Norma Legal Oficial del día 19 de septiembre del año 2008 (19/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 19 de setiembre de 2008

que: i) a la fecha se encuentra en tramite el MORDAZA de seleccion correspondiente para la contratacion del Servicio de Pasajes Aereos Nacionales lo que impide que se pueda contar con dicho servicio; ii) existe una necesidad actual y urgente de trasladar a personal de las dependencias de la Entidad dentro del MORDAZA como parte del desarrollo de sus actividades; y iii) el desabastecimiento del servicio causaria un perjuicio a la Entidad por cuanto impediria la continuidad del desarrollo de sus funciones, actividades y operaciones encomendadas por ley que permitiran el logro de sus objetivos y metas programadas; Que, el Informe Nº 134-2008-EPROG-OEL-OGA/INS del Equipo de Programacion de la Oficina Ejecutiva de Logistica (folios 33 a 43) de 02 de setiembre de 2008, determina como monto requerido para la contratacion del "Servicio de Pasajes Aereos Nacionales" la suma de S/.108,858.00 (ciento ocho mil ochocientos cincuenta y ocho con 00/100 Nuevos Soles); Que, mediante Memorandum Nº 310-2008-DE-OEPPIOGAT/INS (folio 49) de 03 de setiembre de 2008 la Oficina Ejecutiva de Planificacion, Presupuesto e Inversiones de Presupuesto de la Oficina General de Administracion, ha determinado la existencia de la correspondiente disponibilidad presupuestal ascendente a S/.108,858.00 (ciento ocho mil ochocientos cincuenta y ocho con 00/100 Nuevos Soles) por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; Que, asimismo, la Oficina Ejecutiva de Logistica, senala que se ha determinado: i) que el MORDAZA de seleccion tendiente a la contratacion del servicio para el presente ejercicio presupuestal no ha concluido con la suscripcion del contrato respectivo; ii) que a la fecha existe un requerimiento urgente de pasajes aereos nacionales que no ha sido atendido verificandose que la ausencia del servicio compromete el desarrollo de las funciones propias de la Entidad, especificamente en cuanto al cumplimiento de sus funciones encomendadas por ley (promover, desarrollar y difundir la investigacion cientifica tecnologica y servicios de salud en los MORDAZA de la salud publica, el control de las enfermedades transmisibles y no transmisibles, la produccion de biologicos, control de calidad de alimentos, productos farmaceuticos y afines, la salud ocupacional, proteccion del medio ambiente, la interculturalidad en la gestion en salud y el ejercicio pleno de la rectoria en los aspectos de nutricion); Que, la Oficina General de Asesoria Juridica mediante el Informe Nº 214-2008-OGAJ/INS (folios 63 a 65), senala que el Centro Nacional de Salud Publica, es el organo de linea del Instituto Nacional de Salud, encargado de normar, desarrollar, evaluar y difundir de manera integral la investigacion en salud publica y las tecnologias apropiadas, para la prevencion y el control de las enfermedades transmisibles y no transmisibles, aportando criterios tecnicos para la formulacion de politicas que orienten la atencion de salud en el area de su competencia. Se constituye en organo de referencia nacional de los laboratorios de salud publica del pais. Esta a cargo de los siguientes objetivos funcionales generales: b) Promover, desarrollar y evaluar la investigacion en salud publica para la prevencion y control de las enfermedades transmisibles y no transmisibles; c) Promover, programar y coordinar la investigacion para el desarrollo de nuevas tecnologias y metodologias de diagnostico y su transferencia a los diferentes niveles de la Red Nacional de Laboratorios, para contribuir a mejorar la calidad de MORDAZA de la poblacion; d) Contribuir al desarrollo de actividades de prevencion y control en salud publica, para poblaciones expuestas a riesgos y danos; e) Promover el establecimiento, implementacion, fortalecimiento y coordinacion de la Red Nacional de Laboratorios en Salud Publica y actuar como Centro de Referencia de los Laboratorios del MORDAZA en la vigilancia de las enfermedades de interes en salud publica; g) Brindar asesoria tecnico-cientifica a los organismos publicos y privados en el ambito de su competencia y contribuir a la capacitacion altamente especializada del personal de salud para la investigacion cientifica y utilizacion de tecnologias; Que, asimismo senala que el Centro Nacional de Alimentacion y Nutricion, es el organo de linea del Instituto Nacional de Salud, encargado de programar, ejecutar y evaluar las investigaciones y el desarrollo de

