Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 2008 (03/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, viernes 3 de octubre de 2008

NORMAS LEGALES
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380841

Que, con fecha 25 de agosto de 2008 se suscribio el Convenio Especifico entre el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y la Municipalidad Distrital de Yavari, de la provincia de Mariscal MORDAZA MORDAZA del departamento de MORDAZA (en adelante el Convenio Especifico), con el objeto de financiar la elaboracion del Expediente Tecnico del Proyecto con Codigo SNIP Nº 51313; Que, con el Informe Tecnico Nº 655-2008/VIVIENDA/ VMCS/ PAPT-DE de fecha 25 de agosto de 2008, la Direccion Ejecutiva del Programa Agua Para Todos, emite opinion tecnica favorable para aprobar una transferencia de recursos a favor de la Municipalidad Distrital de Yavari hasta por la suma de Setenta y Ocho Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 78 000,00) para financiar la elaboracion del Expediente Tecnico del Proyecto "Construccion Sistema de Alcantarillado de Islandia, distrito de Yavari - Mariscal MORDAZA MORDAZA - Loreto", con Codigo SNIP Nº 51313; Con la visacion de las Directoras Generales de las Oficinas Generales de Planificacion y Presupuesto, y de Asesoria Juridica; De conformidad con la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley Nº 29142 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, a favor de la Municipalidad Distrital de Yavari, de la provincia de Mariscal MORDAZA MORDAZA del departamento de MORDAZA, hasta por la suma de Setenta y Ocho Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 78 000,00), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar la elaboracion del Expediente Tecnico del Proyecto con Codigo SNIP Nº 51313, detallado en el Anexo A, cuyo desembolso se efectuara conforme al cronograma establecido en el Anexo B, los que forman parte integrante de la presente Resolucion. Los recursos materia de la presente transferencia financiera seran destinados exclusivamente para financiar la elaboracion del Expediente Tecnico del Proyecto, quedando la Municipalidad Distrital de Yavari, prohibida de efectuar anulaciones presupuestarias con cargo a dichos recursos. Articulo 2º.- La transferencia financiera a que se refiere el articulo precedente se realizara con cargo al presupuesto del ejercicio fiscal 2008 de la Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, en la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Articulo 3º.- De conformidad con el numeral 9.4 del articulo 9 de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, los desembolsos de la transferencia aprobada en el articulo 1 de la presente Resolucion, solo se efectivizaran luego que la Municipalidad Distrital de Yavari presente al Programa Agua Para Todos el Contrato de Ejecucion de Estudios, Obra o Supervision del Proyecto, asi como las valorizaciones, informes de avance de ejecucion, u otros documentos relacionados a los componentes aprobados sobre la viabilidad del Proyecto. El cronograma de desembolsos establecido en el Anexo B de la presente Resolucion podra ser modificado en funcion a los resultados de la elaboracion del Expediente Tecnico del Proyecto, asi como por factores externos no previsibles. La modificacion del cronograma de desembolsos debera contar con la conformidad de la Entidad Ejecutora del Proyecto y del Programa Agua Para Todos. Articulo 4º.- La Transferencia Financiera aprobada por la presente Resolucion se sujeta a los terminos y condiciones establecidos en el Convenio Especifico de fecha 25 de agosto de 2008, suscrito entre el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y la Municipalidad Distrital de Yavari para el financiamiento del Proyecto. Articulo 5º.- El Programa Agua Para Todos es responsable del cumplimiento de la presente Resolucion, de la ejecucion del Convenio Especifico, asi como del seguimiento y monitoreo del Proyecto.

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento
ANEXO A PROYECTO DE INVERSION UNIDAD EJECUTORA : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YAVARI COD SNIP PROYECTO MORDAZA DE EJECUCION PRESUPUESTARIA INDIRECTA PPTO. PIM 2008 S/. 78 000,00 TRANSF. FINANCIERA HASTA POR S/. 78 000,00

51313 CONSTRUCCION SISTEMA DE ALCANTARILLADO DE ISLANDIA, DISTRITO DE YAVARI - MARISCAL MORDAZA MORDAZA - MORDAZA TOTAL

78 000,00

78 000,00

ANEXO B PROYECTO DE INVERSION UNIDAD EJECUTORA : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YAVARI COD SNIP PROYECTO MORDAZA DE EJECUCION PRESUPUESTARIA INDIRECTA CRONOGRAMA DE DESEMBOLSOS PROYECTADO S/. 01 MES 78 000,00 TRANSF. FINANCIERA HASTA POR S/. 78 000,00

51313 CONSTRUCCION SISTEMA DE ALCANTARILLADO DE ISLANDIA, DISTRITO DE YAVARI - MARISCAL MORDAZA MORDAZA - MORDAZA TOTAL

78 000,00

78 000,00

259755-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 630-2008-VIVIENDA MORDAZA, 1 de octubre de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 688-2007VIVIENDA de fecha 18 de diciembre de 2007, se aprobo el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Gastos correspondiente al ano fiscal 2008 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, a nivel de Unidad Ejecutora, Funcion, Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento, Categoria y Grupo Generico del Gasto; Que, el literal a) del articulo 4 de la Ley Nº 27792 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, establece que es funcion del Ministerio ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo MORDAZA y saneamiento conforme a Ley; Que, el literal I) del articulo 8 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA, establece que es funcion general del Ministerio, el generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestacion, en especial de los sectores de menores recursos economicos; Que, el numeral 9.4 del articulo 9 de la Ley Nº 29142 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, dispone que cuando la ejecucion de los proyectos de inversion se efectua mediante transferencias financieras del Gobierno Nacional a favor de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Publicas, el documento que sustenta la transferencia es, unicamente, el contrato de la ejecucion del proyecto, para lo cual previamente deberan suscribirse los convenios respectivos, los que establecen expresamente la disponibilidad de recursos y su fuente de financiamiento con cargo a la cual se ejecutaran las obras; ademas, senala que la transferencia financiera sera autorizada mediante Resolucion del Titular del Pliego, la misma que debe establecer un cronograma

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