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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 2 de octubre de 2008 380786 Aprueban desafectación y cambio de uso de área de terreno ubicado en el Asentamiento Humano La Merced del distrito de Carmen de la Legua Reynoso ORDENANZA MUNICIPAL N° 000052 Callao, 19 de agosto de 2008EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO: POR CUANTO:El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesión de fecha 19 de agosto de 2008, aprobó la siguiente Ordenanza Municipal: CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en el artículo 194, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, en el artículo 9 inciso 5 señala que es atribución del Concejo Municipal el aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zoni ¿ cación de Areas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes especí ¿ cos sobre la base del Plan de Acondicionamiento Territorial; el artículo 55 señala que los bienes, rentas derechos de cada municipalidad constituyen su patrimonio, siendo el patrimonio municipal administrado por cada municipalidad en forma autónoma, con las garantías y responsabilidades de ley; el artículo 56 establece que son bienes de las municipalidades, los bienes inmuebles y muebles de uso público destinados a servicios públicos locales, el artículo 58 señala que los bienes inmuebles de las municipalidades se inscriben en los Registros Públicos, a petición del Alcalde y por el mérito del Acuerdo de Concejo correspondiente; el artículo 59, señala que los bienes municipales pueden ser transferidos, concesionados en uso o explotación, arrendados o modi ¿ cado su estado de posesión o propiedad mediante cualquier otra modalidad, por Acuerdo de Concejo correspondiente, el artículo 79 en el inciso 1, el numeral 1.1 aprueba el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel provincial, que identi ¿ que las áreas urbanas y de expansión urbana, así como las áreas de protección o de seguridad por riesgos naturales, las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental y el numeral 1.2 aprueba el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zoni ¿ cación de Areas Urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes especí ¿ cos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial; Que, conforme Expediente Administrativo N° 14324, remitido por los representantes del Asentamiento Humano La Merced del distrito de Carmen de La Legua Reynoso, mediante el cual solicitan al Concejo Municipal Provincial del Callao la desafectación de las áreas destinas a vía pública en las cuales se encuentra parte de los predios ya formalizados por los pobladores del asentamiento humano La Merced, asimismo solicitan también el cambio de uso a vivienda, para su posterior formalización; Que, mediante Informe N° 519-2007-MPC/GGAH- GFRP, de la Gerencia de Formalización y Regulación de la Propiedad dependiente de la Gerencia General de Asentamientos Humanos, señala que con fecha 07 de agosto del 2002 el AA.HH. La Merced, solicita ante COFOPRI la regulación por medio de prescripción adquisitiva de dominio del terreno que ocupan los 24 lotes de la Manzana H, resaltando que cuando se les otorga el título no se les había considerado el área de 40.00 m2 por lote que les correspondía, ello debido a que dicha área iba a ser afectado para la ampliación de la Av. 28 de Julio, luego de haber realizado la Municipalidad Provincial del Callao, el procedimiento del saneamiento físico legal del mencionado Asentamiento Humano, se puede determinar que parte de los 24 lotes que conforman la Mz. H han sido construidos sobre un área cuya habilitación urbana está destinada como secciones viales y/o área de circulación, siendo de opinión se proceda a la desafectación y cambio de uso correspondiente, en el Asentamiento Humano La Merced; Que, dentro de los requisitos exigidos para la procedencia de un cambio de uso se puede advertir que, la presentación de la Partida Electrónica N° P01097773 del predio matriz, las ¿ chas registrales de los predios acreditando así vivencia de estos pobladores en el área objeto de cambio de uso; Que, según la Partida Electrónica N° P01097773, el área que es objeto del presente procedimiento de Cambio de Uso corresponde a la partida matriz del Asentamiento Humano donde se determina que el área está destinada a vías de circulación, sin embargo, se señala que el área en referencia está siendo ocupada por lotes familiares ya formalizados los que no pueden culminar el saneamiento por estar afectado a destino público, así también habiéndose elaborado los planos perimétricos de trazado, lotización y cambio de uso, resulta factible realizar el proceso de desafectación y de cambio de uso al Asentamiento Humano La Merced; Que, se ha procedido a elaborar el Plano Perimétrico y su correspondiente memoria descriptiva, elaborado por la Gerencia de Habilitación Urbana, mediante la cual se puede determinar que el área objeto de desafectación y cambio de uso, la que se encuentra inscrita para uso de vía pública, así también se ha procedido a elaborar el Plano de Desafectación y Cambio de Uso de área de vía pública a vivienda 07 y su correspondiente memoria descriptiva; Que, es factible el cambio de uso y la desafectación presentada por los recurrentes, por no afectar el porcentaje de vías de circulación públicas que se exigen en toda habilitación Urbana; Que, mediante Ordenanza Municipal N° 000015 de fecha 15 de septiembre de 2003, Ordenanza que regula el régimen de constitución, atributos y administración de los bienes de uso público en la Provincia Constitucional, en su capítulo III artículos del 27° al 31° desarrolla el procedimiento administrativo de la desafectación de los bienes municipales, en la cual se señala que éste es competencia de la Municipalidad Provincial del Callao en el ámbito de su jurisdicción a nivel Provincial; Que, en la sesión de la fecha, el Concejo Provincial del Callao adoptó el Acuerdo de Concejo N° 000200 el mismo que cuenta entre sus antecedentes los informes precitados en los considerandos anteriores; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, el Concejo Municipal Provincial del Callao, ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA DESAFECTACIÓN Y CAMBIO DE USO DE UN ÁREA DE TERRENO UBICADO EN EL ASENTAMIENTO HUMANO LA MERCED EN CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO DE ÁREA DE CIRCULACIÓN VÍA PUBLICA A VIVIENDA Artículo 1.- Apruébase la desafectación y Cambio de Uso de Vía de Circulación a Uso Vivienda a los predios que conforman la Mz. H del Asentamiento Humano, La Merced, ubicado en el distrito de Carmen de La Legua Reynoso, Callao, áreas que se encuentran inscritas en su totalidad en la Partida Electrónica N° P01097773. Artículo 2.- Apruébase el Plano de Desafectación y Cambio de Uso y su correspondiente Memoria Descriptiva, el Plano Perimétrico y su correspondiente Memoria Descriptiva y la Modi ¿ cación del Plano de Trazado y Lotización y su correspondiente Memoria Descriptiva. Artículo 3.- Apruébase el Cuadro General de Distribución de Áreas del Asentamiento Humano Marginal “LA MERCED” Carmen de la Legua Reynoso – Callao, que trae como consecuencia el cambio de Uso de “Circulación