Norma Legal Oficial del día 05 de octubre del año 2008 (05/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 5 de octubre de 2008

NORMAS LEGALES

380961

DEPARTAMENTO: MORDAZA - MORDAZA, MORDAZA, Mollendo. DEPARTAMENTOS: MORDAZA - MORDAZA, Jaen. DEPARTAMENTO: Ica - Las Dunas, Nasca, Pisco. DEPARTAMENTO: La MORDAZA - MORDAZA, MORDAZA Grande. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Chiclayo. DEPARTAMENTO: MORDAZA - MORDAZA MORDAZA, Paramonga, Lib Mandi Metropolitano. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Ilo, Campamento Ilo, Cuajone / Botiflaca. DEPARTAMENTO: MORDAZA - MORDAZA, Talara. DEPARTAMENTO: Tacna - Tacna. DEPARTAMENTO: Tumbes - Tumbes BASE DE OPERACIONES: - Aerodromo de Lib Mandi Metropolitano SUB-BASE DE OPERACIONES: - Aeropuerto Internacional MORDAZA MORDAZA - Aeropuerto de MORDAZA - Aerodromo de Las Dunas Articulo 2º.- Las aeronaves autorizadas a la Compania AERO AC S.A.C. deben estar provistas de sus correspondientes Certificados de Matricula vigentes, expedidos - de ser el caso - por el Registro Publico de Aeronaves de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; de sus Certificados de Aeronavegabilidad vigentes, expedidos o convalidados por la Direccion General de Aeronautica Civil; y, de la Poliza o Certificado de Seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aerea. Articulo 3º.- La Compania AERO AC S.A.C. esta obligada a presentar a la Direccion General de Aeronautica Civil, los datos estadisticos e informes que correspondan a su actividad aerea, de acuerdo a los procedimientos que establece la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 4º.- La Compania AERO AC S.A.C. esta obligada a establecer un Sistema de Radiocomunicacion entre los puntos a operar, a fin de mantener permanente informacion del trafico aereo que realizan sus aeronaves. Articulo 5º.- La Compania AERO AC S.A.C. empleara en su servicio, personal aeronautico que cuente con su respectiva licencia y certificacion de aptitud, expedidos o convalidados por la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 6º.- La Compania AERO AC S.A.C. podra hacer uso de las instalaciones de aeropuertos y/o aerodromos privados, previa autorizacion de sus propietarios y cuando corresponda, previa obtencion de las autorizaciones gubernamentales especiales que exija la legislacion nacional vigente. Articulo 7º.- Las aeronaves de la Compania AERO AC S.A.C. podran operar en las rutas, aeropuertos y/o aerodromos cuyas alturas, longitudes de pista y resistencia, asi como otras caracteristicas derivadas de dichos aeropuertos y/o aerodromos, se encuentren comprendidas en sus tablas de performance aprobadas por el fabricante y la autoridad correspondiente, asi como en sus respectivas Especificaciones de Operacion. Articulo 8º.- El presente Permiso de Operacion sera revocado de inmediato en forma automatica, cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente Resolucion; o pierda alguna de las capacidades exigidas por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento; o renuncie, se suspenda o se revoque su respectivo Certificado de Explotador y Especificaciones Tecnicas de Operacion. Articulo 9º.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en

las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil, procedera conforme a lo senalado en el Articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 10º.- La vigencia del presente Permiso de Operacion queda condicionada al cumplimiento de la obligacion por parte de la Compania AERO AC S.A.C., de otorgar la garantia global que senala el Articulo 93º de la Ley Nº 27261, en los terminos y condiciones que establece su Reglamento y dentro del plazo que senala el Articulo 201º de dicho dispositivo. El incumplimiento de esta obligacion determinara la automatica revocacion del presente Permiso de Operacion. Articulo 11º.- La Compania AERO AC S.A.C. debera presentar cada ano el Balance de Situacion, el Estado de Ganancias y Perdidas al 30 de junio y 31 de diciembre, y el Flujo de MORDAZA proyectado para el ano siguiente. Articulo 12º.- La Compania AERO AC S.A.C. debera respetar la riqueza cultural, historica y turistica que sustenta la buena imagen del pais. Articulo 13º.- El presente Permiso de Operacion queda sujeto a la Ley de Aeronautica Civil, Ley Nº 27261, el Reglamento; y demas disposiciones legales vigentes; asi como a las Directivas que dicte esta Direccion General. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MAREOVICH Director General de Aeronautica Civil

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ORGANISMOS AUTONOMOS SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan viaje de funcionarios a MORDAZA para participar en el XI Foro Interamericano de la Microempresa Foromic
RESOLUCION SBS N° 9804-2008
3 de octubre de 2008 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La invitacion cursada a esta Superintendencia por el Fondo Multilateral de Inversiones (FOMIN) del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), con el fin de participar en el XI Foro Interamericano de la Microempresa - Foromic - que viene organizando la citada entidad, el Ministerio de Hacienda del MORDAZA y la Secretaria Nacional de Turismo del MORDAZA, el mismo que se llevara a cabo del 08 al 10 de octubre de 2008, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Paraguay; CONSIDERANDO: Que, el mencionado evento, dirigido especialmente a los lideres de la industria en microfinanzas, representantes de instituciones financieras, ONGS, entidades gubernamentales, camaras de comercio e industria, entre otros, tiene como principal objetivo el intercambio de experiencias, asi como tomar conocimiento sobre lo mas reciente en desarrollo y mejores practicas para la micro y pequena empresa, incluyendo para tal efecto temas de actualidad en materia de regulacion de las microfinanzas y

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