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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ABRIL DEL AÑO 2009 (08/04/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 40

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 8 de abril de 2009 394018 APELLIDOS Y NOMBRES CARGO Ríos Fuertes Manuel Jesús Asistente Judicial Huanchaco Motta Javier Octavio Asistente Judicial Leyva Illatopa Johana Lisseth Asistente Judicial Alvarado Aragón Ángela del Pilar Asistente Judicial Vandervelde Flores Linda Elizabeth Cajero Lozano Gonzáles Juan Carlos Chofer II 333876-1 Encargan a magistrado el despacho de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Presidencia Ofi cina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 201-2009-P-CSJL/PJ Lima, 7 de abril de 2009. VISTO Y CONSIDERANDO: Que, a través de la solicitud de la fecha presentada por el suscrito, mediante la cual solicita dos días a cuenta de sus vacaciones pendientes, por los días 08 y 13 de abril del presente año; razón por la cual resulta necesario encargar el Despacho de la Presidencia de este Distrito Judicial por los días precedentemente señalados. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar, reasignar, ratifi car y/o dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Suplentes que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ENCARGAR el Despacho de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, al Señor doctor OTTO EDUARDO EGUSQUIZA ROCA, Vocal Titular, por los días 08 y 13 de abril del año en curso, sin dispensa de la labor jurisdiccional como Presidente de la Quinta Sala Contencioso Administrativa de Lima. Artículo Segundo.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General, de la Supervisión de Personal, de la Fiscalía de la Nación y de los Magistrados para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. CÉSAR JAVIER VEGA VEGA Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 333877-1 ORGANOS AUTONOMOS SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Modifican la Res. SBS Nº 2337-2008, que autoriza a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Profinanzas la apertura de agencia en el distrito de Pangoa, provincia de Satipo, departamento de Junín RESOLUCIÓN SBS Nº 1953-2009 Lima, 20 de marzo de 2009 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La Carta Nº 021-2009/GG/PROFINANZAS del 04.03.2009 presentada por la Caja Rural de Ahorro y Crédito Profi nanzas, mediante la cual solicita la modifi cación del artículo único de la Resolución SBS Nº 2337-2008 en la parte referida al ítem (iv); CONSIDERANDO: Que, la citada empresa en la comunicación de vistos señala que por un error en su solicitud de autorización para la apertura de la Agencia de Pangoa, consignó como San Martín de Pangoa el nombre del distrito en la que se ubica dicha Agencia, cuando en realidad, de acuerdo con la tabla de Ubigeo del INEI el nombre es Pangoa; Que, se ha verifi cado que el identifi cador numérico Ubigeo del INEI consigna el nombre de Pangoa el distrito en el cual se ubica la citada Agencia; Que, es necesario regularizar la Resolución SBS Nº 2337-2008 en la parte antes señalada; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Microfi nanciera “A”, mediante el Informe Nº 59-2009-DEM “A”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolución SBS Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005; RESUELVE: Artículo Único.- Modificar el artículo único de la Resolución SBS Nº 2337-2008 en la parte referida al ítem (iv), que resuelve autorizar a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Profinanzas la apertura de la Agencia ubicada en el distrito de San Martín de Pangoa, debiendo decir distrito de Pangoa. Así, el texto del artículo único de la citada Resolución queda en los siguientes términos: (iv) Avenida Ucayali Mz. 14, Lote 2, distrito de Pangoa, provincia de Satipo, departamento de Junín. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIEGO CISNEROS SALAS Superintendente Adjunto de Banca y Microfi nanzas 333902-1