Norma Legal Oficial del día 25 de septiembre del año 2008 (25/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, jueves 25 de setiembre de 2008

NORMAS LEGALES
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asi como de los modelos de contrato de administracion y de las solicitudes de suscripcion, transferencia y rescate de cuotas en el plazo de quince (15) dias habiles siguientes de notificada la presente resolucion. Articulo 5º.- La presente resolucion entrara en vigencia a partir del dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 6º.- Disponer la difusion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA de CONASEV. Articulo 7º.- Transcribir la presente resolucion a Continental S.A. Sociedad Administradora de Fondos y al Banco Continental en su calidad de MORDAZA del fondo mutuo al que alude la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. RODNY MORDAZA VIA Director de Patrimonios Autonomos (e) 254022-1

y Alcantarillado de MORDAZA ­ SEDALORETO S.A., de determinacion de la Formula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestion para los proximos cinco anos, con lo cual se da inicio al procedimiento establecido en la Resolucion de Consejo Directivo N° 009-2007-SUNASS-CD. Articulo 2º.- Requerir a la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de Agua Potable y Alcantarillado de MORDAZA ­ SEDALORETO S.A., a fin de que dentro del plazo de diez (10) dias habiles siguientes de notificada la presente Resolucion, ejerza su derecho a solicitar la celebracion de una audiencia preliminar, con la finalidad de exponer al publico en general su propuesta de Formula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestion contenidas en su Plan Maestro Optimizado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SALARDI MORDAZA Gerente de Regulacion Tarifaria (e) 255546-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Admiten a tramite solicitud de SEDALORETO S.A. de determinacion de la Formula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestion
RESOLUCION DE GERENCIA DE REGULACION TARIFARIA Nº 007-2008-SUNASS-GRT MORDAZA, 22 de setiembre de 2008 VISTO: El oficio Nº 361 ­ 2008 ­ EPS SEDALORETO S.A.GG recibido el 28 de agosto de 2008, mediante el cual la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de Agua Potable y Alcantarillado de MORDAZA Sociedad Anonima ­ EPS SEDALORETO S.A. remitio a la SUNASS el Plan Maestro Optimizado a fin de cumplir con los requisitos de admisibilidad y procedencia conforme al Reglamento General de Tarifas. El oficio Nº 392 ­ 2008 ­ EPS SEDALORETO S.A.GG con fecha de recepcion 16 de setiembre de 2008, mediante el cual la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de Agua Potable y Alcantarillado de MORDAZA Sociedad Anonima ­ EPS SEDALORETO S.A. remitio a la SUNASS la documentacion adicional necesaria para dar inicio al tramite de aprobacion de la Formula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestion para el periodo comprendido entre los anos 2008-2013. CONSIDERANDO: Que, por Resolucion de Consejo Directivo N° 0092007-SUNASS-CD, se aprobo el "Reglamento General de Tarifas"; Que, se ha procedido a revisar el Plan Maestro Optimizado y la documentacion adjunta entregada por SEDALORETO S.A.; Que, conforme con el "Reglamento General de Tarifas" aprobado mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 0092007-SUNASS-CD, corresponde a la Gerencia de Regulacion Tarifaria una vez recibido el Plan Maestro Optimizado del solicitante, y verificado el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad y procedencia a que se refieren los articulos 18° y 19° del citado Reglamento, admitir a tramite el referido documento; En uso de las facultades conferidas por la Resolucion de Consejo Directivo N° 009-2007-SUNASS-CD; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Admitir a tramite la solicitud de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de Agua Potable

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Declaran de interes regional la difusion, capacitacion y observancia del Codigo de Etica de la Funcion Publica
ORDENANZA REGIONAL Nº 151-2008/GRP-CR El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura; POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en los Articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion - Ley Nº 27680; la Ley de Bases de la Descentralizacion - Ley Nº 27783; la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, sus modificatorias - Ley Nº 27902; Ley Nº 28013; Ley Nº 28926; Ley Nº 28961; Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053, y demas normas complementarias. CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion Nº 27680 y Le y Nº 28607, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por Ley Nº 27902, establece que los Gobiernos Regionales, a traves de sus organos de gobierno, dictan las normas pertinentes a traves de Ordenanzas Regionales, las mismas que MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; asimismo el articulo 60º establece las funciones del gobierno regional en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades, entre otras en su inciso d), proponer la participacion ciudadana en la planificacion, administracion y vigilancia de los programas de desarrollo e inversion social en sus diversas modalidades, brindando la asesoria y apoyo que requieran las organizaciones de base involucradas; Que, con Ley Nº 27815, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 13 de agosto del 2002, se aprueba el Codigo de Etica de la Funcion Publica, en donde se establecen los Principios de la Funcion Publica, como el respeto, probidad, eficiencia, idoneidad, veracidad, lealtad y obediencia, justicia y equidad, y lealtad al Estado de Derecho; asimismo los Deberes de la Funcion Publica, como la neutralidad, transparencia, discrecion, ejercicio adecuado del cargo, uso adecuado de los bienes del Estado, y responsabilidad; y las Prohibiciones eticas del servidor publico, como mantener intereses de conflicto, obtener ventajas indebidas, realizar actividades de proselitismo politico, hacer mal uso

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