Norma Legal Oficial del día 02 de octubre del año 2008 (02/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano MORDAZA, jueves 2 de octubre de 2008

NORMAS LEGALES

380781

establece que corresponde al Concejo Municipal "Aprobar el regimen de administracion de sus bienes y rentas, asi como el regimen de administracion de los servicios publicos locales"; Que, con Informe Nº 337-2008-SGEC-GAT-MSS del 02.07.2008, la Subgerencia de Ejecucion Coactiva senala sobre la necesidad de optimizar el espacio fisico que vienen ocupando una cantidad de Expedientes Coactivos cuya deuda se encuentra constituida por Costas y Gastos, los cuales no reciben prioridad en las acciones de cobranza tanto por haber primado el interes scal o por haber sido considerados como onerosos para focalizar la ejecucion de las acciones de coercion, siendo que existen un total de 12,787 de dichos Expedientes, los cuales hacen un monto de S/. 246,356.00 Nuevos Soles, segun cuadro adjunto (del ano 1999 al 27.06.2008); Que, mediante Informe Nº 414-2008-GAT-MSS del 01.08.2008, la Gerencia de Administracion Tributaria presenta el proyecto de Ordenanza mediante el cual se establece la condonacion de deudas compuestas unicamente por Costas y Gastos del Procedimiento de Cobranza Coactiva de Deudas Tributarias, senalando que a n de optimizar las acciones de cobranza de la Corporacion, resulta necesario proceder a la extincion de las deudas conformadas por Costas y Gastos de procedimientos de cobranza coactiva de deudas tributarias, via condonacion, con el n de evitar la disposicion de recursos municipales en la recuperacion de deudas tales como costos y gastos cuya cobranza generara a su vez el cargo de nuevos costos y gastos sobre estos; Que, con Informe Nº 868-2008-OAJ-MSS del 25.08.2008, la O cina de Asesoria Juridica opina que el proyecto de Ordenanza que establece la condonacion de deudas compuestas unicamente por Costas y Gastos del Procedimiento de Cobranza Coactiva de Deudas Tributarias presentada por la Gerencia de Administracion Tributaria, resulta procedente, recomendando elevar ante el Concejo Municipal el referido proyecto de Ordenanza; Que, mediante Informe Nº 48-2008-GM-MSS del 27.08.2008, la Gerencia Municipal haciendo MORDAZA los Informes emitidos por las areas comprometidas, solicita al Concejo Municipal apruebe el proyecto de Ordenanza sobre condonacion de deudas compuestas unicamente por Costas y Gastos del Procedimiento de Cobranza Coactiva de Deudas Tributarias; Que, en sesion conjunta de las Comisiones de Gestion Municipal y de Asuntos Juridicos de fecha 08.09.2008, la Gerencia de Administracion Tributaria mediante Informe Nº 483-2008-GAT-MSS del 08.09.2008, senala que el proyecto de Ordenanza presentado propone la necesidad de proceder a la extincion de todas aquellas deudas compuestas unicamente por costas y gastos derivados de procedimientos de cobranza coactiva tributaria, en razon a que la cobranza de este MORDAZA de deudas generara a su vez el cargo de nuevos costos y gastos sobre los ya existentes, distorsionando con ello la informacion sobre los saldos por cobrar que realmente son pasibles de recuperar; Que, la citada Gerencia indica en su Informe Nº 4832008-GAT-MSS que la competencia de este corporativo para dejar sin efecto la cobranza del Arancel de Gastos y Costas Procesales, se encuentra determinada con la emision de la Ordenanza Nº 69-MSS que aprobo el Arancel de Gastos y Costas del Procedimiento Coactivo de esta Municipalidad, asi como en el Articulo 9º inciso 29) de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; Que, mediante informe Nº 528-2008-GAT-MSS de fecha 24.09.2008, la Gerencia de Administracion Tributaria Complementa el Informe Nº 483-2008-GAT-MSS a solicitud de la Sesion Ordinaria de Concejo, sugiriendo que el monto MORDAZA a ser condonado por expediente sea de S/. 60.00 Nuevos Soles; Que, asimismo, mediante el Informe Nº 924-2008OAJ-MSS de fecha 09.09.2008, la O cina de Asesoria Juridica senala que el Articulo 39º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, establece que los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobacion de Ordenanzas y Acuerdos, lo cual resulta concordante con el numeral 29) del articulo 9º de la acotada MORDAZA, que establece "Que corresponde al Concejo Municipal, aprobar el regimen de administracion de sus bienes y rentas, asi como el regimen de administracion de los servicios publicos locales", opinando que bajo dicho contexto el proyecto de Ordenanza que establece la Condonacion de Deudas compuestas unicamente por

Costas y Gastos del Procedimiento de Cobranza Coactiva Tributaria, resulta procedente; Estando al Dictamen Conjunto N° 035-CGM-CAJ/ MSS de las Comisiones de Gestion Municipal y Asuntos Juridicos, Informe Nº 48-2008-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 414 y 528-2008-GAT-MSS de la Gerencia de Administracion Tributaria, el Informe Nº 377-2008-SGEC-GAT-MSS de la Subgerencia de Ejecucion Coactiva, el Informe Nº 868-2008-OAJ-MSS de la O cina de Asesoria Juridica, y de conformidad con los Articulos 9º, inciso 29), 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Ley N° 27972, el Concejo Municipal luego del debate correspondiente y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, aprobo por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LA CONDONACION DE DEUDAS COMPUESTAS UNICAMENTE POR COSTAS Y GASTOS DEL PROCEDIMIENTO DE COBRANZA COACTIVA TRIBUTARIA Articulo Unico.- Condonar la deuda existente en situacion de cobranza coactiva, que se encuentre compuesta unicamente por Costas y Gastos del Procedimiento de Cobranza Coactiva Tributaria hasta por un monto MORDAZA de S/. 60.00 Nuevos Soles por expediente. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Los pagos efectuados por concepto de costas y gastos del procedimiento coactivo tributario, con anterioridad a la vigencia de la presente ordenanza, no se encuentran sujetos a devolucion y/o compensacion. Segunda.- Encargar a la Gerencia de Sistemas y Procesos, a la Gerencia de Finanzas y a la Gerencia de Administracion Tributaria, el cumplimiento de la presente ordenanza. Tercera.- La presente ordenanza entrara en vigencia desde el dia siguiente de su publicacion. Mando que se registre, publique, comunique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ESTREMADOYRO MORDAZA 258841-1

MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Aprueban implementacion del catastro MORDAZA en el distrito y el otorgamiento de beneficios tributarios y administrativos
ORDENANZA Nº 200-MDS Surquillo, 29 de setiembre de 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO: POR CUANTO: El Concejo Municipal de Surquillo, en Sesion Ordinaria de la fecha, de conformidad con el Dictamen Conjunto Nº 001-2008-CM-MDS de las Comisiones de Obras y Desarrollo MORDAZA, de Rentas y de Administracion, estando a lo dispuesto en los articulos 194º y 195º numeral 4) de la Constitucion Politica del Peru, modi cada por las Leyes de Reforma Constitucional, Leyes Nº 27680 y Nº 28607, los articulos 73º y 79º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004EF modi cado por Decreto Legislativo Nº 952, el Decreto Supremo Nº 135-99-EF, Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, en uso de las atribuciones conferidas

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