Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 2008 (03/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, viernes 3 de octubre de 2008

NORMAS LEGALES

380845

propuesto un Modelo de Categorizacion de Entidades, a efectos de establecer los niveles remunerativos para los Jefes de Organos de Control Institucional, el mismo que cuenta con la conformidad de la Gerencia de Planeamiento y Control; Que, la aprobacion de los niveles remunerativos resultantes de la aplicacion del Modelo de Categorizacion de Entidades, corresponde al Contralor General de la Republica, en el MORDAZA de lo senalado en el articulo 37º de la Ley Nº 27785, lo que se debe efectuar con sujecion a la disponibilidad presupuestal, la normativa aplicable y el numero de plazas previstas; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, y Resolucion de Contraloria Nº 376-2008-CG; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el Modelo de Categorizacion de Entidades para establecer los niveles remunerativos de los Jefes de los Organos de Control Institucional de las Entidades bajo el ambito del Sistema Nacional de Control, que como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- La aplicacion del Modelo de Categorizacion de Entidades correspondera a la Gerencia de Organos de Control Institucional, quien debera proponer al Contralor General de la Republica la aprobacion de los niveles remunerativos resultantes, teniendo en cuenta, para dicho efectos, que la referida aplicacion se efectuara en forma gradual, con sujecion al presupuesto, la normatividad aplicable y el numero de plazas previstas en la Entidad. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicecontralora General de la Republica Contralora General (e)

la Categoria Presupuestal en el modelo; siendo definida como el nivel de importancia que adquiere una entidad exclusivamente por el volumen presupuestal que maneja, entendiendose como presupuesto, de acuerdo al Art. 9º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, "...a los gastos que, como MORDAZA, pueden contraer las Entidades durante el ano fiscal, en funcion a los creditos presupuestarios aprobados y los ingresos que financian dichas obligaciones...". Los niveles de importancia de la Categoria Presupuestal se establecen mediante la aplicacion del MORDAZA de Pareto; MORDAZA que en teoria indica que el 20% de entidades acumula el 80% del presupuesto del total de entidades evaluadas. La Categoria Presupuestal, luego de aplicar el MORDAZA de Pareto en las entidades que formaron parte del estudio (sin considerar a las municipalidades excepto a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y la Municipalidad Provincial del Callao), toma los valores de A, B, C, D o E, en funcion a la aplicacion de la siguiente tabla:
TABLA Nº 01 CATEGORIA PRESUPUESTAL Presupuesto Nuevos Soles Categoria Presupuestal Desde Hasta 392,000,001 Mas A 143,000,001 392,000,000 B 57,475,001 143,000,000 C 17,650,001 57,475,000 D 0 17,650,000 E Fuente Presupuesto Acumulado Desde Hasta 0% 60% 60% 76% 76% 89% 89% 97% 97% 100%

Anexo a la Resolucion de Contraloria Nº 391-2008-CG Modelo de Categorizacion de Entidades 1. El Modelo de Categorizacion de Entidades busca clasificar a las entidades, que de acuerdo al Art. 17º de la Ley Nº 27785 "Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica" (en adelante la Ley) deben tener un organo de control dentro de su estructura, con la finalidad principal de establecer los niveles remunerativos para los Jefes de Organos de Control Institucional. 2. Segun el Art. 3º y 17º de la Ley, las entidades que deben tener un organo de control son: a. Las unidades administrativas del Poder Legislativo y del Poder Judicial. b. Las entidades y los organos que, bajo cualquier denominacion, formen parte del Poder Ejecutivo. En el caso de las empresas, solo aquellas en las que el Estado tenga una participacion accionaria total o mayoritaria. c. La unidad administrativa del Ministerio Publico y los Organismos Constitucionalmente Autonomos, e instituciones y personas de derecho publico d. Los Gobiernos Regionales y Locales e instituciones y empresas pertenecientes a los mismos, por los recursos y bienes materia de su participacion accionaria. 3. El modelo que se propone para la categorizacion de las entidades consiste en la union de dos categorias totalmente independientes: la Categoria Presupuestal y la Categoria Intrinseca. Categoria Presupuestal La Contraloria General de la Republica y los Organos de Control Interno de las Entidades supervisan la legalidad de la ejecucion del presupuesto publico comprendiendo la correcta gestion y utilizacion de los recursos y bienes del Estado. Por ello, se considero necesario la inclusion de

: Informacion presupuestal remitida por la Direccion Nacional de Presupuesto Publico y la Direccion Nacional de Contabilidad Publica, mediante Oficio Nº 019-2008-EF/76.12 del 01.Feb.2008 y Oficio Nº 0092008-EF/93.01 del 20.Feb.2008, respectivamente. Informacion presupuestal de las beneficencias publicas remitidas por el Jefe de OCI del Instituto de Bienestar Familiar (INABIF) Elaboracion : Propia Nota : (1) Promedio de los presupuestos ejecutados por las entidades del ano 2003 al ano 2006. En el caso de los Ministerios la informacion presupuestal contiene al presupuesto del sector menos los presupuestos de las OPD, de los programas y proyectos y de los organos desconcentrados que cuenta con OCI. En el caso de los Gobiernos Regionales la informacion presupuestal contiene al presupuesto de la region menos los presupuestos de los organos desconcentrados que cuenta con OCI. (2) Los rangos de las categorias presupuestales se calcularon sobre la base de la informacion de 647 entidades del Estado (3) La Categoria A esta conformada por las entidades que acumulan el 60% del presupuesto promedio total (2003 - 2006). Las categorias B, C, D y E se obtienen aplicando progresivamente un factor MORDAZA de crecimiento hasta completar el total de entidades.

Categoria Municipal Caso especial es el de las municipalidades (a excepcion de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y la Municipalidad Provincial del Callao), en las que el volumen presupuestal se calculo en forma independiente de las otras entidades, quedando la tabla presupuestal que se muestra a continuacion:
TABLA Nº 02 CATEGORIA PRESUPUESTAL Presupuesto Nuevos Soles Categoria Presupuestal Desde Hasta 7,472,592 Mas A 3,414,549 7,472,591 B 1,954,258 3,414,548 C 983,209 1,954,257 D 0 983,208 E Presupuesto Acumulado Desde Hasta 0% 60% 60% 77% 77% 87% 87% 95% 95% 100%

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