NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (27/09/2008)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 27 de setiembre de 2008 380421 constatación que en las diferentes áreas del Gobierno Regional, se produce información relevante, sin embargo esta dispersa, no articulada; por ello con el Sistema de Información Regional se pretende articular y sistematizar la información relevante para el seguimiento y la toma de decisiones, así mismo que la información constituya un punto de apoyo para lograr el fortalecimiento de los procesos de planeamiento estratégico y de inversiones públicos, con una adecuada “estructura de la información” o “base de conocimiento” en el campo económico, social y ambiental. Que, el SIR permitirá coadyuvar a resolver la desarticulación y poco homogeneidad de la información, por lo que con el Sistema de Información Regional las diferentes dependencias gerencias, subgerencias y proyectos contarán con lineamientos para el desarrollo y el manejo de la información en su jurisdicción; además se resolverá la débil articulación y cooperación interinstitucional para tratar temas transversales que apoyen el desarrollo regional, lo que ha evidenciado una duplicidad de esfuerzos y una pobre contribución a la toma de decisiones, con el Sistema de Información Regional se propone la integración de la información bajo un mismo sistema. Que mediante Decreto Ley Nº 21372 se crea el Sistema Estadístico Nacional, y con Decreto Legislativo Nº 604 inc c) Art. 9º, establece que son funciones del Instituto Nacional de Estadística, normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimientos, técnicas, estadísticas utilizadas por los Órganos del Sistema Estadístico Nacional. De conformidad con la Constitución Política del Perú de 1993, y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por el Artículo 37° y Artículo 38° de la Ley Orgánica de Gobierno Regionales N° 27867 y su modifi catoria Ley N° 27902 y Ley N° 28968 y, estando a lo acordado; Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: Artículo Primero.- APROBAR la creación del Sistema de Información Regional en la Circunscripción Territorial del Gobierno Regional de La Libertad; que en adelante se denominara SIR – GRLL. Articulo Segundo.- DE LOS MIEMBROS.- están comprendidos como miembros del SIR en los alcances de la presente ordenanza todas las dependencias del Gobierno Regional La Libertad. Podrán incorporarse al SIR-GRLL, vía convenio, los Gobiernos Locales, Organizacionales Descentralizadas del Gobierno Nacional, Universidades, Sociedad Civil y Empresas Privadas. Los miembros del SIR-GRLL acreditarán un representante ante el Gobierno Regional de La Libertad. Artículo Tercero.- CONSTITUIR el Comité Técnico del SIR-GRLL el cual estará conformado por: Un representante de CERPLAN, que lo presidirá. Un representante de la Gerencia General Regional. Un representante de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. Un representante del INEI. Un representante del BCR. Un representante de ESSALUD. Un representante de los Gobiernos Locales de la Costa. Un representante de los Gobiernos Locales de la Sierra. Un representante del Proyecto Especial CHAVIMOCHIC. Un representante de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo. Un representante de la Cámara de Comercio y producción La Libertad. Un representante de la Universidad Nacional de la Libertad. Un representante de las Universidades Privadas de la Región La Libertad. Artículo Cuarto.- FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL COMITÉ TÉCNICO.- El Comité Técnico del SIR – GRLL, tiene las siguientes funciones: Proponer lineamientos y estrategias consensuadas que orienten la recopilación, producción y difusión de la información en la región, apoyándose en las normas estándares nacionales e internacionales. Proponer lineamientos para armonizar los sistemas de información de cada dependencia y asegurar el fl ujo de datos entre ellas. Promover la mejora en la capacidad de gestión de la información en los integrantes del SIR-GRLL. Artículo Quinto.- DISPONER a la Sub Gerencia de Tecnología de Información, la elaboración del Software para el diseño del sistema informático y su correspondiente colocación en la página Web regional. Articulo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento , Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, por intermedio de la Sub Gerencia de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial, el manejo de la información geo referenciada; y encargar al Centro de Planeamiento Estratégico – CERPLAN, la recepción de la información técnica, estadística y documental de las dependencias del Gobierno Regional La Libertad y demás miembros acreditados. Artículo Sétimo.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. DISPOSICION UNICA COMPLEMENTARIA.- El Gobierno Regional La Libertad a través del CERPLAN determinará el proceso de selección para la designación de los representantes del Comité Técnico del SIR – GRLL, dentro del plazo de 60 días de instalado, el Comité Técnico en coordinación con el CERPLAN elaborará el Reglamento de la presente Ordenanza Regional donde se establecerán los fi nes y objetivos específi cos y generales, la estructura orgánica, determinando la actuación de las dependencias del Gobierno Regional que coadyuven a la viabilidad y sostenibilidad del SIR y demás regulación sustantiva, teniendo como referencia el estudio técnico elaborado por el CERPLAN, anexo a la presente ordenanza que consta de 35 folios. Comuníquese al señor Presidente Regional del Gobierno Regional La Libertad para su promulgación. En Trujillo, el día uno del mes de Julio del año dos mil ocho. CARLOS ANTONIO ALVAREZ CHAVEZ Consejero DelegadoConsejo Regional La Libertad AL SEÑOR PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.Dado en la Sede del Gobierno Regional La Libertad el día uno del mes de Julio del año dos mil ocho. JOSÉ H. MURGIA ZANNIER Presidente Regional 256607-3 Declaran al distrito de Cascas “Capital de la Uva y el Vino” y reconocen a las festividades como “Fiesta Regional de la Vendimia” ORDENANZA REGIONAL Nº 019-2008-GR-LL/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD POR CUANTO:EL CONSEJO REGIONAL LA LIBERTADDescargado desde www.elperuano.com.pe