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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (27/09/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 56

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 27 de setiembre de 2008 380394 de Benefi cencia Pública de Lambayeque, departamento de Lambayeque, por el período comprendido entre ENE.2003 a DIC.2005, considerando hechos anteriores al citado período; y, CONSIDERANDO:Que, la Contraloría General de la República efectuó un Examen Especial en la Sociedad de Benefi cencia Pública de Lambayeque, a fi n de determinar si los recursos fi nancieros y patrimoniales fueron utilizados adecuadamente, en concordancia con los objetivos de la entidad y de acuerdo a la normativa vigente; Que, como resultado de la acción de control practicada, la Comisión Auditora ha determinado que durante el período SET.2001 – AGO.2005, funcionarios de la Sociedad de Benefi cencia Pública autorizaron el pago del bono por concepto de “Percepción Mensual de Alimentos” con importes mayores al establecido por Acuerdo de Directorio y Resolución que reguló el mismo, ocasionando perjuicio económico a la entidad, por un monto ascendente a S/. 28 580,30; hechos que constituyen indicios razonables que hacen presumir la comisión del delito de Peculado, previsto y penado en el artículo 387º del Código Penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Organismo Superior de Control disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos que, en la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico o presunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modifi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a la señora Procuradora Pública encargada de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndose para el efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 257016-2 Autorizan a procuradora iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comisión de delitos en agravio de la Municipalidad Distrital de Cayaltí RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 374-2008-CG Lima, 25 de setiembre de 2008VISTO, el Informe Especial Nº 207-2008-CG/ORCH- EE resultante del Examen Especial practicado a la Municipalidad Distrital de Cayaltí, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, período enero 2003 – diciembre 2006; y, CONSIDERANDO:Que, el Examen Especial a la Municipalidad Distrital de Cayaltí se realizó por disposición de la Contraloría General de la República, con la fi nalidad de determinar si los recursos municipales relacionados con la ejecución de obras públicas y la adquisición de bienes y servicios, se ejecutaron conforme a lo establecido en la normativa vigente; Que, como consecuencia de la mencionada acción de control, la Comisión Auditora ha determinado que se efectuaron desembolsos a nombre de personal del Ejército Peruano, sin la debida suscripción de un convenio que respalde la ejecución de dichos egresos, y sin contar con evidencia técnica ni administrativa que acredite la ejecución de los trabajos realizados, ocasionando que se hayan utilizado recursos por la suma de S/. 52 770,00 por supuesta utilización de maquinaria, monto que constituye perjuicio económico a la citada Municipalidad; siendo que los egresos han sido sustentados con comprobantes de pago y recibos de egresos con fi rmas falsifi cadas; hechos que hacen presumir la existencia de indicios razonables de comisión de los delitos de Peculado y Falsifi cación de Documentos, previstos y penados por los artículos 387º y 427º del Código Penal, respectivamente. Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos en que en la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico o presunción de ilícito penal, correspondiendo en tal sentido, autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con el literal d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modifi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a la señora Procuradora Pública encargada de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y en representación del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndose para el efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 257016-3 Autorizan a procuradora iniciar acciones legales contra presuntos responsables de ocasionar perjuicio económico al Gobierno Regional Huancavelica RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 375-2008-CG Lima, 25 de setiembre de 2008Visto, el Informe Especial Nº 208-2008-CG/ZC-EE, resultante del Examen Especial efectuado al Gobierno Regional Huancavelica, ubicada en la provincia de Huancayo, durante el período Enero 2003 – Diciembre 2004; y, CONSIDERANDO:Que, la Contraloría General de la República efectuó un Examen Especial no programado orientado a evaluar el resultado del cumplimiento de la normativa vigente a nivel de sus sistemas administrativos y operativos, así como a la verifi cación de las denuncias presentadas por supuestos Descargado desde www.elperuano.com.pe