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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (27/09/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 78

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 27 de setiembre de 2008 380416 PROYECTO PIM TOTAL 2008EJECUCIÓN JULIO 2008MONTO SOLICITADO “CARRETERA LONGITUDINAL” Fuente de Financiamiento:5 RECURSOS DETERMINADOS.Rubro: 18 CANON Y SOBRECANON, REGALÍAS, RENTA DE ADUANAS YPARTICIPACIONES.6.5.11.50: Obras por Contrata, Fuente de Financiamiento: 1 RECURSOS ORDINARIOS. Rubro: 00 RECURSOS ORDINARIOS.6.5.11.50: Obras por Contrata,8,199,092.000.00 3,800,908.000.000.00 0.008,199,092.00 3,800,908.00 12,000,000.00 En tal sentido emite informe favorable de disponibilidad presupuestal por el monto solicitado en dicha específi ca de gasto. De otro lado el mismo funcionario señala este informe no es base para la autorización o convalidación de actos, acciones o gastos que no se ciñan a la normatividad vigente. Con Ofi cio Nº 1300-2008-GR.CAJ-GRPPAT-SGPT, de fecha 3 de setiembre de 2008, dirigido al Presidente de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Ing. César Coronado Rivera, el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial emite opinión técnica sobre la procedencia de hacer transferencias fi nancieras para el cofi nanciamiento de obras con el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en tal sentido manifestó que el Gobierno Regional de Cajamarca, en el marco de lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, así como lo estipulado por el artículo 2° de la Ley N° 27867- Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, por lo que está facultado a efectuar transferencias fi nancieras de fondos públicos para cofi nanciar la ejecución de obras a otros Organismos Públicos, previo Acuerdo del Consejo Regional. Así mismo, la citada Ley señala que los Gobiernos Regionales tienen como competencia, entre otros, el de promover y ejecutar las inversiones públicas de ámbito regional en proyectos de infraestructura vial, energética, de comunicaciones y de servicios básicos en dicho ámbito, con estrategias de sostenibilidad, competitividad, oportunidades de inversión privada, dinamizar mercados y rentabilizar actividades. De lo señalado anteriormente y teniendo en cuenta el antecedente que sobre el particular ha emitido conformidad la Dirección Nacional del Presupuesto Público sobre transferencias similares del Gobierno Regional de Huancavelica, según Ofi cio N° 1268-2005-EF/76. 15, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial opina por la procedencia de la transferencia fi nanciera para cofi nanciamiento de obras a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; debiendo suscribirse el Convenio de cofi nanciamiento pertinente con dicha entidad; precisando que los recursos a transferirse deben ser aplicados exclusivamente para el mejoramiento de la infraestructura vial correspondiente al tramo Dv. Yanacocha — Bambamarca de la Carretera Desvío Yanacocha — Hualgayoc — Bambamarca — Chota. De igual manera, deberá cumplirse previamente con efectuar la modifi cación presupuestaria de la Genérica del Gasto 6.5 Inversiones a la 6.7 Otros Gastos de Capital . Finalmente, precisó que al especifi car en el Ofi cio N° 1243- 2008-GR.CAJ-GRPPAT-SGPT, que la opinión emitida “no es base para la autorización o convalidación de actos, acciones o gastos que no se ciñan a la normatividad vigente”, se refi ere a que pese a existir disponibilidad presupuestal ésta no debe ser utilizada en lo que la ley no lo permite y que en caso de incumplirla, la Gerencia a su cargo se exime de toda responsabilidad; - Que, con Ofi cio N° 708-GR.CAJ/DRAJ, de fecha 25 de agosto de 2008, el Director Regional de Asesoría Jurídica, Dr. Pedro Cerdán Urbina, hace de conocimiento del Gerente General Regional, Ing. Germán Estela Castro, que en mérito al CONVENIO MARCO DE COOPERACION INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES, EL GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA Y GOLD FIELDS S.A., suscrito el 7 de septiembre del año 2007, a través del cual las partes establecen como objeto establecer y desarrollar acciones orientadas a coadyuvar con la rehabilitación y mejoramiento de la infraestructura vial correspondiente al tramo Dv. Yanacocha - Bambamarca de la Carretera Desvío Yanacocha - Hualgayoc — Bambamarca - Chota, el Gobierno Regional de Cajamarca puede suscribir Convenios Específi cos orientados al cumplimiento de dicho objetivo específi co, así como a transferir los recursos fi nancieros a la Entidad Ejecutora del mismo, máxime si se tiene en cuenta que por parte del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, interviene PROVÍAS NACIONAL. De otro lado, mediante Ofi cio Nº 750-GR.CAJ/DRAJ, de fecha 2 de setiembre de 2008, dirigido al presidente de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Ing. César Coronado Rivera, emite opinión legal respecto a la transferencia fi nanciera de DOCE MILLONES CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 12’000,000.00), en los términos siguientes: 1) En principio, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 39°, numeral 39.1 literal b) de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, las Transferencias de Partidas, constituyen traslados de créditos presupuestarios entre Pliegos, cuyas modifi caciones presupuestarias en el Nivel Institucional, en caso de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, se aprueban por Acuerdo del Consejo Regional o Consejo Municipal, (numeral 39.2 del mismo artículo); en consecuencia, en el presente caso procede la transferencia de DOCE MILLONES CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 12’000,000.00) al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, previo Acuerdo de Consejo Regional; 2) El Convenio Específi co que alude la Cláusula Sétima del Convenio Marco, deviene como una consecuencia del Acuerdo de Consejo Regional, que aprueba la Transferencia de Partidas, no siendo competencia del Consejo Regional aprobar los términos de dicho Convenio Específi co ; 3) Por último, el monto objeto de la transferencia debe estar considerado dentro del Programa Anual de Inversiones 2009 del Gobierno Regional Cajamarca. Estando a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralización N° 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modifi cada por las Leyes Nºs. 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, aprobado por Ordenanza Regional Nº 004-2008-GRCAJ-CR; el Pleno del Consejo Regional acordó : Primero.- AUTORIZAR al Presidente del Gobierno Regional Cajamarca o a quien delegue, realizar la transferencia fi nanciera de DOCE MILLONES CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 12’000,000.00) para el cofi nanciamiento de obras a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; debiendo suscribirse el convenio de cofi nanciamiento pertinente con dicha entidad; precisando que los recursos a transferirse deben ser aplicados exclusivamente para el mejoramiento de la infraestructura vial correspondiente al tramo Hualgayoc — Bambamarca — Chota. Previamente deberá efectuarse la modifi cación presupuestaria del Gobierno Regional Cajamarca de la Genérica del Gasto 6.5 Inversiones a la 6.7 Otros Gastos de Capital. Segundo.- La aprobación de los términos del “CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL MINISTERIO DE TRANSPOR TES Y COMUNICACIONES, EL GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA Y GOLD FIELDS S.A.”, será de competencia del Presidente Regional. Tercero.- Las Comisión Ordinaria de Infraestructura fi scalizará la Ejecución del Proyecto correspondiente a los tramos Dv. Yanacocha — Hualgayoc y el tramo Hualgayoc — Bambamarca — Chota. Cuarto.- COMUNÍQUESE al Ministerio de Economía y Finanzas, Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Descargado desde www.elperuano.com.pe