Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2008 (25/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, martes 25 de noviembre de 2008

Que, el numeral 36.3 del articulo 36 de la referida Ley dispone que las disposiciones concernientes a la eliminacion de procedimientos o requisitos o a la simplificacion de los mismos, podran aprobarse por Resolucion Ministerial, MORDAZA Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldia, segun se trate de entidades dependientes del Gobierno Central, Gobiernos Regionales o Locales; Que, asimismo, el numeral 38.5 del articulo 38 senala que: "Una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar por Resolucion Ministerial del Sector, MORDAZA Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldia, o por Resolucion del Titular del Organismo MORDAZA conforme a la Constitucion, segun el nivel de gobierno respectivo. (...)"; Que, la Primera Disposicion Complementaria y Final de la Ley Nº 28905 - Ley de Facilitacion del Despacho de Mercancias Donadas Provenientes del Exterior sustituyo el literal e) del articulo 15 del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 129-2004-EF, estableciendose que estan inafectas del pago de los derechos arancelarios, de acuerdo a los requisitos y las condiciones que establezca el Reglamento, entre otros, las donaciones a favor de Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperacion Internacional - ENIEX, Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo Nacionales - ONGD-PERU, e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de Donaciones de Caracter Asistencial o Educacional - IPREDAS, inscritas en el registro correspondiente que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional ­ APCI; Que, por Decreto Supremo Nº 096-2007-EF se aprueba el Reglamento para la Inafectacion del Impuesto General a las Ventas, Impuesto Selectivo al Consumo y los derechos arancelarios a las Donaciones; Que, el literal c) numeral 3.2 del articulo 3 del citado Reglamento dispone que para efecto de la Ley del IGV e ISC y la Ley General de Aduanas, el Ministerio de Relaciones Exteriores es el Sector que expedira la Resolucion Ministerial de aprobacion correspondiente a las donaciones efectuadas a favor de Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperacion Internacional - ENIEX, Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo Nacionales - ONGD-PERU, e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de Donaciones de Caracter Asistencial o Educacional - IPREDAS; Que, en tal sentido, conforme a lo senalado en la citada MORDAZA corresponde al Ministerio de Relaciones Exteriores aprobar las donaciones a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a traves de la emision de la respectiva Resolucion Ministerial; Que, conforme se puede advertir el MIMDES a partir del 09 de febrero de 2008, no tiene competencia para aprobar donaciones provenientes del exterior a favor de entidades privadas; Que, mediante Informe Nº 021-2008-MIMDES-OGPP, la Directora General de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto ha determinado que debe procederse a eliminar el Procedimiento 04: Aprobacion de Donaciones Provenientes del Exterior en el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social contenido en el MORDAZA del MIMDES; Que, en aplicacion a lo dispuesto en el numeral 36.3 del articulo 36 y numeral 38.5 del articulo 38 de la Ley Nº 27444 resulta necesario emitir el acto por el cual se modifique el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES, eliminandose el Procedimiento 04: Aprobacion de Donaciones Provenientes del Exterior, en el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; Que, asimismo, es necesario dejar sin efecto la Directiva General Nº 025-2006-MIMDES "Procedimiento para la aprobacion de donaciones provenientes del exterior en el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social" aprobada por Resolucion Ministerial Nº 495-2006-MIMDES; Con la visacion de la Directora General de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto y del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica;

De conformidad con la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, la Ley Nº 27793 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, en su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES; SE RESUELVE:

Articulo 1.- Modifiquese el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, aprobado por el articulo 2 del Decreto Supremo Nº 016-2006-MIMDES, eliminandose el siguiente procedimiento:

II Oficina General de Planificacion y Presupuesto 2.1 Oficina de Planificacion 04 Aprobacion de donaciones Provenientes del exterior, en el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES. Articulo 2.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresa - PSCE y en la pagina web del MIMDES: www.mimdes.gob.pe. Articulo 3.- Dejar sin efecto la Directiva General Nº 025-2006-MIMDES "Procedimiento para la aprobacion de donaciones provenientes del exterior, en el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social" aprobada por Resolucion Ministerial Nº 495-2006-MIMDES. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA VILDOSO MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 282026-1

VIVIENDA
Aprueban transferencia financiera del Programa Agua para Todos a favor de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, para financiar la elaboracion de expediente tecnico de proyecto
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 725 -2008-VIVIENDA MORDAZA, 24 de noviembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 688-2007VIVIENDA de fecha 18 de diciembre de 2007, se aprobo el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Gastos correspondiente al ano fiscal 2008 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, a nivel de Unidad Ejecutora, Funcion, Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento, Categoria y Grupo Generico del Gasto; Que, el literal a) del articulo 4 de la Ley Nº 27792 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, establece que es funcion del Ministerio ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo MORDAZA y saneamiento conforme a Ley; Que, el literal I) del articulo 8 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA, establece que es funcion general del Ministerio, el generar condiciones

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