Norma Legal Oficial del día 02 de octubre del año 2008 (02/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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LOTE 16: Zoni cacion: VT (Vivienda Taller).

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 2 de octubre de 2008

Por el frente Por la derecha Por la izquierda Por el fondo

LOTE 16: 211.896 M2 Con la MORDAZA MORDAZA MORDAZA (antes MORDAZA 1), con 7.20 ml. Con el lote 15 , con 29.43 ml. Con los lotes 17,18 y 19, con 29.43 ml. Con la Urb. MORDAZA de Monterrico, con 7.20 ml.

LOTE ACUMULADO (13,14,15 Y16): Zoni cacion: VT. (Vivienda Taller). AREA LOTE ACUMULADO: 847.584 m2 Por el frente Con la MORDAZA MORDAZA MORDAZA (antes MORDAZA 1), con 28.80 ml. Por la derecha Con el lote 12, con 29.43 ml. Por la izquierda Con los lote 17, 18 y 19, con 29.43 ml. Por el fondo Con la Urb. MORDAZA de Monterrico, con 28.80 ml.

Articulo Tercero.- Las caracteristicas que resultan del lote ACUMULADO de 847.58 m2, con la Zoni cacion VT. (Vivienda Taller), guran en los Planos y Memoria Descriptiva anexos, que debidamente visados forman parte de la presente Resolucion. Articulo Cuarto.- Disponer la publicacion de esta Resolucion en el Diario O cial El Peruano, que corre a cargo del recurrente, que debe efectuarse dentro del plazo MORDAZA de 30 dias, a partir de su pertinente noti cacion. Articulo Quinto.- Transcribase la presente Resolucion al Servicio de Parques de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para la revision de los aportes que correspondan, asimismo, a la O cina Registral de MORDAZA y Callao, para la Inscripcion Inmobiliaria segun ley; derivandose los actuados a la Subgerencia de Administracion Documentaria y Archivo, para los actos complementarios y archivamiento. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA GAILLOUR RONCAGLIOLO Gerente Gerencia de Obras y Desarrollo MORDAZA 258701-1

de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, en el articulo 9 el inciso 8 senala que corresponde al Concejo Municipal aprobar, modi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, el Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA del 15 de marzo de 2008, en el articulo 43 establece que la desafectacion de un bien de dominio publico, al dominio privado del Estado procedera cuando MORDAZA perdido la naturaleza o condicion apropiada para su uso publico o para prestar un servicio publico; en caso de los bienes administrados por los gobiernos locales, la desafectacion sera efectuada por estos conforme a la normatividad vigente; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000015 del 15 de septiembre del 2003, se regula el regimen de constitucion, clasi cacion, atributos y administracion de los bienes de uso publico en la Provincia Constitucional del Callao, senalando que mediante la desafectacion cesa el uso publico de un bien, sin que ello implique el cambio de titularidad de la propiedad del mismo, las desafectaciones podran ser totales o parciales y podran disponerse indistintamente sobre el suelo, subsuelo o sobresuelo, en todos los casos corresponde al Concejo Municipal Provincial, aprobar las desafectaciones de los bienes de uso publico ubicados en la Provincia Constitucional del Callao, salvo los casos previstos por ley; Que, en la sesion de Concejo de la fecha el Concejo Provincial del Callao aprobo el Acuerdo de Concejo N° 000140 el mismo que cuenta con los Informes Nº 021-2008-MPCGGDU-GPUC y 030-2008-MPC/GGDU/GPUC/YIM y de la Gerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro dependiente de la Gerencia General de Desarrollo MORDAZA senalando que las areas correspondientes a las antiguas calles Mexico, Guatemala y MORDAZA, no tienen continuidad vial y/o propuesta a futuro, siendo el area a desafectar 1,121.98 m2 y un perimetro de 281.49 ml e indicandose que se asigne la zoni cacion Otros Usos (OU) y el Informe Nº 075-2008-MPC-GGAJC-SGCA, es de opinion favorable a lo solicitado por el recurrente en su calidad de propietario del inmueble y por razones tecnicas expuestas por la Gerencia General de Desarrollo Urbano; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, el Concejo Municipal Provincial del Callao ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA DESAFECTACION DE BIEN DE DOMINIO PUBLICO A DOMINIO PRIVADO DE UN AREA OCUPADA ACTUALMENTE POR SERPOST S.A. Articulo 1.- Apruebase la desafectacion de Bien de Dominio Publico a Dominio Privado, al area de terreno de 1,121.98 m2 y un perimetro de 281.49 ml., ubicado entre la avenida Dos de MORDAZA y la MORDAZA Sthinglish, ocupada actualmente por SERPOST S.A., siendo que el inmueble esta construido sobre los terrenos del Gobierno Regional inscrito en las Partidas 70275109, 70275037, 70276015, 70328131, 7008576, 7001743, 7005911, 7001446, 07002351 y 7003967, inmuebles que en la actualidad ya no existen fisicamente, respecto a las antiguas calles Mexico, MORDAZA y Guatemala de acuerdo al Plano Catastral de los Registros Publicos del Area de Catastro asignando la zoni cacion Otros Usos (OU), al area que corresponde al Plano PZ-01, que es parte de la presente Ordenanza. Articulo 2.- Modificase en lo pertinente el Plan MORDAZA Director 1995-2010 de la Provincia Constitucional del Callao. Articulo 3.- Encargase a la Gerencia General de Desarrollo MORDAZA, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Callao

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Aprueban desafectacion de bien de dominio publico a dominio privado de un area ocupada actualmente por SERPOST S.A.
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000030 Callao, 30 de junio de 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO: POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en sesion de fecha 30 de junio de 2008, aprobo la siguiente Ordenanza Municipal: CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en el articulo 194 concordante con el articulo II del Titulo Preliminar

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