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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (27/09/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 70

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 27 de setiembre de 2008 380408 Artículo Cuarto.- DELEGAR la representación legal a la señora abogada PATRICIA DEL PILAR ESPICHÁN CUADROS, para que en nombre y representación de la Entidad pueda intervenir en los procedimientos administrativos, pudiendo para tal efecto suscribir, presentar e interponer toda clase de escritos y recursos que sean necesarios. Artículo Quinto.- DELEGAR en la señora abogada PATRICIA DEL PILAR ESPICHÁN CUADROS, las siguientes atribuciones y funciones del Titular del Pliego: a) Celebrar, suscribir, modifi car y/o resolver contratos con personas naturales y personas jurídicas, según sea el caso, en el marco de la normativa de contrataciones y adquisiciones del Estado. b) Celebrar, suscribir, modifi car y/o resolver contratos bajo el Régimen Especial de Contratos Administrativos de Servicios regulados por el Decreto Legislativo Nº 1057. c) Celebrar, suscribir, modifi car y/o resolver convenios y acuerdos con personas jurídicas nacionales en representación de la APCI, salvo los de cooperación técnica, que sean necesarios para el buen funcionamiento de la Entidad. d) Dar cumplimiento a las acciones que le correspondan, derivadas de los procesos administrativos disciplinarios relacionados al personal sujeto al Régimen Laboral del Decreto Legislativo N° 276. e) Expedir las Resoluciones de carácter administrativo que sean necesarias para el funcionamiento administrativo interno de la APCI. f) Las demás funciones o atribuciones que, en materia de gestión administrativa, permite el Reglamento de Organización y Funciones de la APCI aprobado por Decreto Supremo N° 028-2007-RE. g) Realizar todos aquellos actos referidos a la administración y ejecución de las diversas fases del proceso presupuestario contenidas en la normatividad presupuestal del Sistema Nacional de Presupuesto. h) Aprobar y/o ejecutar las acciones inherentes o relacionadas con los procesos de contrataciones y adquisiciones que efectué la APCI, que sean delegables, de conformidad con las normas vigentes de la materia. i) Delegar las facultades de representación de la Entidad ante cualquier autoridad policial o administrativa. j) Delegar las aprobaciones de calendarios de compromisos y sus ampliaciones de conformidad con la normativa presupuestal del Sistema Nacional de Presupuesto. Regístrese y comuníquese.CARLOS PANDO SANCHEZ Director Ejecutivo 256869-1 COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES Disponen inscribir acciones comunes con derecho a voto representativas del capital social de Conservera de las Américas S.A. en el Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN DIRECTORAL DE EMISORES Nº 119-2008-EF/94.06.3 Lima, 20 de agosto de 2008VISTOS:El expediente N° 2008023722 así como el Informe Interno N° 0613-2008-EF/94.06.3, del 19 de agosto de 2008, de la Dirección de Emisores;CONSIDERANDO: Que, Conservera de las Américas S.A. solicitó a la Bolsa de Valores de Lima S.A. el listado de las acciones comunes con derecho a voto representativas de su capital social, en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima, así como su inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores de CONASEV; Que, la Bolsa de Valores de Lima S.A. comunicó a CONASEV su decisión de admitir la solicitud de listado de las acciones comunes con derecho a voto representativas del capital social de Conservera de las Américas S.A., y de elevar el expediente a esta institución para los fi nes correspondientes; Que, la documentación presentada por Conservera de las Américas S.A. se encuentra acorde con lo dispuesto por el artículo 5 del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en la Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima y por el artículo 8 del Reglamento del Sistema MVNet; Que, el artículo 2, numeral 2, de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de CONASEV, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripción de los valores mobiliarios que pueden ser objeto de oferta pública en el Registro Público del Mercado de Valores, deben ser difundidas a través del Boletín de Normas Legales del Diario Ofi cial El Peruano y en la página de CONASEV en Internet; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 16 del Reglamento del Registro Público del Mercado de Valores y el artículo 36, literal c), del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores, que faculta a la Dirección de Emisores a disponer la inscripción de valores mobiliarios, previamente emitidos, en el Registro Público del Mercado de Valores y disponer los registros que correspondan. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Pronunciarse a favor del listado de las acciones comunes con derecho a voto representativas del capital social de Conservera de las Américas S.A. en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima. Artículo 2º.- Inscribir los valores señalados en el artículo anterior en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 3º.- La presente resolución debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página de CONASEV en Internet. Artículo 4º.- Transcribir la presente resolución a Conservera de las Américas S.A., a la Bolsa de Valores de Lima S.A. y a Cavali S.A. ICLV. Regístrese, comuníquese y publíquese.YVONKA HURTADO CRUZ Directora de EmisoresComisión Nacional Supervisora deEmpresas y Valores 242042-1 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN Nº 082-2008-INDECOPI/COD Mediante Carta Nº 267-2008/GEG-INDECOPI, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Nº 082-2008-INDECOPI/ Descargado desde www.elperuano.com.pe