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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 24 de abril de 2009 394944 tolerancias en el pesaje, bonifi caciones y régimen de infracciones y sanciones por excesos en los pesos y dimensiones vehiculares. f) Manejo correcto de la carga. g) Mecánica Automotriz avanzada según la categoría del vehículo que corresponda. h) Enseñanza de normas tributarias sobre el uso de la guía de remisión de transportista. i) Uso de tecnología aplicable al transporte de mercancías. La Escuela de Conductores Profesionales Especializados TRANSPORT AND TRAFFIC ENGINEERS SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - T AND TE S.A.C, está obligada a actualizar permanentemente la información propia de su operación, de informar sobre sus actividades y de aplicar el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir vehículos automotores y no motorizados de transporte terrestre y los dispositivos mencionados en el marco jurídico vigente. Artículo Segundo.- La Escuela de Conductores Profesionales Especializados TRANSPORT AND TRAFFIC ENGINEERS SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - T AND TE S.A.C, impartirá los cursos con la siguiente plana docente: Cargo de Instrucción Docente a cargo Director • Yolanda Pacheco Letona Instructores Teóricos de Tránsito • Eugenio Clodoaldo López Lujan • Abraham Quispe Basualdo • Héctor Rivera Navarro Instructor Práctico de Manejo • Juan Julio Mercado Espinoza Instructores Teórico - Practico de Mecánica • Daniel Moisés Basualdo Morales • Emilio Camacho Malpartida Instructor Teórico Practico en Primeros Auxilios • Raquel Rojas Osorio • Nathaly Ventura Fernandez Psicólogo • Erasmo Ernesto Paypay Morales Artículo Tercero.- La Escuela de Conductores Profesionales Especializados TRANSPORT AND TRAFFIC ENGINEERS SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - T AND TE S.A.C deberá colocar en un lugar visible dentro de su local copia de la presente Resolución Directoral. Artículo Cuarto.- La Escuela de Conductores Profesionales Especializados TRANSPORT AND TRAFFIC ENGINEERS SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - T AND TE S.A.C, iniciará el servicio dentro de los sesenta (60) días calendario, computados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Quinto.- La Escuela de Conductores Profesionales Especializados TRANSPORT AND TRAFFIC ENGINEERS SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - T AND TE S.A.C, deberá presentar: a) En plazo no mayor de sesenta (60) días calendario de obtenida la autorización como Escuela de Conductores, presentará su reglamento interno. b) En un plazo no mayor de treinta (30) días calendario de obtenida la autorización como Escuela de Conductores, presentará el original de la Carta Fianza Bancaria, conforme a lo señalado en el numeral 43.6 del artículo 43º del Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, bajo sanción de declararse la nulidad de la Resolución Directoral de autorización. c) En un plazo no mayor de noventa (90) días calendario de publicada la Resolución Directoral que establece las características especiales del circuito donde se realizarán las prácticas de manejo, presentará copia de la Póliza de Seguros de Responsabilidad Civil extracontractual a favor de terceros, conforme lo señala el literal e) numeral 43.4 del artículo 43º del Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, bajo sanción de declararse la nulidad de la Resolución Directoral de autorización. Artículo Sexto.- Declarar improcedente el extremo de su solicitud en la que propone como Instructor Teórico - Práctico en Primeros Auxilios a la señora Martha Cecilia Chávez Quispe toda vez que no acredita la experiencia de dos (2) años en el ejercicio de su actividad. Artículo Sétimo.- Remitir a la Dirección de Supervisión, Fiscalización y Sanciones, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo Octavo.- Encargar a la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, la ejecución de la presente Resolución Directoral. Artículo Noveno.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación, siendo de cargo de la Escuela de Conductores Profesionales Especializados TRANSPORT AND TRAFFIC ENGINEERS SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - T AND TE S.A.C, los gastos que origine su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS CASTAÑEDA NEYRA Director General Dirección General de Transporte Terrestre 338476-1 Autorizan a T-APRUEBO S.A.C. para funcionar como Escuela de Conductores Integral y disponen su inscripción en el Registro Nacional de Escuelas de Conductores RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 1583-2009-MTC/15 Lima, 20 de abril de 2009 VISTO: El Parte Diario Nº 033653 de fecha 17 de marzo de 2009, presentado por la persona jurídica T-APRUEBO S.A.C.; y, CONSIDERANDO: Que, documento indicado en Visto, la persona jurídica T-APRUEBO S.A.C., solicita autorización como Escuela de Conductores Integral, para impartir los conocimientos teóricos - prácticos y las destrezas y habilidades requeridas para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, así como la formación orientada hacia la conducción responsable y segura, a los postulantes a una licencia de conducir de la Clase A Categorías II y III, actividades que propone realizar en el local ubicado en Avenida Gerardo Unger Nº 5033 Mz A Lt 11 de la Urbanización Industrial “El Naranjal” Los Olivos - Lima (ofi cinas administrativas y aulas de enseñanza); Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir de Vehículos automotores y no motorizados de transporte terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008- MTC, en adelante el Reglamento, establece, en su artículo 51º los requisitos para solicitar una autorización como Escuela de Conductores; Que, con el Informe Nº 343-2009-MTC/15.03 de fecha 20.04.09, la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, concluye que la persona jurídica T-APRUEBO S.A.C. ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Reglamento, por lo que procede emitir el acto administrativo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC - Reglamento Nacional de Licencias de Conducir de Vehículos automotores y no motorizados de transporte terrestre, la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 27791 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la persona jurídica T-APRUEBO S.A.C. para funcionar como Escuela de Conductores Integral, con el objetivo de impartir los conocimientos teóricos - prácticos y las destrezas y habilidades requeridas para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, así como la formación