NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (27/09/2008)
CANTIDAD DE PAGINAS: 96
TEXTO PAGINA: 77
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 27 de setiembre de 2008 380415 Artículo Segundo.- CONFORMAR, la Comisión Técnica, la misma que será propuesta por la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Apurímac, aprobada y ofi cializada mediante Resolución Ejecutiva Regional, con las atribuciones, prerrogativas, funciones y responsabilidades conferidas por Ley. Estará integrada por representantes del Gobierno Regional de Apurímac, profesionales de la salud, representantes de los Trabajadores del Sector Salud y del Ministerio de Salud. Artículo Tercero.- La Comisión Técnica, tendrá la facultad de implementar el proceso de Reestructuración y/o Adecuación, dispuesto en el Artículo Primero de la presente Ordenanza Regional sustentada en los considerandos, y las disposiciones legales vigentes, proponiendo la nueva Estructura Organizativa del Sector Salud en el ámbito de la Región de Apurímac, y elaborar los documentos de gestión institucional del reestructurado y/o adecuado órgano rector del Sector Salud de la Región Apurímac la DIRESA, con sede en la capital de la Región – Abancay; instrumentos de gestión que deberán ser elevados al Presidente del Gobierno Regional. Artículo Cuarto.- Los resultados del proceso de Reestructuración y/o Adecuación de la Estructura Orgánica del Sector Salud de la Región de Apurímac, serán presentados por la Comisión Técnica, ante un Comité Especial para que emitan su opinión, El Comité que será presidido por un representante del Gobierno Regional, e integrada por los siguientes representantes: uno de Foro del Acuerdo Regional de Apurímac, uno del Consejo Regional de Salud, uno de Defensoría del Pueblo de Apurímac, uno de los Colegios Profesionales de Apurímac (Colegio Médico de Apurímac - Consejo Regional XII de Apurímac, Colegio de Enfermeras de Apurímac, Colegio de Obstetrices de Apurímac), y un representante de los trabajadores del Sector Salud de Apurímac, debiendo ser constituido por Resolución Ejecutiva Regional. Artículo Quinto.- El Presidente del Gobierno Regional, de acuerdo a sus atribuciones, prerrogativas, funciones y responsabilidades conferidas por Ley, deberá aprobar la Estructura Orgánica del Sector Salud de la Región de Apurímac mediante Resolución Ejecutiva Regional. Artículo Sexto.- AUTORÍCESE, al Presidente del Gobierno Regional de Apurímac, adoptar las medidas administrativas más pertinentes a fi n de garantizar el cumplimiento de la presente ordenanza, así como, el fi nanciamiento con recursos ordinarios o de los provenientes de otras fuentes de fi nanciamiento que el titular considere pertinente, incluyendo honorarios del equipo técnico de apoyo. Artículo Séptimo.- DERÓGUESE, la Ordenanza Regional Nº 016-2008-CR-APURÍMAC, Acuerdos de Consejo Regionales y Resoluciones Ejecutivas Regionales, que se opongan a lo establecido en la presente Ordenanza Regional, que entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Artículo Octavo.- Póngase en conocimiento de la Gerencia General Regional y demás órganos y dependencias administrativas del Gobierno Regional de Apurímac, a fi n de que presten el apoyo pertinente a la Comisión Técnica encargada de hacer cumplir la presente Ordenanza Regional, así como del Ministerio de Salud. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- La Comisión Técnica al término del plazo establecido por la presente Ordenanza Regional, evacuará un informe fi nal al Despacho de la Presidencia Regional a fi n de que disponga la implementación de las conclusiones y recomendaciones arribadas. Segunda.- Para el cumplimiento del presente proceso de Reestructuración y/o Adecuación de la Estructura Orgánica del Sector Salud de la Región de Apurímac, las acciones administrativas que sean necesarias se realizarán con arreglo a Ley, cautelando los derechos fundamentales de los trabajadores y sin vulnerar el nivel profesional y remunerativo, legal y legítimamente adquirido. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Apurímac para su promulgación. En Abancay a los quince días del mes de agosto del año dos mil ocho. TEODOR HUARACA HUAMANÍ Presidente del Consejo Regional de Apurímac. AL SEÑOR PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.Dado en la sede central del Gobierno Regional de Apurímac, a los 4 días del mes de septiembre del año dos mil ocho. DAVID SALAZAR MOROTE PresidenteGobierno Regional de Apurímac 256748-1 GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA Autorizan al Presidente del Gobierno Regional Cajamarca realizar transferencia financiera para el cofinanciamiento de obras a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 077-2008-GR.CAJ-CR Cajamarca, 10 de setiembre de 2008El Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, en su Sesión Ordinaria de fecha 5 de setiembre del año 2008; VISTO Y DEBATIDO el Dictamen Nº 002-2008-GR.CAJ/COAJ-COP, evacuado por las Comisiones Ordinarias de Asuntos Jurídicos y Planeamiento, referente a autorizar al Presidente del Gobierno Regional Cajamarca, realizar la transferencia fi nanciera de DOCE MILLONES CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 12’000,000.00) a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el mejoramiento de la infraestructura vial correspondiente al tramo Hualgayoc — Bambamarca — Chota, con el voto mayoritario del Pleno; y, CONSIDERANDO:- Que, con Oficio Nº 506-2008-GR.CAJ/P, de fecha 26 de agosto de 2008, el Presidente Regional, Econ. Jesús Coronel Salirrosas, solicita al Consejero Delegado, Ing. Wilson Flores Castillo, que en el marco de la ejecución de la Carretera Hualgayoc-Bambamarca-Chota, el Pleno del Consejo Regional le autorice a firmar el convenio correspondiente con el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, debiéndose transferir DOCE MILLONES CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 12’000,000.00) por parte del Gobierno Regional a la entidad antes indicada; - Que, con Oficio N° 1243-2008-GR.CAJ- GRPPAT-SGPT, de fecha 25 de agosto de 2008, el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Eco. Wálter Ibáñez Juárez, comunica al Director Regional de Administración, Econ. Deyner D. Lescano Minchón, que la disponibilidad presupuestal está de acuerdo al siguiente detalle: Descargado desde www.elperuano.com.pe