUE MODIFICA EL ARTICULO 5º DE LA LEY Nº 27506, LEY DE CANON
Articulo 1º.- Modificacion del articulo 5º de la Ley Nº 27506, Ley de Canon Incorporase el numeral 5.3 al articulo 5º de la Ley Nº 27506, Ley de Canon, con el texto siguiente: "Articulo 5º.- Distribucion del canon (...) 5.3 Cuando el titular minero posee varias concesiones en explotacion ubicadas en circunscripciones distintas, el canon minero se distribuye en proporcion al valor de venta del concentrado o equivalente proveniente de cada concesion, segun declaracion jurada sustentada en cuentas separadas que formulara el titular minero a los Ministerios de Economia y Finanzas, y de Energia y Minas. En el caso de la mineria no metalica, el canon minero se distribuye en funcion del valor del componente minero. Cuando la extension de una concesion minera en explotacion comprenda circunscripciones vecinas, la distribucion se realiza en partes iguales." Articulo 2º.- Normas reglamentarias El Poder Ejecutivo, mediante decreto supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Energia y Minas, dictara las normas reglamentarias de la presente Ley, en un plazo de sesenta (60) dias calendario, contados desde la entrada en vigencia de la presente Ley. Comunicase al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los treinta dias del mes de octubre de dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA AGUINAGA RECUENCO Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de noviembre del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros 282095-1

Articulo 1º.- Naturaleza juridica y definicion del contrato administrativo de servicios El contrato administrativo de servicios es una modalidad contractual administrativa y privativa del Estado, que vincula a una entidad publica con una persona natural que presta servicios de manera no autonoma. Se rige por normas de derecho publico y confiere a las partes unicamente los beneficios y las obligaciones que establece

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