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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 7 de abril de 2009 393954 VISTOS: El Informe Nº 7-2009-DVMPEMPE/CP- OAF-UC del 13 enero de 2009, de la Jefa de la Unidad de Contabilidad del Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”; el Memorando Nº 010- 2009-DVMPEMPE/CP-OAF del 13 de enero de 2009, de la Jefa de la Ofi cina de Administración y Finanzas del Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”; el Informe Nº 069-2009- DVMPEMPE/CP-USP del 10 de febrero de 2009, de la Jefa de la Unidad de Supervisión de Proyectos del Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”; el Informe Nº 061-2009- DVMPEMPE/CP-OPP del 24 de febrero de 2009, del Jefe (e) de la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto del Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”; el Informe Legal Nº 107-2009- DVMPEMPE/CP-UAL del 19 de marzo de 2009, del Jefe (e) de la Ofi cina de Asesoría Legal del Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”; y el Ofi cio Nº 228-2009-MTPE/3/14.120 del 23 de marzo de 2009, del Director Nacional del Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29035 - Ley que autoriza un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 y Dicta otras medidas, establece en su Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Disposición Final, que el Programa de Emergencia Social Productivo Urbano “A Trabajar Urbano” creado mediante Decreto de Urgencia Nº 130-2001 como Unidad Ejecutora del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, tiene autonomía administrativa, fi nanciera y presupuestal, siendo su objetivo la generación de ingresos temporales y el desarrollo de capacidades para la población desempleada de las áreas urbanas y rurales favoreciendo prioritariamente a aquellas con menores niveles de ingreso económico, en situación de pobreza y extrema pobreza; y en adelante, de conformidad con su ámbito y alcance, se denominará Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú” (en adelante el programa); Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 130-2001, los objetivos del programa se lograrán a través del fi nanciamiento de proyectos de obras y servicios intensivos en mano de obra, presentados por los pobladores a quienes se dirige el programa, así como también, entre otros, por las entidades privadas organizadas de éstos, el cual será aprobado por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo conforme a los criterios de focalización y selección que el sector establezca; Que, según lo mencionado precedentemente, el programa efectúa transferencias fi nancieras a diversos organismos ejecutores que tienen proyectos de obras y servicios intensivos de mano de obra aprobados; Que el artículo 3º de la Resolución Ministerial Nº 105-2008- TR del 9 de abril de 2008, que aprueba “Disposiciones para la tramitación de las transferencias fi nancieras que realiza el programa a favor de entidades privadas”, establece que serán aprobadas por resolución ministerial aquellas transferencias fi nancieras correspondientes a proyectos de obras o servicios cuyo fi nanciamiento individual respecto al rubro “otros” o de la bonifi cación económica por formulación de proyectos sea igual o superior a las diez (10) unidades impositivas tributarias; Que, mediante Resoluciones Ministeriales Nºs. 108, 143 y 295-298-TR del 17 de abril, 27 de mayo y 18 de setiembre de 2008, respectivamente, se aprobaron transferencias fi nancieras a favor de Organismos Ejecutores del sector privado, señalados en sus respectivos anexos, correspondientes a las Convocatorias a Concursos de Proyectos Regulares 2008 – I y 2008 – II; Que, mediante el Informe Nº 07-2009-DVMPEMPE/ CP-OAF-UC del 13 de enero de 2009, la Jefa de la Unidad de Contabilidad del Programa indica que existen convenios correspondientes a las Convocatorias a Concursos de Proyectos Regulares 2008 – I y 2008 – II, cuyas transferencias fueron autorizadas mediante las Resoluciones Ministeriales señaladas en el considerando precedente, con saldos pendientes de desembolso, los cuales no han sido solicitados hasta el 31 de diciembre de 2008, debiendo realizarse los trámites correspondientes a fi n de autorizar las transferencias fi nancieras de los referidos saldos con presupuesto del ejercicio 2009; Que, mediante Informe Nº 069-2009-DVMPEMPE/ CP-USP del 10 de febrero de 2009, la Jefa de la Unidad de Supervisión de Proyectos del Programa, solicitó la tramitación de la respectiva resolución que permita realizar los desembolsos a los Organismos Ejecutores del sector privado, correspondientes a las Convocatorias a Concurso de Proyectos Regulares 2008 – I y 2008 – II, por un monto de S/. 3 876 628,02 (Tres millones ochocientos setenta y seis mil seiscientos veintiocho y 02/100 nuevos soles); Que, por Resolución Jefatural Nº 005-2009-DVMPEMPE/ CP-OAF del 19 de febrero de 2009, la Jefa de la Ofi cina de Administración y Finanzas del Programa reconoció a favor de diversos Organismos Ejecutores del sector privado la deuda pendiente de pago por una suma total de S/. 3 876 628,02 (Tres millones ochocientos setenta y seis mil seiscientos veintiocho y 02/100 nuevos soles); Que, mediante Informe Nº 061-2009-DVMPEMPE/ CP-OPP de fecha 24 de febrero de 2009, el Jefe (e) de la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto señaló que de los S/. 3 876 628,02 (Tres millones ochocientos setenta y seis mil seiscientos veintiocho y 02/100 nuevos soles), la suma de S/. 2 939 181, 15 (Dos millones novecientos treinta y nueve mil ciento ochenta y uno y 15/100 nuevos soles) correspondía a transferencias autorizadas mediante Resolución Directoral y la suma S/. 937 446,87 (Novecientos treinta y siete mil cuatrocientos cuarenta y seis y 87/100 nuevos soles) correspondía a transferencias fi nancieras autorizadas por Resolución Ministerial; Que, mediante Resolución Directoral Nº 017- 2009-DVMPEMPE/CP del 27 de febrero de 2009, se dejó sin efecto las Resoluciones Directorales Nº 063, Nº 083 y Nº 123-2008-DVMPEMPE/CP, en el extremo que autorizaron las transferencias financieras a los Organismos Ejecutores del sector privado señalados en los anexos de las mismas; así como aprobó la transferencia financiera del Programa por un monto de S/. 2 939 181, 15 (Dos millones novecientos treinta y nueve mil ciento ochenta y uno y 15/100 nuevos soles) a favor de los referidos Organismos Ejecutores del sector privado; Que, en atención a las consideraciones expuestas, resulta necesario dejar sin efecto las Resoluciones Ministeriales Nºs. 108, 143 y 295-2008-TR, en el extremo del monto no ejecutado correspondiente a las transferencias fi nancieras a favor de los Organismos Ejecutores del sector privado detallados en el anexo de la presente Resolución Ministerial; así como aprobar la transferencia fi nanciera por un monto de S/. 937 446,87 (Novecientos Treinta y Siete Mil Cuatrocientos Cuarenta y Seis y 87/100 Nuevos Soles) a favor de Organismos Ejecutores del sector privado, correspondientes a las Convocatorias a Concurso de Proyectos Regulares 2008 – I y 2008 –II, a los que se hacen referencia en el referido anexo; Con las visaciones del Director Nacional, del Secretario Ejecutivo y del Jefe de la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto del Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”, y del Director General de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8º de la Ley Nº 27711 - Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el inciso d) del artículo 12º de su Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR y sus modifi catorias; y la Resolución Ministerial Nº 105-2008-TR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto las Resoluciones Ministeriales Nºs. 108, 143 y 295-2008-TR de fechas