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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 5 de octubre de 2008 380968 la O fi cina Técnica de Plani fi cación, Presupuesto y Cooperación Técnica, otorga disponibilidad presupuestal por S/. 135,000.00 y S/. 44,200.00 nuevos soles respectivamente, Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, Meta Presupuestal 0001- ECE, Partida Especí fi ca de Gasto 5.3.11.32. Que, mediante Informe N ° 043-2008 INEI/OTAJ, la Ofi cina Técnica de Asesoría Jurídica opina que la exoneración del proceso de selección solicitada por la O fi cina Técnica de Administración se enmarca dentro de los supuestos que señalan el Inc. c), del artículo 19° y el artículo 21° del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado sobre la situación de desabastecimiento inminente, concordante con el artículo 141° de su Reglamento; Que de conformidad con el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, toda adquisición o contratación debe realizarse mediante los procesos de selección contemplados en el artículo 14º y de acuerdo a los márgenes que establece la Ley Anual de Presupuesto, siendo éstos los siguientes: Licitación Publica, Concurso Público, Adjudicación Directa Pública, Adjudicación Directa Selectiva y Adjudicación de Menor Cuantía; Que, el Art. 19° del referido TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, admite que en determinados casos pueden existir excepciones a lo señalado en el párrafo precedente, habiendo previsto las situaciones que expresamente se encuentran exoneradas y por las cuales la entidad pueda apartarse del proceso de selección que correspondería a la contratación en una situación regular. Conforme al literal c), están exoneradas del proceso de selección correspondiente las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situación de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la citada Ley; Que, el Art. 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones concordante con los Arts.146º y 147º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece que las adquisiciones y contrataciones exoneradas de los procesos de selección deberán ser aprobadas mediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad, cuya facultad es indelegable. Dichas resoluciones requieren obligatoriamente de los informes técnico y legal previos que contengan la justifi cación técnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneración y serán publicadas en el Diario O fi cial El Peruano, dentro de los diez días hábiles siguientes a su emisión; Que, la de fi nición de situación de desabastecimiento inminente ha sido desarrollada por el Art. 21° del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, concordante con el Art. 141º del precitado Reglamento, donde se considera a aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa o inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a sus cargo de manera esencial, lo que faculta la adquisición de los bienes en la cantidad necesaria para resolver la situación; Que, el artículo 27º del Decreto Supremo N° 084- 2004-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, prescribe que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones podrá ser modi fi cado cuando se tenga que excluir o incluir procesos de selección, o se modi fi que la cantidad prevista de bienes, servicios u obras en más de 25% del valor estimado y ello varíe el tipo de proceso de selección. La aprobación y difusión de las modi fi caciones se hará de la forma prevista en los artículos 25° y 26° del mismo cuerpo normativo; Con las visaciones de la Secretaría General, Dirección Nacional de Censos y Encuestas y de las O fi cinas Técnicas de Administración y de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE:Artículo 1º.- INCLUIR, en el “Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática para el Ejercicio Fiscal 2008”, aprobado con Resolución Jefatural Nº 015-2008-INEI, el proceso de selección de Adjudicación Directa Pública para la contratación del servicio de agenciamiento de pasajes aéreos nacionales para el personal que participará en la capacitación de la Evaluación Censal de Estudiantes 2008, así como en la supervisión de la operación de campo, por el monto de S/.179,200.00 Nuevos Soles, de conformidad con lo señalado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- EXONERAR del Proceso de Selección de Adjudicación Directa Pública la contratación del servicio de agenciamiento de pasajes aéreos nacionales para el personal que participará en la capacitación de la Evaluación Censal de Estudiantes 2008, así como en la supervisión de la operación de campo, por la causal de situación de desabastecimiento inminente, prevista en el Inc. c), del artículo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo 3º.- APROBAR la contratación de los servicios descritos en el artículo precedente, por un valor referencial de S/. 179,200.00 nuevos soles, Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, Meta Presupuestal 0001- ECE, Partida Especí fi ca de Gasto 5.3.11.32. Artículo 4º.- AUTORIZAR, a la O fi cina Ejecutiva de Abastecimiento y Servicios de la O fi cina Técnica de Administración, llevar a cabo la contratación a que se refi ere el artículo 1º de la presente Resolución, mediante acciones inmediatas de acuerdo a lo previsto en las Normas de Contratación y Adquisiciones del Estado. Artículo 5°.- DISPONER, que la O fi cina Técnica de Administración haga de conocimiento de la Contraloría General de la República y del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la presente Resolución y los informes que lo sustentan, de conformidad con lo prescrito en el artículo 20º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Artículo 6°.- PUBLICAR la presente Resolución en el SEACE, así como en el Diario O fi cial El Peruano, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de su aprobación. Regístrese y comuníquese.RENÁN QUISPE LLANOS Jefe 260690-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES Transfieren terreno a título gratuito a favor de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo para la ejecución de complejo deportivo - comercial JEFATURA DE ADJUDICACIONES RESOLUCIÓN Nº 118-2008/SBN-GO-JAD San Isidro, 2 de setiembre de 2008Visto, el Expediente N° 120-2008/SBNJAD, en el cual se sustenta la desafectación de dominio público y la transferencia de propiedad a favor de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, del terreno de 22 548,90 m², constituido por el Lote DEP del Pueblo Joven César Vallejo, ubicado en el distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima; y CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN, en mérito a la Ley Nº 29151, Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA, es el organismo público descentralizado, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento siendo el Ente Rector responsable de normar los actos de disposición, administración y supervisión de los bienes así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administración están a su cargo; Que, el Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, es propietario del terreno de 22 548,90 m², constituido por el Lote DEP del Pueblo Joven Cesar Vallejo, ubicado en el distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima, se encuentra inscrito en la Partida Nº P03091575 del Registro de Predios de Lima y anotado en el Registro SINABIP N° 3602, correspondiente al departamento de Lima;