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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE OCTUBRE DEL AÑO 2008 (05/10/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 5

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 5 de octubre de 2008 380951 SE RESUELVE: Nombrar Ministro de Estado en el Despacho de Trabajo y Promoción del Empleo, al señor Jorge Elisban Villasante Araníbar. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 260859-5 AGRICULTURA Aprueban Primera Adenda a la Carta de Entendimiento suscrita con el IICA referida a viabilizar la Promoción de Cultivos de Palma Aceitera RESOLUCIÓN SUPREMA N° 055-2008-AG Lima, 4 de octubre de 2008 VISTOS:El O fi cio N° 2547-2008-AG-OGPA-DG del Director General de la O fi cina General de Plani fi cación Agraria y el Informe N° 021-2008-AG-OPRE/OGPA del Director de la Ofi cina de Presupuesto; y, CONSIDERANDO:Que, con fecha 04 de octubre del año 2006 el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura - IICA suscribió un Acuerdo Marco de Cooperación Técnica, fi jando las bases y lineamientos a través de los cuales el IICA contribuirá con el Ministerio de Agricultura - MINAG, para promover el mejoramiento de la agricultura y el desarrollo rural, en el marco de sus dimensiones de acción y competencias de cooperación siguientes: i) comercio y competitividad de agro negocios, ii) fortalecimiento de comunidades rurales con enfoque territorial, iii) reposicionamiento y modernización de la agricultura, iv) sanidad agropecuaria e inocuidad de los alimentos, v) gestión ambiental y de recursos naturales, y vi) promoción de tecnología e innovación en la agricultura; Que, mediante Resolución Suprema N° 038-2006-AG de fecha 16 de noviembre de 2006, se aprobó la Carta de Entendimiento suscrita entre el MINAG y el IICA para Viabilizar la Promoción de Cultivos de Palma Aceitera y otros en la Región Ucayali, y progresivamente se ampliará preferentemente a las Regiones de San Martín, Loreto y Huánuco y a la Selva Central, estableciéndose un plazo de vigencia de sesenta (60) meses; Que, mediante O fi cio N° 2547-2008-AG-OGPA-DG de fecha 30 de setiembre de 2008, el Director General de la Ofi cina General de Plani fi cación Agraria, remite el Informe N° 021-2008-AG-OPRE/OGPA del Director de la O fi cina de Presupuesto, en el cual se sustentan las ventajas y bene fi cios que involucran la celebración de una nueva adenda con el IICA; Que, mediante Informe N° 021-2008-AG-OPRE/OGPA de fecha 29 de setiembre de 2008, el Director de la O fi cina de Presupuesto concluye que resulta procedente la suscripción de la Primera Adenda a la Carta de Entendimiento entre el MINAG y el IICA para modi fi car el plazo de vigencia de la Carta de Entendimiento, reemplazar a la contraparte técnica colegiada, efectuar la transferencia fi nanciera de recursos y establecer mecanismos de liquidación. Que, por tanto, resulta necesario modi fi car la Carta de Entendimiento suscrita entre el MINAG y el IICA, aprobada por la Resolución Suprema N° 038-2006-AG, citada en el segundo considerando de la presente resolución, de tal forma que se puedan cumplir los objetivos propuestos; Que, mediante la Vigésima Novena Disposición Final de la Ley N° 29142 -Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, se ha autorizado a las Entidades del Gobierno Nacional, durante los Años Fiscales 2007 y 2008, a suscribir adendas para la ampliación o modi fi cación de los Convenios de Administración de Recursos, Costos Compartidos u otras modalidades similares con Organismos Internacionales, para encargarles la administración de recursos; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 997 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, el Decreto Supremo N° 017-2001-AG - Reglamento de Organización y Funciones de Ministerio de Agricultura y la Vigésima Novena Disposición Final de la Ley N° 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008. SE RESUELVE:Artículo 1°.- Aprobar la Primera Adenda a la Carta de Entendimiento suscrita entre el Ministerio de Agricultura - MINAG y el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura - IICA, referida a viabilizar la Promoción de Cultivos de Palma Aceitera, aprobada por Resolución Suprema N° 038-2006-AG. Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Agricultura 260858-2 DEFENSA Autorizan intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú para brindar seguridad durante paros y otras medidas de fuerza preparadas por diversas organizaciones sociales para el día 7 de octubre RESOLUCIÓN SUPREMA N° 401-2008-DE/ Lima, 4 de octubre de 2008 Visto el O fi cio N° 463-2008-IN/0101 del Ministro del Interior de fecha 03 de octubre de 2008. CONSIDERANDO:Que, conforme al artículo 44° de la Constitución Política del Perú, es deber primordial del Estado, proteger a la población de las amenazas contra su seguridad; Que mediante Ley N° 28222 - Ley que modi fi ca la Ley N° 25410, referida a la intervención de las Fuerzas Armadas en zonas no declaradas en Estado de Emergencia, y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 024-2005-DE/SG de fecha 26 de octubre de 2005; modi fi cado por el Decreto Supremo N° 007-2008-DE/ de fecha 26 de abril de 2008, se establecieron los procedimientos que regulan la intervención de las Fuerzas Armadas en dichas zonas; Que, con el O fi cio del Visto, el Ministro del Interior ha solicitado al Ministro de Defensa, con la fi nalidad de lograr el máximo nivel de seguridad requerido, la intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú para brindar protección a los Servicios Públicos Esenciales y Puntos Críticos Vitales, durante los paros y otras medidas de fuerza que diversas organizaciones sociales vienen preparando para el día 07 de octubre de 2008 a nivel nacional; Que, por lo expuesto es conveniente disponer la intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8. del artículo 118° de la Constitución Política del Perú, Ley N° 28222, Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y Decreto Supremo N° 024-2005-DE/SG de fecha 26 de