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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE AGOSTO DEL AÑO 2009 (09/08/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 23

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 9 de agosto de 2009 400601 por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2009; En uso de las facultades que le confi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2009, Nº SBS- DIR-ADM-085-12; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de los señores José Fernando Merino Núñez, Jefe del Departamento Legal de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica y Dante Renato Raffo Regis, Analista del Departamento de Análisis de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú de la SBS, a la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia del 12 al 15 de agosto de 2009, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los citados funcionarios, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberán presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización, según se indica, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2009, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 1 443,20 Viáticos US$ 1 200,00 Tarifa CORPAC US$ 62,00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. FELIPE TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 381147-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE PUNO Disponen la publicación de concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados los meses de noviembre y diciembre de 2008 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 076-2009-DREM-PUNO/D Puno, 5 de junio de 2009 VISTOS: La relación de títulos de concesión minera otorgados en el mes de noviembre y diciembre del 2008, por la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Puno; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 009-2008- MEM/DM publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 16 de enero del 2008, se declaró entre otros que el Gobierno Regional de Puno concluyó el proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de energía y minas, por lo tanto a partir de dicha fecha tiene competencia para ejercer entre otras, la función de otorgar concesiones mineras para pequeña minería y minería artesanal de alcance regional; Que, el Gobierno Regional de Puno a través de la Dirección Regional de Energía y Minas, ha iniciado el otorgamiento de títulos de concesión minera para pequeña minería y minería artesanal de alcance regional, conforme a lo indicado en el párrafo anterior; Que, la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dispone que los Gobiernos Regionales ejercen funciones específi cas, las mismas que se formularán en concordancia con las políticas nacionales, encontrándose entre ellas, asumir las funciones en materia de minas, que específi camente resulta: Otorgar concesiones para pequeña minería y minería artesanal de alcance regional; conforme lo señala el inciso f) del artículo 59 de la referida Ley; Que, conforme a lo establecido por el inciso n) del artículo 10º del Decreto Supremo Nº 084-2007-EM “SIDEMCAT”, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92- EM y el artículo 24º del Reglamento de Procedimientos Mineros aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-92- EM, la Dirección Regional de Energía y Minas, con las facultades otorgadas por el Gobierno Regional de Puno, publica mensualmente en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez, la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubieren sido aprobados en el mes anterior; y, De conformidad con la atribución establecida en el inciso f) del artículo 59º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, aprobada por Ley Nº 27867; y asumiendo competencia el Gobierno Regional de Puno en concordancia con la Ordenanza Regional Nº 28-2007, Resolución Ejecutiva Regional Nº 093-2008-PR-GR PUNO y Resolución Ejecutiva Regional Nº 062-2009-PR- GR PUNO; SE RESUELVE: Artículo Único.- Publíquese en vía de regularización en el Diario Ofi cial El Peruano las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de noviembre y diciembre del 2008, de acuerdo a la relación adjunta que es parte integrante de la presente resolución y para los efectos a que se contrae el artículo 124º del Decreto Supremo Nº 014-92- EM y el artículo 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese. VÍCTOR H. PAREDES ARGANDOÑA Director Regional Dirección Regional de Energía y Minas 368083-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ANCON Establecen el Arancel de Costas y Gastos Procesales de los Procedimientos de Ejecución Coactiva de la Municipalidad ORDENANZA Nº 185-MDA Ancón, 10 de julio de 2009 VISTO: En la Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el pleno ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL ARANCEL DE COSTAS Y GASTOS PROCESALES DE LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN COACTIVA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCÓN Artículo Primero.- APROBAR los Aranceles de Costas y Gastos de los procedimientos de Ejecución Coactiva de la Municipalidad Distrital de Ancón, el mismo