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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 20 de octubre de 2008 381812 PODER EJECUTIVO RELACIONES EXTERIORES Exoneran de proceso de selección la contratación del servicio de arrendamiento de oficinas para la Sede de la Asesoría del Despacho Ministerial en Asuntos Antárticos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1210-2008-RE Lima, 15 de octubre de 2008Visto, el Informe (LOG) Nº 018-2008, de fecha 30 de setiembre de 2008, por el cual se emite la sustentación técnica y, el informe legal emitido por la Dirección General de Asuntos Legales, con relación a la necesidad de exonerar la Contratación del Servicio de Arrendamiento de Ofi cinas para la Sede de la Asesoría del Despacho Ministerial en Asuntos Antárticos; CONSIDERANDO:Que, en virtud del Contrato Nº 004-2007-RE/EXO, de fecha 22 de agosto de 2007, la Asesoría del Despacho Ministerial en Asuntos Antárticos, viene ocupando el inmueble ubicado en el jirón Miro Quesada Nº 191, ofi cinas N° 501, 502, 503 y 504 (5to. Piso) del Edifi cio Italia, en el distrito, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Memorándum (IAP) Nº 301-A-2008, de fecha 20 de agosto de 2008, la Asesoría del Despacho Ministerial en Asuntos Antárticos solicitó el arrendamiento de un inmueble que cumpla con los términos de referencia que remite adjunto al citado Memorándum, por el período de un (1) año, contados a partir del 23 de octubre del presente año; Que, a través del Informe Técnico Nº 03-08/PI, de fecha 21 de agosto de 2008, el Área de Servicios Generales, Mantenimiento, Infraestructura y Transportes de la Dirección de Logística, señala que el inmueble que actualmente ocupa la Asesoría del Despacho Ministerial en Asuntos Antárticos, ubicado en el jirón Miro Quesada Nº 191, ofi cinas Nº 501, 502, 503 y 504 (5to. Piso) del Edifi cio Italia, en el distrito, provincia y departamento de Lima, se encuentra dentro de la Zona Monumental de Lima, y ha sido intervenido a través de un proceso de restauración y puesta en valor con muy buenos resultados en cuanto a su habitabilidad y uso para ofi cinas, constituyendo, en ese sentido, una oferta inmobiliaria inmejorable en el distrito del Cercado de Lima; Que, el referido informe señala que el inmueble en mención cuenta con instalaciones eléctricas, sanitarias, de seguridad, de informática y de servicios que han sido totalmente remozadas, conformando una infraestructura que permite el normal desarrollo de funciones y operaciones del personal y equipos que desempeñan labores en la mencionada Asesoría del Despacho Ministerial en Asuntos Antárticos; Que, además de lo señalado, resulta oportuno destacar que, para el funcionamiento de la Asesoría del Despacho Ministerial en Asuntos Antárticos, fue necesario efectuar inversiones para acondicionar sus ambientes, donde además de la sustantiva inversión que ha efectuado el Ministerio de Relaciones Exteriores en mobiliario, equipos de aire acondicionado e iluminación, se realizaron mejoras de carácter técnico, como el servicio de telecomunicaciones que implicó efectuar la conexión de redes informáticas, así como la implementación de los equipos y la conexión del servicio de internet y telefonía fi ja, con la fi nalidad que dicha dependencia se encuentre conectada a la red de comunicaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, en ese contexto, si se tuviera que optar por alquilar un local distinto al señalado, se tendría que efectuar nuevos gastos en inversión para el mismo fi n, perdiéndose la inversión efectuada en el referido inmueble, confi gurándose así, en una contratación onerosa para el Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, adicionalmente, cabe resaltar que el referido informe técnico señala que el Ministerio de Relaciones Exteriores no dispone de la infraestructura necesaria que permita albergar en sus instalaciones a las ofi cinas que actualmente viene ocupando la Asesoría del Despacho Ministerial en Asuntos Antárticos; Que, mediante Informe (APR) Nº 036-2008, de fecha 21 de agosto de 2008, del Área de Programación de la Dirección de Logística, el cual contiene el Informe Nº 052-2008/EEMM-LOG-MRE, del Especialista de Estudio de Mercado, a través del cual se informa que el valor referencial determinado para la mencionada contratación asciende a US$ 35,213.28 (Treinta y cinco mil doscientos trece y 28/100 dólares americanos), que cubre el período de un (1) año, el cual incluye los tributos, seguros, mantenimiento del inmueble y cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo en la ejecución del servicio; Que, al respecto, el citado informe señala además que el valor referencial determinado para la contratación del servicio de arrendamiento de ofi cinas para la Sede de la Asesoría del Despacho Ministerial en Asuntos Antárticos se ha incrementado en el orden del 10% aproximadamente, en relación a la contratación efectuada el año anterior; Que, el referido informe señala que, de acuerdo con la Agencia Peruana de Noticias Andina, el precio promedio del metro cuadrado en Lima Metropolitana ha sufrido un incremento del 20% debido a la revalorización de las propiedades y al creciente valor arquitectónico; Que, asimismo, en dicho informe se indica que se realizaron visitas a locales cercanos al Ministerio de Relaciones Exteriores en busca de un local que pudiera ser una alternativa viable para cotizar, pero no se encontró ningún local en una distancia similar al inmueble que ocupa actualmente la Asesoría del Despacho Ministerial en Asuntos Antárticos que cumpla con los términos de referencia; Que, mediante Memorándum (PPT) Nº PPT1351/2008, de fecha 18 de setiembre de 2008, la Dirección de Presupuesto informó que existen recursos presupuestales que permitirán atender dicho requerimiento con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios; Que, la situación señalada en los considerados precedentes se encuentra prevista en el literal e) del artículo 19° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en concordancia con el Artículo 144° de su Reglamento, como un servicio que no admite sustituto y existe proveedor único; Que, en ese sentido y de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado las exoneraciones se aprobarán mediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad y serán publicadas en el Diario Ofi cial El Peruano, señalando además que la facultad de aprobar las exoneraciones es indelegable. Cabe señalar que copia de la Resolución que aprueba la exoneración del proceso de selección respectivo deberá remitirse a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación; Que, el Artículo 147º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dispone que la Resolución que aprueba la exoneración de los procesos de selección debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado – SEACE, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación; Que, mediante los informes de visto, se da cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 146º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el cual señala que la resolución o acuerdo que apruebe la exoneración del proceso de selección, requiere obligatoriamente de uno o más informes previos, que Descargado desde www.elperuano.com.pe