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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE OCTUBRE DEL AÑO 2008 (03/10/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 52

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 3 de octubre de 2008 380842 de desembolsos y ser publicada en el diario o fi cial El Peruano y en la página Web del Pliego; Que, con fecha 25 de agosto de 2008 se suscribió el Convenio Especí fi co entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la Municipalidad Distrital de Yaquerana, de la provincia de Requena y departamento de Loreto (en adelante el Convenio Especí fi co), con el objeto de fi nanciar la elaboración del Expediente Técnico del Proyecto con Código SNIP Nº 74936; Que, con el Informe Técnico Nº 656-2008/VIVIENDA/ VMCS/ PAPT-DE de fecha 25 de agosto de 2008, la Dirección Ejecutiva del Programa Agua Para Todos, emite opinión técnica favorable para aprobar una transferencia de recursos a favor de la Municipalidad Distrital de Yaquerana hasta por la suma de Ciento Treinta y Seis Mil Ciento Setenta y Tres y 00/100 Nuevos Soles (S/. 136 173,00), para fi nanciar la elaboración del Expediente Técnico del Proyecto “Construcción del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado, con Pozo Séptico y Percolador de la Comunidad Colonia Angamos, distrito de Yaquerana - Requena - Loreto”, con Código SNIP Nº 74936; Con la visación de las Directoras Generales de las Ofi cinas Generales de Plani fi cación y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la transferencia financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, a favor de la Municipalidad Distrital de Yaquerana, de la provincia de Requena y departamento de Loreto, hasta por la suma de Ciento Treinta y Seis Mil Ciento Setenta y Tres y 00/100 Nuevos Soles (S/. 136 173,00), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar la elaboración del Expediente Técnico del Proyecto con Código SNIP Nº 74936, detallado en el Anexo A, cuyo desembolso se efectuará conforme al cronograma establecido en el Anexo B, los que forman parte integrante de la presente Resolución. Los recursos materia de la presente transferencia fi nanciera serán destinados exclusivamente para fi nanciar la elaboración del Expediente Técnico del Proyecto, quedando la Municipalidad Distrital de Yaquerana, prohibida de efectuar anulaciones presupuestarias con cargo a dichos recursos. Artículo 2º.- La transferencia fi nanciera a que se refi ere el artículo precedente se realizará con cargo al presupuesto del ejercicio fi scal 2008 de la Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, en la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Artículo 3º.- De conformidad con el numeral 9.4 del artículo 9 de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, los desembolsos de la transferencia aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución, sólo se efectivizarán luego que la Municipalidad Distrital de Yaquerana presente al Programa Agua Para Todos el Contrato de Ejecución de Estudios, Obra o Supervisión del Proyecto, así como las valorizaciones, informes de avance de ejecución, u otros documentos relacionados a los componentes aprobados sobre la viabilidad del Proyecto. El cronograma de desembolsos establecido en el Anexo B de la presente Resolución podrá ser modi fi cado en función a los resultados de la elaboración del Expediente Técnico del Proyecto, así como por factores externos no previsibles. La modi fi cación del cronograma de desembolsos deberá contar con la conformidad de la Entidad Ejecutora del Proyecto y del Programa Agua Para Todos. Artículo 4º.- La Transferencia Financiera aprobada por la presente Resolución se sujeta a los términos y condiciones establecidos en el Convenio Especí fi co de fecha 25 de agosto de 2008, suscrito entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la Municipalidad Distrital de Yaquerana para el fi nanciamiento del Proyecto.Artículo 5º.- El Programa Agua Para Todos es responsable del cumplimiento de la presente Resolución, de la ejecución del Convenio Especí fi co, así como del seguimiento y monitoreo del Proyecto. Regístrese, comuníquese y publíquese.ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento ANEXO A PROYECTO DE INVERSION UNIDAD EJECUTORA : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YAQUERANA COD SNIPPROYECTO TIPO DE EJECUCION PRESUPUESTARIAPPTO. PIM 2008 S/.TRANSF. FINANCIERA HASTA POR S/. 74936 CONSTRUCCION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTA-RILLADO, CON POZO SEPTICO Y PERCOLADOR DE LA COMUNIDAD COLONIA ANGAMOS, DISTRITO DE YAQUERANA - REQUENA - LORETO INDIRECTA 136 173,00 136 173,00 TOTAL 136 173,00 136 173,00 ANEXO B PROYECTO DE INVERSION UNIDAD EJECUTORA : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YAQUERANA COD SNIPPROYECTO TIPO DE EJECUCION PRESUPUES- TARIACRONOGRAMA DE DESEMBOLSOS PROYECTADO S/.TRANSF. FINANCIERA HASTA POR S/.01 MES 74936 CONSTRUCCION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO, CON POZO SEPTICO Y PERCOLADOR DE LA COMUNIDAD COLONIA ANGAMOS, DISTRITO DE YAQUERANA - REQUENA - LORETO INDIRECTA 136 173,00 136 173,00 TOTAL 136 173,00 136 173,00 259755-2 PODER JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Aprueban Plan Operativo 2008 de la Corte Superior de Justicia de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 202-2008–P–PJ Lima, 29 de setiembre de 2008VISTO:Que, mediante Resolución Administrativa de la Presidencia N° 032-2008-P-PJ se aprobó la Directiva N° 04-2008-GG-PJ “Normas para la Formulación, Seguimiento y Evaluación del Plan Operativo 2008 de las Dependencias del Poder Judicial”; Que, en cumplimiento a la citada Resolución, se ha formulado el Plan Operativo 2008 de la Corte Superior de Justicia de Lima; Que, es necesario aprobar el referido documento de gestión, a fi n que los Organos Jurisdiccionales y Administrativos de la Corte Superior de Justicia de Lima cuenten con un instrumento básico que oriente la gestión institucional; De conformidad con las facultades previstas en el inciso 4° del Artículo 76° de la Ley Orgánica del Poder Judicial, modi fi cado por Ley N° 27465;