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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 8 de abril de 2009 394003 Departamento de Ancash, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar a partir de la fecha, a doña Luisa Clementina Chupa Rojas como miembro del Directorio de la Sociedad de Benefi cencia Pública y Junta de Participación Social de la ciudad de Yungay, Departamento de Ancash, en representación del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. NIDIA VILCHEZ YUCRA Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento 334150-1 ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Deja sin efecto nombramiento de Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 010-024-0000128 Lima, 16 de marzo de 2009 CONSIDERANDO: Que el artículo 4º de la Resolución de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT ha facultado al Intendente de Aduana Marítima del Callao, Intendente de Aduana Aérea del Callao, Intendente de Fiscalización y Gestión de Recaudación Aduanera, Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales, Intendentes de Aduanas desconcentradas y en los Intendentes Regionales de la SUNAT a designar y dejar sin efecto dichas designaciones, mediante Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores que se desempeñan como Auxiliares Coactivos dentro del ámbito de competencia de cada una de esas intendencias; Que mediante la Resolución de Intendencia Nº 010- 024-0000024, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 11 de octubre de 2004, se designó al señor BLADIMIR ROYER MEDINA MEDINA como Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales; Que, se ha estimado conveniente por necesidad institucional, dejar sin efecto dicha designación; En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la designación del señor BLADIMIR ROYER MEDINA MEDINA, como Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales, a partir del 10 de febrero del presente. Registro Apellidos y Nombres 2219 MEDINA MEDINA BLADIMIR ROYER Regístrese, comuníquese y publíquese. HARALDO CRUZ NEGRÓN Intendente Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales 333659-1 Dan de baja diversas inscripciones ante ESSALUD RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 074-024-0000337/SUNAT Chiclayo, 6 de febrero de 2009 VISTO el resultado de la fiscalización de Essalud, efectuado al contribuyente SAMAME MANRIQUE GERARDO RAFAEL con R.U.C. Nº 10165462128 y con domicilio fiscal en Calle Ramón Castilla Nº 270 – Asoc. Mercados Mayoristas - José Leonardo Ortiz. CONSIDERANDO: Que conforme a lo establecido en el artículo 5º de la Ley General de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 501, modifi cado por el artículo 1º de la Ley Nº 27334, la SUNAT ejerce las funciones de administración de las aportaciones al Seguro Social de Salud - ESSALUD y de la Ofi cina de Normalización Previsional - ONP; Que, mediante los incisos a), b) y c) del artículo 4º del reglamento de la Ley Nº 27334, aprobado por el Decreto Supremo Nº 039-2001-EF, la SUNAT proporcionará al ESSALUD y ONP, según corresponda: a) El Registro de Entidades Empleadoras: contribuyentes y/o responsables de las Aportaciones a la Seguridad Social; b) El Registro de Asegurados Titulares y Derechohabientes ante el ESSALUD; y c) El Registro de Afi liados Obligatorios y Facultativos ante la ONP. Que, asimismo el primer párrafo del artículo 5º y del artículo 12º del Decreto Supremo Nº 039-2001-EF, establecieron que la administración de las Aportaciones a la Seguridad Social, incluye lo relacionado a la inscripción y/o declaración de las entidades empleadoras y de sus trabajadores y/o pensionistas, sin distinción del período tributario, para lo cual corresponde a la SUNAT la elaboración y aprobación de las normas y los procedimientos necesarios para llevar a cabo dicha función; Que, en virtud del articulo 10º de la Resolución de Superintendencia Nº 191-2005/SUNAT, la SUNAT de oficio, podrá dar de baja la inscripción del Trabajador del Hogar del Registro de Empleadores de Trabajadores del Hogar, Trabajadores del Hogar y sus Derechohabientes, cuando presuma que en base a la información que conste en sus registros o cuando determine en el ejercicio de su facultad de fiscalización, que no existe relación laboral que genere obligaciones tributarias. Que, en uso de las facultades conferidas por el Decreto Legislativo Nº 501 Ley General de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria y normas modificatorias, el Texto Único Ordenado del Estatuto de la SUNAT aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 041-98/SUNAT y normas modificatorias, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la SUNAT aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM, la Resolución de Superintendencia Nº 190-2002/SUNAT, y la Ley Nº 27334 que amplía las funciones de la SUNAT y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 039- 2001-EF y normas modificatorias; Que, de la fiscalización efectuada y de acuerdo con el Informe Nº 042-2009-SUNAT/2L0200, cuyos fundamentos se reproducen, en aplicación de la Ley Nº 26790 – Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728 – Ley de Productividad y Competitividad. SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar la baja de ofi cio en el: a) Registro de Entidades Empleadoras: Al contribuyente SAMAME MANRIQUE GERARDO RAFAEL identifi cado con RUC Nº 10165462128, por los períodos comprendidos de julio 2004 a marzo del 2005. b) Registro de Asegurados Titulares y Derechohabientes ante el ESSALUD a: