NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (23/09/2008)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 23 de setiembre de 2008 380104 por el plazo de tres meses el canje gratuito de licencias de funcionamiento para establecimientos comerciales, industriales, servicios profesionales y servicios en general, expedidas con fecha anterior a la entrada en vigencia de la indicada ordenanza; Que, el plazo de vigencia establecido en la Primera Disposición Transitoria de la Ordenanza Nº 117 ha sido prorrogado sucesivamente mediante Decreto de Alcaldía Nº 026 de fecha 31/10/2007, Decreto de Alcaldía Nº 004 de fecha 07/02/2008, Decreto de Alcaldía Nº 013 de fecha 12/05/2008 y Decreto de Alcaldía Nº 022 de fecha 21/07/2008, publicado este último el 25/07/2008; Que, mediante Informe Nº 600-08-SGFPE/GDE/MDSJL de fecha 08/09/2008 la Subgerencia de Formalización y Promoción Empresarial señala que estando próximo a vencerse la prórroga del plazo otorgado mediante Decreto de Alcaldía Nº 022 de fecha 21/07/2008 y teniendo en cuenta que en la fecha existen contribuyentes que aún no han efectuado el referido canje, considera que se hace necesario prorrogar nuevamente el señalado plazo por un periodo de 60 días calendario; Que, la Tercera Disposición Transitoria de la Ordenanza Nº 117 autoriza al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pueda ampliar los plazos señalados, así como para que dicte las disposiciones necesarias para su mejor cumplimiento; Estando a lo expuesto, con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica según Informe Nº 543-2008-GAJ/MSJL y lo dispuesto en el Art. 20º, numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero.- Prorrogar por sesenta (60) días calendario el plazo de vigencia establecido en la Primera Disposición Transitoria de la Ordenanza Nº 117 de fecha 18/07/2007, prorrogada mediante Decreto de Alcaldía Nº 022 de fecha 21/07/2008 publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 25/07/2008, para el canje gratuito de Licencias de Funcionamiento para establecimientos comerciales, industriales, servicios profesionales y servicios en general en el distrito de San Juan de Lurigancho expedidas en fecha anterior a la entrada en vigencia de la indicada Ordenanza. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente decreto a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Desarrollo Económico. Regístrese, comuníquese y cúmplase CARLOS JOSÉ BURGOS HORNA Alcalde 255255-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Sancionan con cese temporal a ex funcionarios de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 000332-2008-MDSJM-A San Juan de Mirafl ores, EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES: Visto, el Informe Nº 009-2008-MDSJM-CEPAD de fecha 15 de setiembre del 2008, emitido por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mirafl ores sobre AL INFORME LARGO - EXAMEN ESPECIAL A LA INFORMACIÓN PRESUPUESTARIA CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2006; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Carta Nº 070-2007-JAU-SJM de la Sociedad Auditora Jara Alva y Urquiza Contadores Públicos Sociedad Civil, de fecha 11 de Octubre del 2007, recepcionado con fecha 11 de Octubre del 2007, se remite a la Gerencia Municipal de la Municipalidad de San Juan de Mirafl ores, en cumplimiento de la cláusula sexta del Contrato de Locación de Servicios Profesionales lo siguiente: 3 ejemplares del Informe Corto, 3 ejemplares del Informe del Examen Especial de la Información Presupuestaria y 3 ejemplares del Informe Largo correspondientes al ejercicio 2006; Que, mediante, el Informe Nº 126-2007-GM/MDSJM, de fecha 16 de octubre del 2007, recepcionado con fecha 16 de octubre del 2007, se remite al Despacho de Alcaldía 1 ejemplar de Informe Corto, 1 ejemplar del Informe del Examen Especial de la Información Presupuestaria y 1 ejemplar del Informe Largo correspondientes al ejercicio fi scal 2006 concerniente al Examen Especial de la Sociedad Auditora Jara Alva y Urquiza Contadores Públicos Sociedad Civil, esto es para implementar las recomendaciones derivadas del informe de control y que los órganos conformantes del Sistema Nacional de Control efectúen el seguimiento a la implementación de las mismas; Que, mediante, el Memorandum Nº 157-2007-MDSJM- A, de fecha 17 de octubre del año en curso, recepcionado con fecha 18 de octubre del año en curso, la Alcaldía remite a la Gerencia Municipal el resultado del “Examen Especial de la Información Presupuestaria correspondiente al Ejercicio Fiscal 2006 para que se implementen las recomendaciones hechas por la Sociedad Auditora Jara Alva y Urquiza Contadores Públicos Sociedad Civil; Que, mediante Informe Nº 08-2008-CEPAD/MDSJM, del 27 de junio del 2008, la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, recomendó al Alcalde del Distrito de San Juan de Mirafl ores, instaurar proceso administrativo disciplinarios a los ex funcionarios comprendidos en el Informe Largo de la Sociedad Auditora Jara Alva y Urquiza Contadores Públicos Sociedad Civil; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 000302- 2008-MDSJM-A, del 06 de agosto del 2008, se resolvió Aperturar Proceso Administrativo Disciplinario, a los señores ALFONSO TORIBIO URBINA GALLESE – EX GERENTE DE ADMINISTRACION, MARIO MENDEZ GUTIERREZ – EX GERENTE DE ADMINISTRACION, ARMIDA HERRERA VERA – EX SUBGERENTE DE CONTABILIDAD, JUAN CARLOS MONTALVO FIGUEROA – EX GERENTE DE DESARROLLO URBANO, LUIS ALBERTO MEJIA LECCA – EX GERENTE DE RENTAS, WALTER OSWALDO BACA ORBEGOSO – EX SUBGERENTE DE ABASTECIMIENTOS, por las observaciones contenidas en el Informe Largo de la Sociedad Auditora Jara Alva y Urquiza Contadores Públicos Sociedad Civil, otorgándoles el plazo de cinco días para que puedan efectuar sus descargos; Que, antes de analizar cada uno de los descargos hechos por los ex funcionarios a cada una de las observaciones que contiene el Informe denominado “Examen Especial de Auditoría Externa a la Información Presupuestaria correspondiente al ejercicio fi scal 2006 realizada por la Sociedad de Auditoría JARA ALVA Y URQUIZA CONTADORES PUBLICOS, el cual fue materia de la apertura de proceso administrativo disciplinario mediante la Resolución de Alcaldía Nº 000302-2008-MDSJM-A, del 06 de Agosto del 2008, es necesario analizar la prescripción del proceso administrativo formulada por la ex funcionaria Armida Herrera Vera, conforme fl uye de su escrito de fecha 20 de Agosto del 2008, el mismo que se encuentra sustentado en los siguientes fundamentos: Estando a la documentación que obra en los actuados administrativos, se tiene que el Alcalde, como máxima autoridad de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mirafl ores, tomó conocimiento del acta de transferencia de 31.12.06; así como de las presuntas faltas, desde el 01.01.2007; por lo que, habiendo transcurrido con exceso el plazo de un año; contado a partir de la fecha de la Resolución de Alcaldía Nº 000302-2008-MDSJ-A de 06.08.08 por la que se me instaura proceso administrativo Descargado desde www.elperuano.com.pe