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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (27/09/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 54

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 27 de setiembre de 2008 380392 Básico de Justicia de Tarma, Distrito Judicial de Junín; por los fundamentos de la propuesta formulada por la Jefatura de la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, obrante de fojas cuarenta y cuatro a cuarenta y siete; y CONSIDERANDO: Primero: Que, a la servidora investigada se le atribuye no haber entregado escritos y demandas recibidas en su condición de encargada de realizar tal labor en el Módulo Básico de Justicia de Tarma, Distrito Judicial de Junín, los que habían sido recibidas los días veintiocho de junio y uno de julio de dos mil cinco, sin dar cuenta de ellos a la Administradora del referido Módulo; Segundo: Que, pese a estar debidamente notifi cada con el inicio de la investigación a efectos de que realice sus descargos correspondientes, como aparece a fojas veintiséis, la encausada no lo hizo, por lo que el procedimiento se siguió en su rebeldía, encontrándose el mismo saneado al haberse respetado el principio del contradictorio que debe imperar en este tipo de procedimientos; Tercero: Que, emitiendo pronunciamiento sobre el fondo del asunto, se observa que la servidora judicial Gaudencia Ventosilla Zevallos puso en conocimiento de la Administradora del Módulo Básico de justicia de Tarma que la investigada Agüero Mauricio, encargada de la atención de la ventanilla número uno, no había entregado los escritos y demandas recibidas los días veintiocho de junio y uno de julio de dos mil cinco, correspondientes al segundo corte de atención al público (entre la una y las cinco de la tarde), como se corrobora del informe de fojas once, para lo cual acompañó los reportes de ingresos de escritos y demandas corrientes de fojas uno a nueve, con las correspondientes observaciones a la documentación faltante; Cuarto: Aunado a lo expuesto es del caso tener cuenta que en la Queja ODICMA Nº 105-2006-Junín la Jefatura de la Ofi cina de Control de la Magistratura también ha propuesto la medida disciplinaria de destitución de la servidora investigada, lo cual implica que es proclive a incurrir reiteradamente en las irregularidades que originaron el presente procedimiento administrativo disciplinario; Quinto: Que, tales irregularidades revisten suma gravedad, habida cuenta que no resulta admisible bajo ningún punto de vista que un servidor judicial que está encargado de recibir y custodiar los documentos que presentan los litigantes en las Mesas de Partes, no los entregue a los responsables de su distribución, para el trámite correspondiente; por tanto, el hecho que aquí se cuestiona y sanciona es el incumplimiento de entregar los documentos recibidos a la Administradora del Módulo Básico de Justicia de Tarma o al responsable de su distribución, sin dar cuenta de su destino, comportamiento que denota notoria conducta irregular que atenta gravemente contra la respetabilidad del Poder Judicial, comprometiendo el cargo y desmereciéndolo en el concepto público, por lo que corresponde imponer la máxima sanción prevista por ley, conforme lo establecen los artículos doscientos uno, inciso seis, y doscientos once del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones que le confi ere el artículo ciento seis del mencionado texto legal, en sesión ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe emitido por el señor Consejero Javier Román Santisteban, sin la intervención de los señores Francisco Távara Córdova por haber emitido pronunciamiento como Jefe de la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, y Sonia Torre Muñoz por encontrarse de vacaciones, por unanimidad, RESUELVE: Imponer la medida disciplinaria deDestitución a doña Isabel María Agüero Mauricio, en su actuación como Asistente Judicial del Centro de Distribución General del Módulo Básico de Justicia de Tarma, Distrito Judicial de Junín.- Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS.ANTONIO PAJARES PAREDESJAVIER ROMÁN SANTISTEBANWALTER COTRINA MIÑANOLUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ 257633-3CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Designan Vocal Provisional de la Quinta Sala Civil de Lima, Juez Provisional del 58º Juzgado Civil de Lima y Juez Suplente del 4º Juzgado de Paz Letrado de La Victoria CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 361-2008-P-CSJL/PJ Lima, 26 de Septiembre de 2008 VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, la señora doctora María Elena Palomino Thompson, Vocal Titular de la Quinta Sala Civil, requiere licencia con goce de haber por motivos de salud desde la fecha hasta el 15 de octubre de los corrientes. Que, estando a lo expuesto, y a fi n de no alterar el normal desarrollo de las labores jurisdiccionales en el interior de la Quinta Sala Civil, resulta necesario proceder con la designación del Magistrado que completará el Colegiado mencionado, en tanto perdure la licencia concedida. Por lo que, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3° y 9° del artículo 90° de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al doctor JUAN FIDEL TORRES TASSO, Juez Titular del 58º Juzgado Civil de Lima, como Vocal Provisional de la Quinta Sala Civil de Lima, desde el 26 de septiembre hasta el 15 de octubre de los corrientes. Artículo Segundo.- DESIGNAR a la doctora PILAR MERCEDES CRISÓSTOMO ARANGO, Juez Titular del 4º Juzgado de Paz Letrado de La Victoria, como Juez Provisional del 58º Juzgado Civil de Lima, desde el 29 de septiembre hasta el 15 de octubre de los corrientes. Artículo Tercero.- DESIGNAR a la doctora NIDIA EMILIA ESPINOZA VALVERDE, como Juez Suplente del 4º Juzgado de Paz Letrado de La Victoria, desde el 29 de septiembre hasta el 15 de octubre de los corrientes. Artículo Cuarto.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Ofi cina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General, Supervisión de Personal del Poder Judicial, Fiscalía de la Nación, Ofi cina de Administración Distrital y de las personas mencionadas para los fi nes correspondientes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.ÁNGEL HENRY ROMERO DÍAZ Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 257712-1 ORGANISMOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Autorizan viaje de funcionarios a Uruguay para participar en la XLIX Reunión de la Comisión Asesora de Asuntos Financieros y Monetarios de la ALADI RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO N° 047-2008-BCRP Lima, 25 de septiembre de 2008Descargado desde www.elperuano.com.pe