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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 24 de abril de 2009 394954 propuesta de creación de tres Juzgados de Paz en las siguientes circunscripciones: 1) Centro Poblado Cuyacu, del Distrito de Monzón, Provincia de Huamalíes; 2) Centro Poblado Santo Domingo de Anda; y 3) Centro Poblado Pucayacu; ambos del Distrito de José Crespo y Castillo, Provincia de Leoncio Prado; todos del Departamento de Huánuco; a solicitud de las autoridades de las referidas localidades; Segundo: La propuesta presentada se fundamenta en que las circunscripciones de Cuyacu, Santo Domingo de Anda y Pucayacu, aproximadamente albergan a 1,180, 1,930 y 3,552 habitantes, respectivamente, y que en su conjunto alcanza una población de 6,662, la cual en la actualidad no tiene acceso a un oportuno servicio de administración de justicia debido a las difi cultades geográfi cas de la zona, teniendo en cuenta que en el caso del Centro Poblado Cuyacu, el Juzgado más próximo se encuentra a 17 kilómetros de distancia, y 40 minutos por medio de transporte vehicular; mientras que de los Centros Poblados Santo Domingo de Anda y Pucayacu, el Juzgado más próximo está en la capital del Distrito de José Crespo y Castillo, ubicado a 30 kilómetros de distancia; debiendo trasladarse a los órganos jurisdiccionales más cercanos por medio de transporte público o por caminos de herradura y sinuosos; Tercero: Al respecto, el Informe Nº 019-2009- SEP-GP-GG-PJ de la Gerencia General del Poder Judicial concluye en la factibilidad de la creación de los Juzgados de Paz propuestos, considerando el número de habitantes de los centros poblados, caseríos y anexos a los que benefi ciaría su creación, y por el tipo de confl ictos que se presentan en las referidas localidades como son: de naturaleza civil, penal, familiar, laboral, y notarial, entre otros; en consecuencia, teniendo en cuenta la necesidad de contar con autoridades judiciales en dichas circunscripciones, y siendo objetivo principal de este Poder del Estado administrar justicia en forma rápida y efi ciente, resulta procedente la petición que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el artículo 82º, numeral 24, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del señor Consejero Enrique Rodas Ramírez, sin la intervención del señor Consejero Javier Román Santisteban por haberse excusado de asistir, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Crear en el Distrito Judicial de Huánuco, los siguientes Juzgados de Paz: DISTRITO DE MONZÓN, PROVINCIA DE HUAMALÍES 1) Un Juzgado de Paz en el Centro Poblado “Cuyacu”, con competencia territorial en el mencionado Centro Poblado, así como en los caseríos o anexos de Yanacandado, Nueva Dely, Nueva Selva Baja y Nueva Selva Alta. DISTRITO DE JOSÉ CRESPO Y CASTILLO, PROVINCIA DE LEONCIO PRADO 2) Un Juzgado de Paz en el Centro Poblado “Santo Domingo de Anda”, con competencia territorial en el mencionado Centro Poblado, así como en los caseríos o anexos de General Enrique Varela, Pampa Hermosa, Los Jardines y Muyuna de Anda. 3)Un Juzgado de Paz en el Centro Poblado “Pucayacu”, con competencia territorial en el mencionado Centro Poblado, así como en los caseríos o anexos de Nueva Esperanza, Gezen, Consuelo, Jorge Basadre, Maronilla, La Loma, Papayal, Alto Marona, Morona, Caimito, Los Olivos, Milano La Unión y Nueva Aspauza. Artículo Segundo.- Los límites geográfi cos de los Juzgados de Paz señalados precedentemente son los que aparecen descritos en el informe de la Gerencia General de Poder Judicial, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Ofi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Huánuco, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. JAVIER VILLA STEIN ANTONIO PAJARES PAREDES SONIA TORRE MUÑOZ WÁLTER COTRINA MIÑANO ENRIQUE RODAS RAMÍREZ 340308-1 Disponen cese por fallecimiento de magistrada en el cargo de Juez titular del Tercer Juzgado Especializado Laboral de la Corte Superior de Justicia del Callao RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 122-2009-CE-PJ Lima, 21 de abril de 2009 VISTOS: La fotocopia del Acta de Defunción expedida por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC, y el Informe Nº 046-2009-GPEJ-GG-PJ remitido por la Gerencia de Personal y Escalafón Judicial de la Gerencia General del Poder Judicial, con relación al fallecimiento de la doctora Roxana Felipa Colter Apaza, Juez titular del Tercer Juzgado Especializado Laboral de la Corte Superior de Justicia del Callao; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, de la fotocopia certificada del Acta de Defunción expedida por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC, aparece que el día 8 de febrero del año en curso se produjo el sensible fallecimiento de la doctora Roxana Felipa Colter Apaza, Juez titular del Tercer Juzgado Especializado Laboral de la Corte Superior de Justicia del Callao; Segundo: Que, el inciso primero del artículo 245º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que el cargo de magistrado termina por fallecimiento; Tercero: Que, en tal sentido, y habiéndose determinado que la doctora Roxana Felipa Colter Apaza falleció el 8 de febrero del presente año, corresponde en consecuencia, formalizar su cese de conformidad con la norma citada precedentemente; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades conferidas por el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, sin la intervención del señor Consejero Javier Román Santisteban por encontrarse de licencia, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer en vía de regularización, el cese, por fallecimiento, de la doctora Roxana Felipa Colter Apaza en el cargo de Juez titular del Tercer Juzgado Especializado Laboral de la Corte Superior de Justicia del Callao, con efectividad al 8 de febrero de 2009; reconociéndosele póstumamente por los servicios prestados a la Nación.