Norma Legal Oficial del día 02 de octubre del año 2008 (02/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA, jueves 2 de octubre de 2008

NORMAS LEGALES

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se pronunciara sobre la comision de la infraccion y responsabilidad del administrativo. En caso se establezca la responsabilidad del administrativo se aplicara la sancion que corresponda y de ser el caso informara al procurador publico, cuando se presente indicios de un delito, procediendo a la denuncia correspondiente. Caso contrario se archivara. Articulo 21º MEDIDA CAUTELAR PREVIA Iniciado el procedimiento administrativo sancionador, la Gerencia de Obras y Desarrollo MORDAZA, remitira a la Gerencia de Asesoria Juridica, para que emita opinion sobre la factibilidad de adoptar la medida cautelar previa, y las medidas complementarios que asegure la e cacia de la Resolucion emitida, y registrarse preventivamente en la base de datos con cargo al estado de cuenta del predio, a cargo de la Sub Gerencia de Informatica. La interposicion de recursos impugnativos no suspendera la ejecucion de las sanciones impuestas pudiendo dictarse las medidas cautelares previas que consigne su debido cumplimiento. Dichas medidas, podran ser levantadas o modi cadas durante el curso del procedimiento, de o cio o a instancia de parte. CAPITULO V RECURSOS ADMINISTRATIVOS

Segunda: PROCEDIMIENTO EN TRAMITE Los procedimientos administrativos sancionadores que se encuentren en tramite a la entrada en vigencia de la presente Ordenanza se regira por la normativa anterior hasta su culminacion, en cuanto les sea aplicable, siendo de aplicacion inmediata a estos procedimientos las medidas complementarias establecidas en la presente ordenanza. Tercera: DEROGACION DE NORMAS Deroguese toda MORDAZA en la parte que se oponga a lo establecido en la presente Ordenanza. Cuarta: REGISTRO DE PROFESIONALES Todos los profesionales que desarrollan actividades inherentes a su profesion en el ambito del distrito, deberan registrarse en el libro, que para este caso se aperturaza en la Gerencia de Obras y Desarrollo MORDAZA, el mismo que contendra toda la informacion actualizada de cada profesional. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Las disposiciones complementarias que se requieran para la aplicacion de la presente Ordenanza seran dictadas mediante Decreto de Alcaldia. POR TANTO:

Articulo 22º ACTOS IMPUGNABLES Pueden ser objetos de impugnacion la Resolucion Gerencial que imponga una sancion conforme a los establecidos en los Art. 208º y 209º de la Ley de Procedimientos Administrativos Generales Ley 27444. Articulo 23º RECURSO DE RECONSIDERACION Es competente para resolver el recurso de reconsideracion la autoridad decisoria que impuso la sancion en este caso la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano. Articulo 24º RECURSOS DE APELACION El recurso de apelacion sera resuelto por la Gerencia Municipal, agotandose con esta intervencion la via administrativa. CAPITULO VI EXTINCION DE SANCIONES Articulo 25º EXTINCION DE SANCIONES La sancion se extingue por las siguientes causales: 1.- Por el pago de la multa y/o cumplimiento de la sancion impuesta. 2.- Cuando el recurso impugnativo se declara fundado y se revoca la sancion. 3.- Por prescripcion segun la Ley de Procedimientos Administrativos General Ley 27444. 4.- Por muerte del infractor. CAPITULO VII EJECUCION DE RESOLUCIONES Articulo 26º OBLIGACION EXIGIBLE Las resoluciones que establezcan sanciones tendran merito ejecutivo cuando hayan sido consentidas o hayan sido con rmadas en MORDAZA instancia administrativa. Articulo 28º PROCEDIMIENTO DE EJECUCION COACTIVA La ejecucion de resoluciones se sujetara a lo dispuesto en la ley de procedimiento de ejecucion coactiva, Ley Nº 26979 y sus modi catorias. El incumplimiento de resoluciones emitidas al MORDAZA de lo dispuesto en el articulo 20º de la presente ordenanza originara la aplicacion de las medidas coercitivas previstas en el articulo 13º de la Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva, Ley Nº 26979 y sus modi catorias. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera: VIGENCIA La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion

Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA 259180-1

Expresan disconformidad respecto de la Ordenanza Nº 1174-MML de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, por haber sido emitida sin tener en cuenta el pronunciamiento de la Municipalidad de Chorrillos
ACUERDO DE CONCEJO N° 027-2008-MDCH Chorrillos, 27 de septiembre del 2008 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS, Visto, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 27 de Septiembre del 2008, y CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 1174-MML de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, publicada el dia 26 Septiembre del 2008 en el Diario O cial El Peruano se resuelve Modi car la Ordenanza Nº 1076-MML en el sentido de restituir la cali cacion de Comercio Vecinal (CV) a la esquina conformada por la MORDAZA Comunidad Industrial, Jr. San MORDAZA y Pasaje Irigoyen de esta jurisdiccion Distrital; Que, de acuerdo a lo dispuesto en la primera disposicion nal de la Ordenanza Nº 1076-MML la zoni cacion solo podria ser modi cada luego de transcurrido dos anos y previa evaluacion de la Municipalidad Metropolitana y la Municipalidad Distrital Correspondiente, precisando asimismo que excepcionalmente se podria realizar modi caciones a pedido de la Municipalidad Distrital; Que, mediante O cio Nº 1962-2008-SG-MDCH de fecha 27 de Junio del 2008, esta entidad edilicia ante la solicitud formulada por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA comunica que rati ca la zoni cacion de Residencial de Densidad Media en el predio conformada por la MORDAZA Comunidad Industrial, esquina con Jr. San MORDAZA y Pasaje Irigoyen de esta jurisdiccion Distrital y no el de Comercio Vecinal solicitado. Que, asimismo la MORDAZA disposicion nal de la Ordenanza Nº 1076-MML establece que los cambios especi cos de zoni cacion solo podra darse si se

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