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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE ABRIL DEL AÑO 2009 (07/04/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 5

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 7 de abril de 2009 393947 “Artículo 4º.- Funciones El Grupo de Trabajo realizará las siguientes funciones: (….) e) Promover el fi nanciamiento de proyectos de inversión productiva agraria en coordinación con el Ministerio de Agricultura. (…) h) Coordinar sus acuerdos con los diferentes Sectores y el Ministerio de Agricultura. (…).” Regístrese, comuníquese y publíquese. YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros 333719-2 Disponen la inscripción de la Mancomunidad Municipal “Por las Rutas de Integración de Lonccos y Puquinas” en el Registro de Mancomunidades Municipales RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 021-2009-PCM/SD Lima, 1 de abril de 2009 VISTOS: La solicitud de fecha 09 de marzo de 2009, Informe Técnico de Viabilidad de la Mancomunidad Municipal “Por las Rutas de Integración de Lonccos y Puquinas”, Acuerdo de Concejo Nº 045-2008-MPGSCO, de la Municipalidad Provincial de General Sánchez Cerro, Acuerdo de Concejo Nº 003-2008-MDQ, de la Municipalidad Distrital de Quinistaquillas, Acuerdo de Concejo Nº 045-2008-MDLC, de la Municipalidad Distrital de La Capilla, Acuerdo de Concejo Nº 011-2008/MDC, de la Municipalidad Distrital de Coalaque, Acuerdo de Concejo Nº 0128-2008-MDU, de la Municipalidad Distrital de Ubinas, Acuerdo de Concejo Nº 046-2008-MDY, de la Municipalidad Distrital de Yunga, Acuerdo de Concejo Nº 0187-2008/MDI/OA, de la Municipalidad Distrital de Ichuña, Acuerdo de Concejo Nº 0021-2008, de la Municipalidad Distrital de Lloque, Acuerdo de Concejo Nº 112-2008-MDM, de la Municipalidad Distrital de Matalaque, Acuerdo de Concejo Nº 012-2008/MDCH, de la Municipalidad Distrital de Chojata, Acuerdo de Concejo Nº 031-2008-MDSJT, de la Municipalidad Distrital de San Juan de Tarucani, Acuerdo de Concejo Nº 082-2008-MDCHA, de la Municipalidad Distrital de Chiguata, Acuerdo de Concejo Nº 009-2008- MDM, de la Municipalidad Distrital de Mollebaya, Acuerdo de Concejo Nº 180-2008-MDVQ/CM, de la Municipalidad Distrital de Quequeña, Acuerdo de Concejo Nº 005-2008- MDP, de la Municipalidad Distrital de Pocsi, Acuerdo de Concejo Nº 082-2008/MDP, de la Municipalidad Distrital de Polobaya, Acuerdo de Concejo Nº 093-2008-MDVY, de la Municipalidad Distrital de Yarabamba, Acta de Sesión Ordinaria Nº 014-2008 MDP/GSC/M de fecha 30 de diciembre de 2008, de la Municipalidad Distrital de Puquina, Testimonio de Escritura Pública expedido por Notario Público de Arequipa, que contiene el Acta de Constitución de la Mancomunidad Municipal “Por las Rutas de Integración de Lonccos y Puquinas”, la elección de su primer Consejo Directivo y sus estatutos; y el Informe Nº 005- 2009-PCM/SD-OGI-NCHL. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, en el artículo 2º, defi ne a ésta como el acuerdo de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la fi nalidad de prestación conjunta de servicios y ejecución de obras, promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 29029 establece que la Mancomunidad Municipal tiene personería jurídica propia y aprueba su estatuto conforme a las normas del Código Civil, debiendo señalar su domicilio, ámbito territorial, objeto y funciones, órganos directivos, recursos, plazo de duración, reglas de disposición de bienes en caso de disolución y otras condiciones necesarias para su funcionamiento; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 016-2008- PCM, se dispuso abrir el Registro de Mancomunidades Municipales y aprobar su reglamento, estableciéndose los requisitos para la inscripción de éstas; Que, mediante la solicitud de vistos, los señores alcaldes de la Municipalidad Provincial de General Sánchez Cerro, de las municipalidades distritales de Quinistaquillas, La Capilla, Coalaque, Puquina, Ubinas, Yunga, Ichuña, Lloque, Matalaque, y Chojata, ubicadas en la provincia de General Sánchez Cerro, departamento de Moquegua, y de las municipalidades distritales de San Juan de Tarucani, Chiguata, Mollebaya, Quequeña, Pocsi, Polobaya y Yarabamba, ubicadas en la provincia de Arequipa, departamento del mismo nombre, solicitan la inscripción de la Mancomunidad Municipal “Por las Rutas de Integración de Lonccos y Puquinas”, en el Registro de Mancomunidades Municipales; Que, el Informe Técnico de Viabilidad, aprobado por las municipalidades provincial y distritales referidas, contiene el diagnóstico de la provincia y distritos ubicados en el ámbito territorial de la mancomunidad, aspecto legal, datos generales a nivel demográfi co y social: salud, saneamiento, educación y pobreza, ubicación geográfi ca, análisis de potencialidades, actividades agrícolas y productivas, información sobre la infraestructura vial de los distritos cuyas municipalidades conforman la mancomunidad; así como las estrategias y nivel de articulación en materia vial, potencial turístico y utilidad de la mancomunidad municipal, propuesta de estructura, aliados, objetivos y recomendaciones para la constitución y formalización de la mancomunidad municipal; que en su conjunto justifi ca la viabilidad para la constitución de la Mancomunidad Municipal “Por las Rutas de Integración de Lonccos y Puquinas”; Que, por los Acuerdos de Concejo Municipal de vistos, la Municipalidad Provincial de General Sánchez Cerro, las municipalidades distritales de Quinistaquillas, La Capilla, Coalaque, Puquina, Ubinas, Yunga, Ichuña, Lloque, Matalaque, y Chojata, ubicadas en la provincia de General Sánchez Cerro, departamento de Moquegua, y las municipalidades distritales de San Juan de Tarucani, Chiguata, Mollebaya, Quequeña, Pocsi, Polobaya y Yarabamba, ubicadas en la provincia de Arequipa, departamento del mismo nombre, aprueban la constitución de la Mancomunidad Municipal “Por las Rutas de Integración de Lonccos y Puquinas”; Que, el Estatuto de la Mancomunidad Municipal “Por las Rutas de Integración de Lonccos y Puquinas”, aprobado por los Alcaldes de las Municipalidades que integran esta Mancomunidad, señala como fi nes de la misma los siguientes: a) Buscar la articulación y cohesión de los 17 distritos para realizar acciones conjuntas y asumir compromisos por el desarrollo integral y sostenido del valle, b) Emprender proyectos integrales de envergadura y acciones de impacto socioeconómico, c) La explotación conjunta de los ingentes recursos agrícolas, ganaderos, piscícolas, turísticos y comerciales, constituye una potencialidad que, como espacio geoeconómico representa un motor de desarrollo en el mejoramiento del nivel de vida de la población y una importante contribución a la sostenibilidad económica local, regional y por consiguiente, del país, d) Formulación de un programa y acciones de preservación para la conservación de los recursos naturales, e) Potenciar y desarrollar las cadenas productivas y servicios de las principales actividades económicas, f) Focalizar la promoción de oportunidades de inversión en la mancomunidad, y g) Emprender acciones, programas y proyectos en base a los ejes