Norma Legal Oficial del día 23 de septiembre del año 2008 (23/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, martes 23 de setiembre de 2008

De conformidad con el articulo 20, Inc. 6) de la Ley Nº 27972 - Organica de Municipalidades, asi como articulos 3º y 8º de la Ley Nº 27806 - de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Secretario General de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, como funcionario responsable de brindar informacion solicitada en virtud a la Ley Nº 27806 - de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, cuyo Texto Unico Ordenado fue aprobado por Decreto Supremo Nº 0432003-PCM. Articulo Segundo.- DISPONER que todos los funcionarios de esta Entidad Municipal proporcionen, bajo responsabilidad, toda informacion que requiera el funcionario designado, dentro de los plazos legales y en condiciones que MORDAZA posible cumplir con su funcion encomendada. Articulo Tercero.- DEJAR sin efecto toda disposicion que se oponga a la presente. Registrese, comuniquese y cumplase. FREDDY S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 255223-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL MORDAZA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de profesional para la reformulacion del Expediente Tecnico del Mejoramiento a las Instalaciones del Hospital Juanjui
RESOLUCION DE ALCALDIA N° 335-2008 Juanjui, 8 de septiembre del 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL MORDAZA ­ JUANJUI VISTO: Visto en Sesion Ordinaria N° 018-2008, de fecha 08 de septiembre del presente ano, el Informe Nº 17-GMMPMC-J-2008, que contiene el Informe Tecnico Legal respecto a la documentacion que sustenta la exoneracion del MORDAZA de Seleccion por servicios personalisimos, lo cual permitira la Reformulacion de la Elaboracion del Expediente Tecnico del Mejoramiento de las Instalaciones del Hospital Juanjui"; CONSIDERANDO: Que, los Concejos Municipales, ejercen atribuciones de acuerdo a la Ley Organica de las Municipalidades, dentro de MORDAZA se enmarca el de aprobar y controlar los planes y proyectos de desarrollo local; Que, la Municipalidad Provincial de Mariscal CaceresJuanjui, celebro con fecha 7 de junio del 2008, un Convenio MORDAZA de Cooperacion Interinstitucional, para generar condiciones adecuadas, tendientes a mejorar la infraestructura de las instalaciones del Hospital de Juanjui.

Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 100-2008 de fecha 17 de MORDAZA del 2008, se acordo por unanimidad aprobar la Modificacion presupuestaria para el financiamiento con Recursos Determinados (FONCOMUN), para la Reformulacion del Expediente Tecnico del Mejoramiento de las Instalaciones del Hospital de Juanjui, cuyo financiamiento sera afectado de la obra presupuestada para su ejecucion del presente ano denominada "Electrificacion Rural localidad San MORDAZA km 33-Sion ­Distrito de Campanilla", senalando que se afectara hasta el monto de S/. 35,000.00 nuevos soles. Que, la Municipalidad Provincial de Mariscal MORDAZA, mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia 32-2007-MPMC-J, selecciono al proveedor para la elaboracion del Expediente Tecnico de la Obra, recayendo en la persona del Ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Chavez; el indicado profesional tiene amplia experiencia y total conocimiento de las gestiones y de la problematica que dieron lugar a que se reformule el Expediente Tecnico, situaciones que fueron ajenas a su compromiso contractual ya suscrito con la Municipalidad; Que, mediante Informe Tecnico Legal Nº 002-2008 AJ/MPMC-J, opina que si es viable la exoneracion de procesos de seleccion por servicios personalisimos; Que, el articulo 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senala como causal de Exoneracion de los procesos de seleccion, entre otros los SERVICIOS PERSONALISIMOS, cuando exista la necesidad de proveerse de servicios especializados profesionales, como se da en el presente caso que pone a consideracion el Gerente Municipal mediante su Informe Nº 17- GM-MPMC-J-2008; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 128-2008, se acordo por Mayoria; exonerar del MORDAZA selectivo por servicios personalisimos, por lo que se establece contratar los servicios profesionales del Ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien realizara con su experiencia y conocimiento el trabajo que conlleve a la Reformulacion del Expediente Tecnico del Mejoramiento a las Instalaciones del Hospital Juanjui". Y de conformidad a lo dispuesto en el Articulo 19, inciso f), Articulo 20 literal a), de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 0832004-PCM, modificado por la Ley 28267, concordante con el articulo 145 y 146 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM; y al MORDAZA de lo prescrito en el inciso 6) del Articulo 20° de la Ley Organica de las Municipalidades N° 27972 y las visaciones respectivas; SE RESUELVE

Articulo Primero.- EXONERAR del MORDAZA selectivo por servicios personalisimos, conforme lo normado al articulo 145 y 146 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM; por lo que se establece contratar los servicios profesionales del Ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien realizara con su experiencia y conocimiento el trabajo que conlleve a la Reformulacion del Expediente Tecnico del Mejoramiento a las Instalaciones del Hospital Juanjui". Articulo Segundo.- AUTORIZAR a la Oficina de Administracion y Finanzas, en coordinacion con el area usuaria se proceda a realizar la contratacion de los servicios profesionales del mencionado profesional que se detalla en el articulo primero, bajo los terminos que la ley lo establece. Articulo Tercero.- NOTIFICAR a la Gerencia Municipal, Oficina de Administracion y Finanzas, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, para conocimiento de lo dispuesto en la presente resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA HILDEBRANDT MORDAZA MORDAZA 254980-1

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