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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE OCTUBRE DEL AÑO 2008 (02/10/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 78

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 2 de octubre de 2008 380788 Mayor (CIAM) solicitado por la Gerencia de Servicios Sociales, mediante Memorándum Nº 031-2008-GSS/MDLP; y CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú en el artículo 194º establece que “las Municipalidades Provinciales y Distritales son Órganos de Gobierno Local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia” ; Que, la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades en su artículo 84º, inciso 2.4 establece que “es función especí¿ ca de las municipalidades Distritales : organizar, administrar y ejecutar los programas locales de asistencia, protección y apoyo a la población en riesgo, de niños, adolescentes, mujeres, adultos mayores, personas con discapacidad y otros grupos de la población en situación de discriminación”, Que, la Ley Nº 28803 Ley de Personas Adultas Mayores, publicada el 21.07.2006, establece el marco normativo que garantiza los mecanismos legales para el ejercicio pleno de los derechos, para mejorar su calidad de vida y lograr su integración plena al desarrollo social, económico, político y cultural de la sociedad, contribuyendo al respeto de su dignidad; Que, el artículo 8º de la Ley Nº 28803, establece la creación de Centros Integrales de Atención al Adulto Mayor en las Municipalidades Provinciales y Distritales, siendo el órgano rector el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social a través de la Dirección de Personas Adultas Mayores y asimismo, indica las funciones que deberá cumplirse; Que, el Decreto Supremo Nº 013-2006/MIMDES, de fecha 29.11.2006, aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28803 Ley de las Personas Adultas Mayores. Que, en el artículo 6º del Reglamento de la Ley de las Personas Adultas Mayores, se indica que Las Municipalidades dispondrán las medidas administrativas necesarias y establecerán alianzas estratégicas para la implementación progresiva de los servicios especi ¿ cados en el artículo 8º de la Ley, siendo responsables de su implementación, funcionamiento, equipamiento, manejo presupuestal y sostenibilidad, con cargo a sus respectivos presupuestos; Que, a través de la Ordenanza Nº 002-2004-MDLP, se aprobó la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de La Perla; Que, mediante Ordenanza Nº 021-2007-MDLP de fecha 16.11.2007 se aprobó la creación de la Sub Gerencia del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM), como órgano dependiente de la Gerencia de Servicios Sociales, su incorporación a la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de La Perla, las funciones concernientes y la incorporación de éstas en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Manual de Organización y Funciones (MOF); Que, mediante Memorándum Nº 031-2008-GSS/ MDLP de fecha 06/02/2008 la Gerencia de Servicios Sociales opina encontrándose enmarcado dentro de los Servicios que debe brindar la Sub. Gerencia del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor es procedente que se agregue al Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Manual de Organización y Funciones (MOF) de esta Sub. Gerencia por corresponder y estar enmarcado en sus funciones. Que, mediante Memorándum Nº 028-2008-GPYP- MDLP de fecha 26.02.2008, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, considera que las funciones propuestas por la Gerencia de Servicios Sociales para la Sub. Gerencia del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) y su incorporación en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Manual de Organización y Funciones (MOF) de la Municipalidad, se encuentran conformes y acorde con la normatividad correspondiente; Que, mediante Informe Nº 208-2008-GAJ/MDLP de fecha 19/06/2008, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que la Defensoría Municipal de las Personas Adultas Mayores en el Distrito de La Perla, deben depender de la Sub. Gerencia del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor, por cuanto en el artículo tercero numeral 8) de la Ordenanza 021-2007-MDLP, señala “Denunciar ante las Autoridades Competentes las Faltas y Delitos Cometidos contra las Personas Adultos Mayores”; en consecuencia se encuentra plenamente determinado las funciones de la Defensoría mencionada. Que, mediante Informe 282-2008-GAJ/MDLP de fecha 27/08/2008, La Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal indicando que se declare procedente la Creación de la Defensoría Municipal de las Personas Adultos Mayores en el Distrito de La Perla, que deberá ser asumida por la Sub. Gerencia del Centro de Atención Integral del Adulto Mayor (CIAM – La Perla) creada mediante Ordenanza Nº 021-2007-MDLP y agregue al Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Manual de Organización y Funciones (MOF); Que, mediante O ¿ cio Nº 333-2008-ALC-MDLP de fecha 02/09/2008 el Despacho de Alcaldía remite la documentación antes señalada a la Comisión de Administración, Economía y Presupuesto, para emisión del Dictamen respectivo; Que, mediante Dictamen, la Comisión de Administración, Economía y Presupuesto emite opinión por la procedencia de aprobar el Proyecto de Ordenanza de la Creación de la Defensoría Municipal de las personas Adultas Mayores en el Distrito de La Perla y la Adición de funciones en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y en el Manual de Organizaciones y Funciones del (MOF) de la Sub. Gerencia del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM); Que, habiéndose sometido a debate y a la deliberación ante el Pleno del Concejo el Dictamen de la Comisión de Administración, Economía y Presupuesto, el mismo que ha emitido su pronunciamiento ¿ nal; Estando a los fundamento expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto UNANIME de los señores(as) regidores(as) con la dispensa de lectura y aprobación del acta, se ha dado la siguiente: ORDENANZAArtículo Primero.- Aprobar la Creación de la Defensoría Municipal de las Personas Adultas Mayores en el Distrito de La Perla, como una área funcional de la Sub. Gerencia del Centro de Atención Integral del Adulto Mayor (CIAM- La Perla) creada mediante Ordenanza Nº 021-2007-MDLP. Artículo Segundo.- Aprobar la adición de funciones concernientes a la Sub Gerencia del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM), órgano dependiente de la Gerencia de Servicios Sociales y su incorporación en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), según detalle: REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – ROF Se adicionan las siguientes funciones a la Sub Gerencia del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor – CIAM 11. Promover y desarrollar Servicios Educativos, mediante la alfabetización, cursos libres de computación, uso de Internet y otros a ¿ nes. 12. Promover y desarrollar Servicios Recreativos, mediante el buen uso del tiempo libre y actividad artística. 13. Promover y desarrollar Servicios de Participación Ciudadana, mediante Talleres Intergeneracionales, participación y organización, liderazgo y gestión, manejo emocional y mejoramiento de la autoestima, formación y apoyo a la familia cuidadora. 14. Promover y desarrollar Servicios Socio-Legales, mediante la orientación socio-legal, asesoría jurídica y prevención del maltrato. 15. Promover y desarrollar Servicios para el desarrollo de las capacidades de las Personas Adultas Mayores,