tecnologias apropiadas en el ambito de la alimentacion y nutricion humana. Asi mismo conduce el sistema de vigilancia nutricional y es responsable de realizar el control de calidad de alimentos. Esta a cargo de los siguientes objetivos funcionales generales, entre otros: b) Realizar el seguimiento de la situacion alimentario nutricional, implementando y manteniendo informacion actualizada y realizando investigaciones para definir los mejores indicadores e indices del estado de nutricion de la poblacion; c) Realizar investigacion en nutricion con la finalidad de mejorar la situacion nutricional de la poblacion; d) Certificar y verificar la inocuidad y la calidad de alimentos para el consumo humano y; g) Prestar asesoramiento tecnico cientifico a los sectores publico y privado en el MORDAZA de su competencia; Que, igualmente informa que de la documentacion que obra en el expediente de exoneracion (folios 05 al 26) se aprecia la necesidad del Centro Nacional de Salud Publica (CNSP) de trasladar profesionales de las Direcciones Regionales de Salud para realizar labores de entomologia, participacion en reuniones del TARGA, para la supervision del TARGA, CC DENOT, verificacion de brotes, para efectuar vigilancia a la resistencia atimicrobianos Iras-IIH, para el monitoreo NetLab, para las reuniones de las Red de Laboratorios, para efectuar la vigilancia de leptospirosis, plan ofidio y micologia y la participacion en el Curso "Transferencia Teconologica en densitometria parasitaria" ; que asimismo el Centro Nacional de Alimentacion y Nutricion (CENAN) requiere el traslado de personal para efectuar la supervision del SIEN 2008 en las Direcciones Regionales de Salud, MORDAZA I, MORDAZA y las Direcciones de Salud Sullana y Chota, asi como ejecutar las acciones de inspeccion y muestreo de la produccion de harina de trigo fortificada de sal fortificada y supervision de la DIRESA TACNA; igualmente la Oficina General de Informacion y Sistemas (OGIS) requiere el traslado de personal a fin de participar en el Curso Taller Macroregional Sur "Fuentes de Informacion para la Investigacion en Salud Herramientas para la publicacion de articulos en revistas cientificas indexadas en la Direccion Regional de Salud Arequipa", a fin de incrementar la produccion cientifica de las regiones y difundir la disponibilidad de importantes recursos de informacion que el Instituto Nacional de Salud a traves de su biblioteca virtual brinda a los trabajadores del sector salud; Que, estas actividades descritas, conforme se aprecia del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por D.S. Nº 001-2003-SA, se ejecutan a fin de dar cumplimiento a las funciones generales alli establecidas y que son de cumplimiento obligatorio; Que, resulta necesario senalar que mediante Comunicado Nº 002-2008 (PRE) de 18 de MORDAZA de 2008 sobre "Vigencia del Convenio MORDAZA de Agenciamiento de Pasajes Aereos Nacionales y Prestacion de Servicios Conexos", la Presidencia del CONSUCODE comunica que el Convenio MORDAZA ha sido renovado hasta el 29 de junio de 2008, autorizando a las entidades publicas a partir de la publicacion del comunicado, a iniciar las acciones correspondientes para convocar los procesos de seleccion que les permita atender aquellas necesidades programadas del 30 de junio de 2008 en adelante; y que el 12 de agosto de 2008 se efectuo la convocatoria del MORDAZA de seleccion correspondiente al Concurso Publico Nº 008-2008-OPE/INS, primera convocatoria para la contratacion del "Servicio de Pasajes Aereos Nacionales" por un monto de S/. 725,725.14 MORDAZA soles; Que, asimismo se precisa que en el presente caso la situacion de desabastecimiento inminente encuentra su origen en dos situaciones concurrentes, de un lado el excesivo retraso en la contratacion del Servicio de Pasajes Aereos Nacionales requeridos por los Centros Nacionales y Oficinas Generales y de otro lado, la necesidad de contar con el servicio, de manera inmediata debido al retraso incurrido y que compromete las labores propias de la Entidad razones que, ademas de todo lo senalado precedentemente hacen procedente la exoneracion requerida, con la determinacion de las responsabilidades a que hubiere lugar; Que, en tal sentido, recogiendo el informe tecnico de la Oficina Ejecutiva de Logistica y visto los

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