Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (25/09/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 38

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 25 de setiembre de 2008 380244 CONSIDERANDO: Que, se ha recibido invitación del Bank for International Settlements (BIS), para participar en el Second BIS Meeting of Head of Internal Audit from Latin American and Caribbean Central Banks, que se celebrará los días 9 y 10 octubre, en Santiago de Chile, Chile; Que, el Banco Central de Reserva del Perú tiene la responsabilidad de establecer, mantener y fortalecer una adecuada organización y estructura de su Órgano de Control Institucional, acorde con la misión institucional; Que, para el cumplimiento de la función del Órgano de Control Institucional de promover la correcta y transparente gestión de los recursos y bienes de la entidad, es necesario dotarle de los recursos necesarios para la ejecución de acciones y actividades de control; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y, estando a lo acordado en el Directorio en su sesión de fecha 28 de agosto de 2008; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la misión en el exterior del señor Carlos Ruiz Velazco, Supervisor Técnico de Auditoría de Procesos Operativos de la Gerencia de Auditoría, a la ciudad de Santiago de Chile, Chile, del 8 al 10 de octubre y al pago de los gastos, a fi n de participar en el certamen indicado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasaje US$ 581,74 Viáticos US$ 600,00Tarifa única de uso de Aeropuerto US$ 30,25 -------------------- TOTAL US$ 1211,99 Artículo 3º.- La Presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. JULIO VELARDE Presidente 255899-1 CONTRALORIA GENERAL Autorizan a procuradora iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comisión de delitos en agravio del Gobierno Regional de Arequipa RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 369-2008-CG Lima, 22 de setiembre de 2008VISTO, el Informe Especial Nº 204-2008-CG/ORAR- EE, resultante del Examen Especial efectuado al Gobierno Regional de Arequipa, por el período comprendido entre el 01 de enero y el 31 de diciembre del 2006; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República dispuso la ejecución de una acción de control al Gobierno Regional Arequipa, a fi n de evaluar la conformidad de los convenios suscritos con una empresa minera por donaciones realizadas a dicha entidad, la adecuada administración fi nanciero-presupuestaria de efectivo y materiales recibidos y, el cumplimiento de la normativa vigente a nivel de sus sistemas administrativos y operativos en la adquisición de bienes y contratación de servicios, así como en la ejecución de obras motivo de los convenios; Que, como resultado de la acción de control practicada, la Comisión Auditora ha evidenciado que el proyecto “Construcción Presa San José de Uzuña, Polobaya – Arequipa” de una capacidad de almacenamiento de 10 MMC, ilegalmente no fue considerado en el ejercicio presupuestario 2006, considerando en su lugar el proyecto “Construcción de la Presa de Tierra entre los Cerros Yanaorco y Paltaorco, Polobaya - Arequipa” de una capacidad de almacenamiento de sólo 1,8 MMC, omitiéndose además, respecto de este último, informar a los niveles respectivos el incremento considerable que tuvo el monto de su inversión; por otro lado, un funcionario de la entidad suscribió un convenio con la empresa minera para la fi nanciación de este proyecto aún cuando no era competente para tal acto; hechos que constituyen indicios razonables que hacen presumir la comisión de los delitos de Omisión, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales y Usurpación de Función Pública, previstos y penados en los artículos 377° y 361º del Código Penal; Que, asimismo, con la intención de que la aprobación del proyecto “Construcción de la Presa de Tierra entre los Cerros Yanaorco y Paltaorco, Polobaya - Arequipa” fuera dada por el Gobierno Regional de Arequipa y no por la Ofi cina General de Planifi cación Agraria del Ministerio de Agricultura, se indicó en los estudios de perfi l y de prefactibilidad un presupuesto de S/. 3,995,013,87; siendo que luego de conseguir su declaración de viabilidad, funcionarios de la entidad elaboraron y aprobaron expedientes técnicos que, además de las defi ciencias técnicas que contenían, señalaron un presupuesto de obra que superó en S/.8,023,573,86 al monto establecido en su declaración de viabilidad; habiéndose ejecutado a la fecha sólo una parte de dicho proyecto, que no guarda coherencia en los parámetros de la altura de presa y volumen del embalse, entre otros factores, perjudicando a los distritos de Polobaya, Yarabamba, Socabaya y Quequeña, que continúan careciendo de agua para sus sembríos; hechos que constituyen indicios razonables que hacen presumir la comisión del delito de Abuso de Autoridad, previsto y penado en el artículo 376° del Código Penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del artículo 22° de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos en que en la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico o presunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, y; De conformidad con lo establecido en el literal d) del artículo 22° de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y en representación del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndose para el efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 255524-1Descargado desde www.elperuano.com.pe