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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE OCTUBRE DEL AÑO 2008 (03/10/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 38

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 3 de octubre de 2008 380828 Que, de acuerdo a las competencias de rectoría sectorial del Ministerio de Salud en el Sistema Nacional de Salud y con el fi n de cautelar la defensa de los derechos ciudadanos en salud, resulta necesario promover la protección del derecho a la salud de los asegurados del Seguro Integral de Salud; Con el visado de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y de la Defensoría de la Salud y Transparencia; De conformidad con lo establecido en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Defensoría de la Salud y Transparencia del Ministerio de Salud, la organización de los asegurados del Seguro Integral de Salud, en sus diferentes modalidades, para que institucionalmente ejerzan la defensa de sus derechos. Artículo 2º.- La Defensoría de la Salud y Transparencia del Ministerio de Salud propondrá los lineamientos y normas complementarias para el mejor cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1º de la presente resolución, las mismas que deberán ser publicadas en la página web del Ministerio de Salud. Artículo 3º.- Las Direcciones de Salud y las Direcciones Regionales de Salud, son responsables de implementar las disposiciones emitidas por la Defensoría de la Salud y Transparencia del Ministerio de Salud en cumplimiento de la presente resolución, garantizando la protección de los derechos del asegurado del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.HERNAN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Salud 260125-1 Modifican R.M. Nº 776-2004/MINSA mediante la cual se aprobó la Norma Técnica de Salud para la Gestión de la Historia Clínica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 686-2008/MINSA Lima, 2 de octubre del 2008VISTO, el Informe de la Dirección General de Salud de las Personas: CONSIDERANDO:Que, por Resolución Ministerial Nº 597-2006/MINSA, de fecha 28.06.06, se aprobó la Norma Técnica Nº 022-MINSA/DGSP-V.02 “Norma Técnica de Salud para la Gestión de la Historia Clínica”; Que, resulta necesario modi fi car la mencionada norma, con la fi nalidad de viabilizar de forma más oportuna, la entrega de la Historia Clínica e incorporar la gestión de la Epicrisis, Informe de Alta y Consentimiento Informado, contemplada en la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, los mismos que redundarán en bene fi cio de los usuarios y del personal de salud; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Salud de las Personas y con la visación de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; Con la visación del Viceministro de Salud; y,De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modi fi car el Artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 776-2004/MINSA de fecha 27 de Julio de 2004, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 1º.- Aprobar la Norma Técnica Nº 022- MINSA/DGSP-V.02 Norma Técnica de Salud para la Gestión de la Historia Clínica, Epicrisis, Informe de Alta y Consentimiento Informado.” Artículo 2º.- Modi fi car el punto I. Finalidad, los numerales 7), 9) del punto V. Disposiciones Generales, numerales 2), 10), 12) del punto de De fi niciones, numeral 3) Custodia y Conservación de la Historia Clínica y del VI.2 Administración y Gestión de la Historia Clínica y numeral 4) Confi dencialidad y acceso a la Historia Clínica, e incorporar texto a los formatos de Consentimiento Informado y Retiro Voluntario, en la NTS Nº 022-MINSA-DGSP-V.02, los mismos que quedarán redactados conforme al anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3º.- Las Direcciones de Salud y las Direcciones Regionales de salud son responsables del cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución. Artículo 4º.- Autorizar a la Secretaría General del Ministerio de Salud, a publicar la presente Resolución y su Anexo, en el portal de Internet del Ministerio Regístrese, comuníquese y publíquese.HERNAN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Salud 260125-2 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Aprueban Listado de Ocupaciones Básicas y Operativas - Modalidad Formativa Laboral de Capacitación Laboral Juvenil RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 307-2008-TR Lima, 1 de octubre de 2008VISTOS: Los informes Nº. 012 y 44-2008-MTPE- BHFG; los informes Nº 016, 021, 024 y 026-2008-CPPN de la Dirección de Formación Profesional y Desarrollo de los Recursos Humanos de la Dirección Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional; y el o fi cio Nº 2425-2008-MTPE/3/11.2 del 25 de julio de 2008, del Director Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional; y, CONSIDERANDO: Que el artículo 17º del Reglamento de la Ley Nº 28518 - Ley sobre Modalidades Formativas Laborales, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2005-TR, establece que las ocupaciones vinculadas a la modalidad formativa laboral de capacitación laboral juvenil se clasi fi can en: ocupaciones básicas y ocupaciones operativas; Que la Segunda Disposición Final y Complementaria del Reglamento de la Ley Nº 28518, establece que Los planes, programas formatos, habilitación ocupacional y actualización del listado de ocupaciones, se regularán mediante resolución ministerial; Que en atención a las consideraciones expuestas, mediante Resolución Ministerial Nº 054-2008-TR del 15 de febrero de 2008, se aprobó la actualización del Listado de Ocupaciones Básicas y Operativas – Modalidad Formativa Laboral de Capacitación Laboral Juvenil; Que luego de efectuar la correspondiente evaluación al listado de nuevas ocupaciones enviada por las Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo durante el año 2008, la Dirección Nacional de Promoción del Empleo y Formación profesional ha determinado que treinta y dos (32) nuevas ocupaciones deben incorporarse al Listado de Ocupaciones Básicas y Operativas; Que en consecuencia resulta procedente aprobar el nuevo Listado de Ocupaciones Básicas y Operativas de la Modalidad Formativa Laboral de Capacitación Laboral Juvenil;