Norma Legal Oficial del día 20 de octubre del año 2008 (20/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, lunes 20 de octubre de 2008

Aprueban Circular sobre actualizacion del capital social minimo de las empresas supervisadas correspondiente al trimestre octubre - diciembre de 2008
CIRCULAR Nº G-137-2008 MORDAZA, 17 de octubre de 2008 --------------------------------------------------Ref.: Actualizacion del capital social minimo correspondiente al trimestre octubre - diciembre de 2008 --------------------------------------------------Senor Gerente General: Sirvase tomar conocimiento que en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 9 del articulo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, la Superintendencia dispone la actualizacion trimestral, correspondiente al periodo octubre ­ diciembre de 2008, de los capitales sociales minimos de las empresas indicadas en los articulos 16º y 17º de la referida Ley General, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 18º de dicha MORDAZA, asi como de los capitales minimos requeridos en el esquema modular a que se refiere el articulo 290º de la Ley MORDAZA citada, segun el anexo adjunto. Atentamente, MORDAZA TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones ANEXO ACTUALIZACION DEL CAPITAL SOCIAL MINIMO DE LAS EMPRESAS SUPERVISADAS CORRESPONDIENTE AL TRIMESTRE OCTUBRE ­ DICIEMBRE DE 2008 (EN NUEVOS SOLES)
CAPITAL SOCIAL MINIMO* Empresas de Operaciones Multiples Empresas Bancarias. Empresas Financieras. MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito. MORDAZA Municipal de Credito Popular. Entidad de Desarrollo a la Pequena y Micro Empresa - EDPYME. Cooperativas de Ahorro y Credito autorizadas a captar recursos del publico. 7. MORDAZA Rural de Ahorro y Credito. B. 1. 2. 3. 4. 5. 6. Empresas Especializadas Empresa de Capitalizacion Inmobiliaria. Empresa de Arrendamiento Financiero. Empresa de Factoring. Empresa Afianzadora y de Garantias. Empresa de Servicios Fiduciarios. Empresas Administradoras Hipotecarias A. 1. 2. 3. 4. 5. 6. 23,864,757 12,001,185 1,084,907 6,400,632 1,084,907 1,084,907 1,084,907 12,001,185 3,904,386 2,169,814 2,169,814 2,169,814 3,916,954 23,864,757 4,339,629 5,965,389 15,187,100 9,221,711 3,904,386 16,001,580 1,084,907 1,084,907 1,084,907 6,00,593 12,001,185 23,864,757

Indice Base: Octubre 1996, factor IPM octubre 1996 ­ setiembre 2008: 1.6001580

* Las actualizaciones se realizan respecto del Indice de Precios al Por Mayor (IPM) se realizan respecto del Indice de Precios al Por Mayor (IPM) base de octubre de 1996, articulo 18º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias.

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ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS INSTITUTO PERUANO DE ENERGIA NUCLEAR

Precisan que la exoneracion aprobada mediante Res. Nº 164-08-IPEN/PRES es por el periodo de un ano
RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 207-08-IPEN/PRES MORDAZA, 13 de octubre de 2008 VISTO: El Oficio N° E-123-2008/DOP/STEC con Registro de Mesa de Partes N° 6710 de fecha 03 de octubre de 2008, del Director de Operaciones del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado CONSUCODE. CONSIDERANDO Que, mediante Resolucion de Presidencia N° 164-08IPEN/PRES de fecha 21 de agosto de 2008, se exonero del MORDAZA de seleccion la AMC N° 0026-2008/IPEN "Servicio de Actualizacion y Soporte ORACLE", bajo la causal: bienes y servicios que no ameritan sustitutos, lo que ha sido observado por CONSUCODE, por no haberse senalado en dicha Resolucion el periodo exonerado, debiendose asimismo consignar en la misma el Informe Tecnico Nº 034-08/INES/INFO/ADSI y el Informe Legal Nº 013-08-ASJU, documentos que forman parte del respectivo expediente; Que, la Jefatura de la Unidad de Abastecimiento ha emitido el Informe Nº 090-08-ABAS, en relacion a las observaciones presentadas por CONSUCODE; Que, por lo MORDAZA expuesto, debe procederse a emitir una Resolucion que subsane las observaciones formuladas por CONSUCODE y proceder a las publicaciones correspondientes en el SEACE y el Diario Oficial El Peruano; Que, asimismo, se hace necesario determinar las responsabilidades por las omisiones observadas en el MORDAZA de contratacion, acciones no ajustadas a lo dispuesto en el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 0832004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; De conformidad con los articulos 9° y 10° del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 062-2005-EM; Con el visto del Director Ejecutivo, Director de Asesoria Juridica y del Director de Administracion; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Precisar que la exoneracion aprobada para la contratacion del Servicio de Actualizacion y Soporte ORACLE, mediante Resolucion de Presidencia N° 164-08-IPEN/PRES de fecha 21 de agosto de 2008, es por el periodo de un ano tal como esta previsto en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del IPEN ­

C. Bancos de Inversion D. 1. 2. 3. 4. E. 1. 2. 3. 4. 5. Empresas de Seguros Empresa que opera en un solo ramo (de riesgos generales o de vida). Empresa que opera en ambos MORDAZA (de riesgos generales y de vida). Empresa de Seguros y Reaseguros. Empresa de Reaseguros. Empresas de Servicios Complementarios y Conexos Almacen General de Deposito. Empresa de Transporte, Custodia y Administracion de Numerario. Empresa Emisora de Tarjetas de Credito y/o Debito. Empresa de Servicios de Canje. Empresa de Transferencia de Fondos.

F. Empresas en el Esquema Modular 1. Modulo 1 2. Modulo 2 3. Modulo 3

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