Norma Legal Oficial del día 25 de septiembre del año 2008 (25/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, jueves 25 de setiembre de 2008

de informacion privilegiada, y presionar, amenazar y/o acosar; los mismos que rigen para los servidores publicos de las entidades de la Administracion Publica; Que, con Ley Nº 28496, publicada el 16 de MORDAZA del 2005, se modifica la Ley Nº 27815, Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica, en el numeral 4.1 del articulo 4º, en donde se senala que se considera como Empleado Publico, a todo funcionario o servidor de las entidades de la Administracion Publica, en cualquiera de los niveles jerarquicos sea este nombrado, contratado, designado, de confianza o MORDAZA que desempene actividades o funciones en nombre o al servicio del Estado; y asimismo el articulo 11º estableciendo que todo empleado publico, bajo responsabilidad, tiene el deber de comunicar, asi como la persona natural o juridica tiene el derecho de denunciar los actos contrarios a lo normado en el Codigo de Etica de la Funcion Publica, ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la entidad afectada o al organo que haga sus veces; Que, mediante Decreto Supremo Nº 033-2005-PCM, se aprueba el Reglamento de la Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica, senalando especificamente en su articulo 22º, la obligacion de difundir la Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica y su Reglamento, y la realizacion de campanas educativas sobre las sanciones para los servidores publicos que tengan practicas contrarias a los principios establecidos en el presente Codigo; Que, de conformidad con la obligacion MORDAZA mencionada, es necesario implementar estrategias que permitan la difusion del Codigo de Etica de la Funcion Publica, tanto en los empleados publicos, como en la ciudadania en general, para prevenir la comision de actos que vulneren lo senalado en la presente MORDAZA, y de esta forma lograr mayores niveles de eficiencia del aparato estatal; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad en Sesion Ordinaria Nº 09, de fecha 12 de setiembre del 2008, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de los Gobiernos Regionales y sus modificatorias; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA QUE DECLARA DE INTERES REGIONAL LA DIFUSION, CAPACITACION Y OBSERVANCIA DEL CODIGO DE ETICA DE LA FUNCION PUBLICA Articulo Primero.- Declarese de interes publico regional, la difusion, capacitacion y observancia del Codigo de Etica de la Funcion Publica, de conformidad a lo establecido en el articulo 22º del Decreto Supremo Nº 033-2005-PCM - Reglamento de la Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica. Articulo Segundo.- Encarguese a Gerencia General Regional, la elaboracion e implementacion de la estrategia y los lineamientos que permitan la difusion del Codigo de Etica de la Funcion Publica, tanto en los empleados publicos, como en la ciudadania en general, dentro del ambito de la jurisdiccion del Gobierno Regional MORDAZA, otorgandose un plazo de sesenta (60) dias, dando cuenta al Consejo Regional. Articulo Tercero.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los doce dias del mes de setiembre del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en MORDAZA, en la Sede del Gobierno Regional MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de setiembre del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional MORDAZA 255419-1

Rectifican distribucion de montos aprobados mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 453-2008/GRP-CR
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 476-2008/GRP-CR MORDAZA, 12 de setiembre de 2008 VISTOS:

- El Acuerdo de Consejo Regional N° 453-2008/GRPCR, de fecha 23 de MORDAZA de 2008; - El Oficio N° 2160-2008-EF/77.15, de fecha 16 de MORDAZA de 2008, la Direccion Nacional del Tesoro Publico del Ministerio de Economia y Finanzas; - El Informe Tecnico N° 1091-2008/GRP-440310, de fecha 12 de agosto de 2008, de la Direccion de Obras de la Gerencia Regional de Infraestructura, sobre modificacion de Presupuestos asignados a los proyectos de emergencia aprobados por el Consejo Regional; - El Informe Tecnico N° 589-2008/GRP-440000, de fecha 13 de agosto de 2008, de la Gerencia Regional de Infraestructura, sobre modificacion de los Presupuestos asignados a los proyectos de emergencia aprobados por el Consejo Regional; - El Informe Legal N° 1804-2008/GRP-460000, de fecha 14 de agosto de 2008, de la Oficina Regional de Asesoria Juridica, emitiendo opinion legal respecto a modificacion de los presupuestos asignados a los procesos de seleccion por emergencia; - El Informe Legal N° 1841-2008/GRP-460000, de fecha 20 de agosto de 2008, de la Oficina Regional de Asesoria Juridica, ampliando el informe respecto a rectificacion de los presupuestos asignados a procesos de emergencia; - El Acuerdo de Consejo Regional N° 471-2008/GRP-CR, de fecha 21 de agosto de 2008, que declaro, en Situacion de Emergencia el Servicio de Produccion y Abastecimiento de Agua Potable de las Provincias de Paita y Talara, debido al riesgo de colapso del Eje Paita ­ Talara; - El Acuerdo de Consejo Regional N° 472-2008/GRPCR, de fecha 21 de Agosto de 2008, mediante el cual se solicita se declare el Estado de Emergencia por desastres de origen natural, por espacio de sesenta (60) dias al Sistema de Produccion y Abastecimiento de agua potable Eje Paita ­ Talara; - El Acta de fecha 25 de Agosto de 2008, suscrito por el Gobierno Regional MORDAZA, Municipalidad Provincial de Paita, Municipalidad Provincial de Talara y EPS GRAU S.A. CONSIDERANDO: Que, el articulo 191° de la Constitucion Politica del Peru de 1993, modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion - Ley N° 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en su articulo 192° inciso 1) dispone que los gobiernos regionales son competentes para aprobar su organizacion interna y su presupuesto; Que, el inciso a. del articulo 15° de la Ley Organica de Gobiernos Regionales N° 27867, modificada por Ley N° 27902, senala como atribucion del Consejo Regional, el "aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional"; asimismo el articulo 39° establece que "los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decision de este organo sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interes publico, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional"; Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional N° 453-2008/ GRP-CR, aprobado en Sesion Extraordinaria N° 07-2008, de fecha 23 de MORDAZA de 2008, se declara, de conformidad al Decreto Supremo N° 016-2008-PCM, prorrogado con el Decreto Supremo N° 032-2008-PCM, y a los Articulos 19º y 22º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, concordante con el Articulo 142º del D.S. Nº 084-2004-PCM, modificado mediante D.S. Nº 137-2007-EF, la Exoneracion de los siguientes Procesos de Seleccion por Situacion de Emergencia: MORDAZA Etapa del Mantenimiento de ambientes del Hospital MORDAZA MORDAZA ­ MORDAZA, con un valor referencial de noventa y cuatro mil setecientos ocho y 62/100 nuevos soles (S/. 94,708.62); mantenimiento de

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