Norma Legal Oficial del día 02 de octubre del año 2008 (02/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 2 de octubre de 2008

El Comite Electoral resolvera las impugnaciones e inclusiones en el termino de tres (3) dias habiles. Articulo 13º.- Padron Electoral Definitivo Resueltas las impugnaciones e inclusiones, el Comite Electoral procedera a publicar el Padron Electoral De nitivo en los mismos medios utilizados para la publicacion inicial. CAPITULO IV INSCRIPCION DE CANDIDATOS Articulo 14º.- Inscripcion y Publicaciones En el cronograma electoral se establece el plazo y lugar de inscripcion de las listas de candidatos. Los postulantes deberan presentar: 1. Solicitud de inscripcion dirigida al Comite Electoral. 2. La Lista que estara conformada por tres (3) miembros: un Primer, MORDAZA y Tercer Delegado Vecinal; u, opcionalmente, por cinco (05) miembros, en cuyo caso se incluira a un MORDAZA y MORDAZA Delegado Vecinal. La lista debera contener: apellidos, nombres y rma de los candidatos, tal como guran en su documento de identidad, asi como el numero del mismo y de sus respectivos domicilios reales. Se debera indicar el cargo al que postula cada candidato, adjuntando fotografia y MORDAZA certi cada por el fedatario municipal del documento nacional de identidad o carne de extranjeria. 3. La lista debera ser tambien entregada en medio magnetico, segun formato proporcionado por el Comite Electoral. 4. Declaracion Jurada de los candidatos de no tener antecedentes penales, que no cuenten con sentencia penal rme y ejecutoriada, ni MORDAZA judicial en tramite o en ejecucion seguido por o contra la Municipalidad de San MORDAZA, la que se presentara segun formato proporcionado por el Comite Electoral. De ser necesario, el Comite Electoral podra solicitar la subsanacion de la informacion y requisitos hasta el dia siguiente de vencido el plazo de inscripcion de las listas de candidatos, de acuerdo a lo indicado en el cronograma electoral. El Comite Electoral publicara, por un periodo de tres (3) dias habiles, en un lugar visible de los locales municipales, la lista provisional de candidatos y le asignara un numero de acuerdo al orden de prelacion al momento de la inscripcion, por cada subsector. Los candidatos podran acreditar un personero ante la mesa de sufragio en el acto de instalacion. Articulo 15º.- Requisitos para ser Candidato Para ser candidato a delegado vecinal se requiere: 1. Ser ciudadano en ejercicio, o extranjero domiciliado en el distrito, mayor de 18 anos. 2. Tener domicilio en el subsector del distrito al que postula. 3. Estar inscrito en el Padron Electoral. 4. Postular a un solo subsector del distrito. Articulo 16º.- Impedimentos Estan impedidos de ser candidatos: 1. El MORDAZA, regidores y trabajadores del municipio y sus conyuges. 2. Toda persona contratada bajo cualquier modalidad en la Municipalidad Distrital de San Isidro. 3. Quienes cuentan con sentencia penal rme y ejecutoriada al momento de la inscripcion como candidato. De veri carse causal de impedimento en algun candidato, habiendo culminado el MORDAZA de tachas e impugnaciones (lista de nitiva) pero MORDAZA del acto electoral, la lista quedara conformada con los miembros restantes que se encuentren habilitados. En el caso que MORDAZA dos o mas los candidatos impedidos de postular, la lista no podra participar en el MORDAZA electoral. En el supuesto que se detecte causal de impedimento, habiendose efectuado las elecciones y/o proclamado los ganadores, se aplicara las mismas reglas senaladas en el parrafo precedente.

Articulo 17º.- Tachas Las tachas a los candidatos inscritos se pueden presentar dentro de los plazos establecidos en el cronograma electoral. Las tachas deben estar debidamente sustentadas de acuerdo a las causales establecidas en el articulo 16º, y para aquellos candidatos que incumplan los requisitos jados, en el articulo 15º. Las tachas seran resueltas por el Comite Electoral, dentro del plazo de tres (3) dias habiles culminado el plazo anterior, siendo la resolucion que se emita, inapelable. Articulo 18º.- Publicacion de la Lista Definitiva de Candidatos Una vez resueltas las impugnaciones, si las hubiere, el Comite Electoral procedera a la publicacion de la lista de nitiva de candidatos, asignandoles un numero de acuerdo a lo senalado en el articulo 14º. Los carteles que incluiran las listas de candidatos, con sus nombres completos y sus numeros correspondientes, seran colocados en lugares visibles de los locales municipales, en la pagina web de la Municipalidad, asi como, en los locales de votacion y en la camara secreta, el dia de la eleccion. CAPITULO V MORDAZA ELECTORAL Articulo 19º.- Acto Electoral El acto electoral se realizara el dia y hora que senale el Decreto de Convocatoria. El Comite Electoral podra invitar a la ONPE para asistencia tecnica, al MORDAZA Nacional de Elecciones para scalizar el MORDAZA y a otras instituciones para observar el MORDAZA electoral. Las mesas de sufragio estaran conformadas por tres miembros que sera personal asignado por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, siendo la relacion publicada en los locales de la municipalidad. Las listas de candidatos podran acreditar un personero ante la mesa de sufragio, deberan ser vecinos de algun subsector del distrito. Los candidatos no podran ser personeros. Ningun vecino podra efectuar propaganda, ni en las instalaciones del local de votacion ni en los alrededores de los locales de votacion, el dia jado para las elecciones vecinales. De detectarse esta infraccion, se pondra en conocimiento del Comite Electoral para determinar si es procedente la descali cacion y/o anulacion de la lista que estuvo haciendo propaganda. Articulo 20º.- Instalacion de las Mesas de Sufragio Los miembros de mesa se reuniran una hora MORDAZA del inicio del acto electoral en el lugar establecido en la convocatoria, veri cando que el material electoral se encuentre conforme. El material electoral esta conformado por el padron electoral, las listas de candidatos, las cedulas de votacion, una cabina de votacion, un anfora, el acta electoral, lapiceros y tampon. Los miembros de mesa, veri caran la relacion de las listas de candidatos y que los carteles que contienen las listas de los candidatos se encuentren pegados en el local de votacion y en la camara secreta. El acto electoral se iniciara en la hora que establezca el Decreto de Convocatoria con la instalacion de la mesa de sufragio, procediendose a llenar el acta de instalacion. Articulo 21º.- Implementacion del Sufragio Electronico Para la eleccion de los delegados vecinales se podra implementar total o parcialmente el sufragio electronico, contando para ello con la asesoria y asistencia tecnica de la ONPE y la scalizacion del MORDAZA Nacional de Elecciones. Articulo 22º.- Votacion Una vez instaladas la mesas de sufragio, los miembros de mesa procederan a identi car a los vecinos electores solicitandoles su documento nacional de identidad o carne de extranjeria, luego les entregaran la cedula, pasando el elector a la camara secreta para emitir su voto. Acto seguido, depositara su MORDAZA en el anfora, suscribira el padron electoral y colocara su huella digital, recibiendo su documento nacional de identidad o carne de extranjeria por parte de los miembros de mesa.

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